Trabajo nos ha costado hacer que personas que llevan años ocupando cargos políticos vean la luz de la lógica más elemental
Copiamos el literal del texto
2.1.—Días festivos.
2.1.1. La Resolución de 17 de octubre de 2014 , de
la Dirección General de Empleo, (BOE de 24 de octubre de 2014 ) publica la relación de
fiestas laborales para el año 2015 (calendario de días de Fiestas Nacionales y
Fiestas de la Comunidad Autónoma).
Cuando alguna o algunas
festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable
y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincida en sábado, se tendrá
derecho como máximo a una compensación de un día de descanso.
A estos efectos, para obtener
dicha compensación será necesario tener una relación de servicios con esta Administración
en la primera de estas festividades de cada año natural.
NOTA
La instrucción de la que hablamos tiene que ir para informe del CGPJ, por tanto, aún no se puede publicar. Os recordamos que el informe del calendario del 2014, llegó en Noviembre, por lo que no llegó a publicarse
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