ENTRE
LOS ASUNTOS QUE CCOO SOLICITÓ QUE SE TRATARAN EN LA REUNIÓN DEL DÍA 10 CON LA
DIRECTORA GENERAL DE JUSTICIA , propusimos temas relacionados con el Pacto de
Estado Contra la Violencia de Género y con la
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto
de la víctima del delito que
afectan a las víctimas y a las condiciones de trabajo del personal de justicia.
Concretamente,
solicitamos
- - Información del conjunto
de los órganos judiciales de Asturias que dan cumplimiento a la Ley 4/2015, de 27 de abril, del
Estatuto de la víctima del delito, que dice entre otras cosas:
La víctima debe recibir la información, el apoyo y protección necesaria durante su intervención en las actuaciones judiciales. Debe garantizarse su privacidad tanto en declaraciones como otras diligencias que se le practique, debiendo disponer el órgano judicial de salas específicas para su declaración, y dependencias en las cuales no tengan que coincidir físicamente con sus agresores, tanto en la práctica de diligencias como en las vistas
Hemos hecho las
siguientes preguntas respecto a este estatuto
¿Reúnen los órganos judiciales las condiciones garantistas del
Estatuto?
¿Tiene la CA de Asturias elaborados los protocolos de actuación del art 31?
- Formación en violencia de género
Hemos
pedido conocer los siguientes datos sobre formación
. Cuántas personas han
recibido formación en violencia de género y a qué cuerpos y órganos judiciales
pertenecen
.Cuándo se va a cumplir con el Estatuto de la Víctima, la ley de
igualdad del Principado, el Convenio de Estambul, el Pacto de Estado contra la
Violencia de Género, el Pacto Autonómico contra la Violencia de Género, las
recomendaciones del CGPJ y la Directiva del Parlamento Europeo
y del Consejo de 25 de octubre de 2012 , que obligan formar adecuadamente a todo el personal que trabaja con víctimas de
violencia de género
Las respuestas de la DGJ
Como
era de esperar, no conocen las posibilidades de todas las instalaciones
judiciales para cumplir con las exigencias de la ley, aunque si se tienen en
cuenta en la construcción de nuevos edificios judiciales, habiendo reconocido que a ello ayudó la carta remitida
por CCOO al Consejero denunciando los problemas que acarrea a las víctimas el incumplimiento
de estas normas.
Respecto
al protocolo de actuación del art 31, manifiestan no haberlo confeccionado y
nos han preguntado si podemos aportar alguno de otra CA para estudiarlo.
LA PROPUESTA DE CCOO
SOBRE EL COMPLEMENTO PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO DE JUSTICIA QUE TRABAJA CON
VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Incluimos en este personal al personal funcionario:
..De
las Oficinas de Asistencia a las Víctimas
.De
los Juzgados de Violencia sobre la mujer exclusivos y de los mixtos que tienen
competencia en la materia.
.De
los juzgados penales correspondientes,
.
De las secciones correspondientes de la Audiencia Provincial
.
De Fiscalía,
.
Del Instituto de Medicina Legal
Exigimos:
Que
en cumplimiento de todas las normas que hemos señalado anteriormente y
especialmente del cacareado Pacto de Estado contra la Violencia de Género, se forme de una vez en violencia de género de manera suficiente y adecuada a
todo el personal relacionado y que como compensación al esfuerzo y para
estabilizar las plantillas de estos órganos y servicios judiciales, se
establezca un complemento
fijo para este personal.
No
es la primera vez que CCOO de Justicia, nos dirigimos a la Administración con
estas exigencias. De hecho ya hemos solicitado esta formación reiteradamente,
pero con la aprobación del Pacto de Estado consideramos absolutamente
imprescindible que se otorgue la financiación necesaria, para formar auténtico
personal profesional en esta materia tan delicada, personal que deberá así
mismo tener el reconocimiento económico correspondiente
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