PROGRAMA ELECTORAL SAJ-CCOO ASTURIAS PARA LAS ELECCIONES SINDICALES DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE


18 nov 2021


¿POR QUÉ VOTAR A CCOO?

 ES UN SINDICATO ÚTIL, ESTÁ EN TODAS PARTES Y CONSIGUE COSAS


En Europa: en la CES (Confederación Europea de Sindicatos) – Firmante del Acuerdo Marco de la Directiva 1999/70 sobre Trabajo de Duración Determinada.

 

En España: miembro de la Mesa General de las Administraciones Públicas Estatal – Firmante de los Acuerdos salariales para 2018, 2019 y 2020 con subidas por encima del IPC.

 

En Asturias: miembro de la Mesa General de Negociación de la Función Pública Asturiana – Firmante de los Acuerdos de incremento de plantilla del personal al servicio de la Administración de Justicia en los órganos judiciales del Principado de Asturias.

 

En Justicia: miembro de la Mesa General de Justicia estatal – Con una convocatoria de huelga conseguimos evitar la reforma de la LOPJ, introducir la carrera profesional y recuperar los días de asuntos particulares, 100% de retribución en caso de enfermedad, mantenimiento de los centros de destino.

 

En Justicia Asturias: miembro de la Mesa Sectorial de Negociación de la Justicia Asturiana – Firmante del Acuerdo de 13 de octubre de 2017 por el que se consiguió el aumento del complemento específico, un complemento retributivo para los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, creación de una comisión mixta sobre refuerzos de plantilla, la creación del Archivo Judicial Territorial del Principado de Asturias…

 

Así todo, son muchas las cuestiones que aún deben de exigirse y negociarse para defender el servicio público esencial de la Justicia y para mejorar nuestras condiciones de trabajo y que pasamos a enumerar a continuación:

 

DESARROLLO DE LA CARRERA PROFESIONAL 

A través de la promoción de iniciativas parlamentarias (los anteriores equipos ministeriales siempre negaron el reconocimiento de este derecho contemplado en el Estatuto Básico del Empleado Público al personal de la Administración de Justicia) CCOO y otras organizaciones sindicales conseguimos en la reforma de la LOPJ operada en diciembre de 2018 que el derecho a la Carrera Profesional fuese reconocido para el colectivo al que representamos.

 No obstante la efectividad de este derecho está condicionada a su negociación colectiva ya que el art. 519.3 de la LOPJ establece que “mediante Real Decreto, previa negociación con las organizaciones sindicales, se establecerán los criterios, requisitos y las cuantías iniciales del complemento de carrera profesional que será igual para todos los cuerpos con independencia de dónde presten sus servicios.”

A pesar de las reiteradas exigencias de CCOO los sucesivos equipos ministeriales desde la aprobación de esta reforma de la LOPJ en 2018 se han negado a abrir el proceso de negociación lo que impide su desarrollo en los distintos ámbitos territoriales transferidos y no transferido.

Es por ello que vamos a exigir la apertura inmediata de la negociación de la Carrera Profesional en cumplimiento de la legalidad vigente.

 

PROMOCIÓN INTERNA 

El último gobierno del Partido Popular infligió un duro e injustificado golpe a los derechos laborales del personal de la Administración de Justicia rebajando caprichosamente sus expectativas de promoción profesional. Hasta entonces el 50% de las plazas de la Oferta de Empleo Público se reservaban para el turno de Promoción Interna, cifra que fue rebajada de forma unilateral al 30%.

Reivindicamos también la supresión del examen oral en la promoción interna de Gestión a LAJ y un turno de promoción interna desde el cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia a las carreras judicial y fiscal con el fin de mejorar las expectativas y derechos profesionales del mencionado cuerpo de estos colectivos.

 

ESTATUTO JURÍDICO 

Que se realicen las modificaciones de los Regímenes Disciplinarios de todos los Cuerpos, desde Jueces hasta Auxilio Judicial, incorporando sanciones iguales para faltas iguales, derechos y deberes iguales. 

