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30 may 2025

LLAMAMIENTO SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPEPA). PERSONAL INTERINO JUSTICIA ASTURIAS

La Viceconsejería de Justicia nos comunica que en el día de hoy, viernes 30 de mayo, se ha publicado la Resolución de 29 de mayo de 2025 por la que se acuerda solicitar al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA) la remisión de listados de personas demandantes de empleo para su selección como personal interino de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

RESOLUCIÓN 29 DE MAYO DE 2025

Convocatoria para la creación de listas de empleo de personal interino al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias


Serán requisitos necesarios para formar parte del citado listado:

1. Tener la nacionalidad española, cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad legal

de jubilación forzosa.


2. Estar inscrito como demandante de empleo o mejora de empleo con los códigos de inscripción

que se señalan:

   - Para ser nombrado personal interino en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa

o Tramitación Procesal y Administrativa:

CNO 37111027 Técnico en Servicios Jurídicos o similar

   - Para ser nombrado personal interino en el Cuerpo de Auxilio Judicial:

CNO 43091010 Alguacil


3. Estar en posesión de la titulación requerida para el acceso al Cuerpo al que optan:

   - Gestión Procesal y Administrativa: estar en posesión o en condiciones de obtener el título

   de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o

   equivalente.

    - Tramitación Procesal y Administrativa: Estar en posesión o en condiciones de obtener el

   título de Bachillerato o equivalente.

    - Auxilio Judicial: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en

Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.


4. No haber sido condenado o condenada por delito doloso a penas privativas de libertad, a

menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.


5. No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de

cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de

las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o

cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpos o Escalas de funcionario, o para

ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que

hubiese sido separado o inhabilitado.


6. No estar incurso en causa de incompatibilidad de las señaladas en el artículo 498 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


7. No haber sido sancionado por falta disciplinaria muy grave en los dos últimos años.


8. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias del

Cuerpo al que aspiran.




Se publican las últimas ofertas de empleo público donde se reflejan las necesidades de personal, que se articulan mediante la convocatoria de las oposiciones y los procesos selectivos para incorporar al personal necesario.