DESAPARICIÓN DE
LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES.- Sus competencias actuales en 1ª
Instancia pasarán a los nuevos Tribunales Provinciales de Instancia y los
recursos a los TSJ.
CREACIÓN DE LOS
TRIBUNALES PROVINCIALES DE INSTANCIA.- Asumirán
además todas las competencias actuales de los Juzgados y su ámbito territorial
será provincial, desapareciendo así los partidos judiciales, y, con ello,
decenas de órganos judiciales.
DESAPARICIÓN DE LOS JUZGADOS DE PAZ.- La presión ciudadana y sindical
contra estas propuestas, que ya estaban contenidas en el documento elaborado
por la “comisión de expertos” que ha servido de base a este anteproyecto de
Ley, ha obligado al ministro Gallardón a maquillar el texto presentado y no ha
tenido ningún empacho en mentir a la ciudadanía asegurando que “desaparecerán los jueces de paz pero no los
juzgados de paz” cuando en el anteproyecto se contempla, no solo su cierre
definitivo, sino también un periodo transitorio para el personal destinado en
los Juzgados de Paz hasta la entrada en vigor de esta Ley en el que “las competencias jurisdiccionales
atribuidas a los Juzgados de Paz corresponderán a los Juzgados de Primera
Instancia o de Instrucción, y el
personal al servicio de la Administración de Justicia que preste servicios en
los Juzgados de Paz quedará adscrito al Servicio Común de Notificaciones y
Embargos con sede en la que fuera hasta ahora cabecera del partido
judicial del que dependiera, o se constituirá si no lo hubiere, aunque podrán
constituirse unidades desplazadas del Servicio Común de Notificaciones y
Embargos en aquellas localidades en las que sea necesario en atención a la
población y trabajo existente, previa decisión de la Administración competente”.
GALLARDÓN
SUPRIME LAS GARANTÍAS ACTUALES DEL CENTRO DE TRABAJO Y ESTABLECE COMO CENTRO DE
DESTINO LA PROVINCIA.- Se amplía a la provincia el centro de destino para los
trabajadores y trabajadoras. La Administración podrá imponer la movilidad
geográfica y funcional dentro de la provincia, pues se accederá en las RPT a un
servicio común o a una unidad de apoyo directo de ámbito provincial. Nadie
estará ya destinado en un centro de trabajo concreto.
La exposición de
motivos del anteproyecto de LOPJ expresa nítidamente esa posición de la movilidad forzosa: “la idea -de los Tribunales
Provinciales de Instancia- (…) permitirá
ganar flexibilidad y maximizar los recursos existentes (…) reasignando
efectivos dentro del mismo órgano judicial -recordemos de ámbito
provincial- para hacer frente a necesidades
cambiantes del servicio público de la Justicia. (…) sin necesidad de crear o suprimir
órganos judiciales ni alterar la planta existente.
PRIVATIZACIÓN DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN
Y EJECUCIÓN.- El texto presentado recoge literalmente que
“los
Procuradores podrán realizar los actos procesales de comunicación judicial,
embargos y ejecución, a excepción de los lanzamientos, así como otras tareas de
auxilio y cooperación con los Tribunales” , lo que, además de suponer un
inaceptable coste adicional a la ciudadanía, pone en peligro también centenares
de puestos de trabajo de personal de justicia que en la actualidad realizan
dichas actuaciones.
¡¡¡CCOO LLAMA A LA MOVILIZACIÓN CONTRA ESTA REFORMA!!!
¡¡¡DEBEMOS PARAR ESTE BRUTAL ATAQUE A NUESTROS DERECHOS!!!
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