Que se establezca por norma legal que el acceso de cualquier funcionaria o funcionario a la sustitución del Cuerpo Superior le garantiza la reserva del puesto de trabajo que tenía antes de la sustitución, también en el caso del personal del Cuerpo de gestión que realice  sustituciones como secretario judicial.

Que se regule expresamente un sistema de sustituciones horizontales para el personal del Cuerpo de auxilio judicial bajo las premisas de voluntariedad y retribución.

 

PLANES DE IGUALDAD 

Es inconcebible para CCOO que ningún equipo del Ministerio de Justicia de los últimos y actual gobierno progresista se hayan negado a negociar para nuestra administración los, por otra parte, obligatoriamente legales Planes de Igualdad.

Nuestras exigencias en este sentido han sido constantes llegando, incluso a denunciar ante las Inspecciones Trabajo este incumplimiento generalizado en la práctica totalidad de las Comunidades Autónomas (solo la Comunidad Valenciana dispone de un Plan de Igualdad negociado en la Administración de Justicia) y en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de  Justicia.

 

ANTEPROYECTO DE LEY DE EFICIENCIA PROCESAL Y ORGANIZATIVA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA

Las importantes reformas organizativas que se plantean en este Anteproyecto de Ley afectan de forma directa a las condiciones de trabajo del personal y deben ser negociadas. Nuevos centros de destino, nueva tipología de puestos de trabajo, nuevas competencias profesionales, etc. que no pueden implementarse unilateralmente por la administración, so pena de un nuevo incumplimiento del derecho fundamental de libertad sindical del que forma parte esencial la negociación colectiva.

CCOO y la totalidad de las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia hemos presentado un escrito conjunto solicitando la apertura del proceso negociador de este Anteproyecto de Ley.

 

TELETRABAJO 

CCOO y otro sindicato firmamos con el Ministerio de Justicia el 29 de marzo pasado un acuerdo para el desarrollo del teletrabajo en la Administración de Justicia. Todavía no ha sido publicada la resolución que se pactó en dicho acuerdo. Dado que este acuerdo afecta a todos los territorios independientemente de sí las competencias en materia de justicia están o no transferidas, CCOO hemos solicitado en cada ámbito territorial la negociación del desarrollo e implantación concreta en cada uno de ellos.

 

REGISTRO CIVIL 

CCOO reclamamos la negociación del nuevo Reglamento del Registro Civil; la dotación de mayores medios para la formación relativa al despliegue de la Ley 20/2011 y del programa DICIREG, y un test de este programa informático previo a su puesta en funcionamiento para garantizar su idoneidad y comprobar los tiempos necesarios para la práctica de inscripciones y tramitación de expedientes a fin de determinar las plantillas necesarias para conseguir un servicio público eficaz.

 

RETRIBUCIONES 

Nueva regulación del complemento general del puesto para que sea igual para todas las personas del mismo cuerpo, equiparándose al alza las actuales cuantías y eliminándose los grupos de población.

 

NUEVAS TECNOLOGÍAS

CCOO siempre ha reclamado que la necesaria implantación de las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia debió comenzar a hacerse de forma pausada, con experiencias piloto que hubieran permitido detectar y solucionar los fallos puntuales que ahora son globales, con la participación y el reconocimiento de la labor del personal que las utiliza.

 

OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO 

Las OEP deben contener todas las plazas vacantes más la previsión de plazas de órganos de nueva creación.

 

CONCURSOS DE TRASLADOS 

Deben contener todas las plazas vacantes, convocarse en los plazos legales establecidos (actualmente el primer trimestre en el concurso anual de cuerpos generales), garantizar la convocatoria inmediata de los puestos singularizados que se encuentren vacantes y agilizar la resolución de los concursos que actualmente se demoran durante seis o más meses.

 

JUZGADOS DE GUARDIA 

Solicitamos la negociación de la prestación de servicio de guardia adecuándolo a las necesidades del servicio público y que garantice los derechos del personal en cuanto a descansos, libranzas, jornada de trabajo y reconocimiento de la disponibilidad.

 

SALUD LABORAL 

Continuaremos denunciando todas aquellas deficiencias al objeto de que los edificios judiciales, instalaciones, mobiliario, material informático..., cumplan con la normativa legal establecida.

La elaboración de los planes de emergencia y evacuación en todos los edificios judiciales, que aún no se hayan realizado. 

La vigilancia periódica de la salud mediante controles médicos anuales, gratuitos y adecuados al puesto de trabajo o riesgo concreto.

 

CLASES PASIVAS 

Proponemos:

1º.- Que se permita al personal hoy adscrito a clases pasivas a integrarse voluntariamente en el Régimen de la Seguridad Social. Dicha integración sería completa, tanto a efectos de cotización a dicho régimen como a las normas reguladoras de los distintos tipos de pensiones (voluntaria, forzosa, por incapacidad) y la determinación de la cuantía de dicha jubilación. 

2º.- Que se establezcan dentro de cada grupo de régimen de clases pasivas al menos dos tramos, cotizándose a dicho régimen por cada uno de los tramos en función de su retribución. El primer tramo será para las retribuciones que no superen, en su cómputo anual, el actual haber regulador del dicho Grupo, y el segundo tramo para las retribuciones que superen, en cómputo anual, dicho haber regulador.  Dichos tramos se tendrían igualmente en cuenta a efectos del cálculo de la pensión de jubilación. 

3º.- Que para el cálculo de las pensiones por el sistema de clases pasivas se tengan en cuenta los últimos 25 años cotizados, y no toda la vida laboral. 

4.- Que se incrementen los haberes reguladores en un plazo entre cinco y diez años, a fin de que se equipare al triple del salario anual correspondiente a cada cuerpo, en función del Grupo de Clasificación. Se mantendrá la cuota 3,86 % para la aportación de clases pasivas y se reducirá la cuota de la Mugeju/Muface/Isfas en un porcentaje que no suponga merma de la cuantía que por mutualista percibe cada Mutualidad (1,60 %).

 

MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL 

La aprobación del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial supuso un gravísimo atentado contra la democracia interna en este órgano dependiente del Ministerio.

Se pasó de un sistema de representación mediante compromisarios/as electos/as en representación proporcional de cada colectivo en los órganos de participación y control a un sistema absolutamente antidemocrático en el que la representación de mutualistas se hace a través de personas nombradas “a dedo” por el Ministerio de Justicia y por grupos de cada cuerpo en los que los colectivos de cuerpos con mayor titulación tienen una representación superior a la que en número y cotizaciones les deberían corresponder, discriminando así a los cuerpos generales de la Administración de Justicia.

Exigimos la derogación de este Real Decreto o su modificación para recuperar la representación democrática y proporcional de las personas mutualistas.

 

FORMACIÓN 

Debe garantizarse la formación profesional de todo el personal en los casos de modificaciones legislativas y organizativas, implantación de nuevas tecnologías o nuevos sistemas y programas informáticos, en materia de protección de datos, en materia de igualdad y violencia sobre la mujer y para la promoción interna.

CCOO no podemos aceptar que el Centro de Estudios Jurídicos solo imparta actividades formativas para los cuerpos funcionariales de mayor titulación (Carrera Fiscal, LAJ, M. Forenses y Facultativos del INTyCF). Su propio Estatuto recoge su obligación de impartir formación también al resto de cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia que, por otra parte, también tienen el mismo derecho profesional a la formación profesional que aquellos.

 

PERSONAL INTERINO 

El personal interino tiene los mismos derechos que el personal de carrera salvo los inherentes a su condición por lo que debe eliminarse cualquier referencia a la posibilidad de su cese por falta de rendimiento que no obedezca a una sanción disciplinaria.

Debe establecerse con claridad las situaciones en las que corresponde indemnización por cese del personal interino.

 

JORNADA Y HORARIO

 El restablecimiento de la jornada laboral máxima de 35 horas semanales.


PROGRAMA ELECTORAL SAJ-CCOO 2021




Imprimir artículo