Se comenzará a retribuir las sustituciones de LAJ sin relevación de funciones en la forma y cuantías dispuestas en el Real Decreto 101/2019 (anulado por el Tribunal Supremo en demanda interpuesta por CCOO por falta de negociación) mientras se negocia y se publica la regulación definitiva.
Se incrementa de 30 a 100 euros la gratificación a LAJ y Gestión de la Audiencia Nacional por realización de diligencias de entrada y registro simultáneas.
De forma incomprensible y discriminatoria el Ministerio de Justicia no ha aceptado las propuestas de CCOO de regular también las retribuciones de las sustituciones del cuerpo de Auxilio sin relevación de funciones, las gratificaciones por prolongación de los servicios de guardia o participación extraordinaria de personal de otros juzgados que no están de guardia ni la retroactividad en el pago de las sustituciones de LAJ.
Ayer se reunió la Mesa Delegada de negociación del personal no transferido de la Administración de Justicia con el siguiente orden del día:
1. Plan concreto de actuación de sustituciones de LAJ (ver documento en este enlace)
2. Plan concreto de actuación para la mejora de las retribuciones por entradas y registros (ver documento en este enlace)
3. Proyecto de plantillas de órganos judiciales de nueva creación (Mercantil 4 de Murcia con sede en Cartagena, Social 6 y Mercantil 4 de Palma de Mallorca y 1ª Instancia 10 de Salamanca)
4. Relación de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial de Ciudad Real: transformación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 en Juzgado de lo Mercantil número 1 y modificación de la denominación y del número del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 en Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real
A propuesta de CCOO, el punto 4 fue pospuesto para una reunión posterior al haberse formulado la propuesta del Ministerio sin la antelación suficiente para su estudio y sin remitir la documentación que justifica dicha propuesta
PLAN CONCRETO DE ACTUACIÓN DE SUSTITUCIONES DE LAJ
Se gratificará con el 80% de las retribuciones complementarias el desempeño conjunto en más de un juzgado por sustitución sin relevación de funciones. Se exceptúan las sustituciones por menos de diez días y por vacaciones
El Ministerio se ha negado a aceptar las propuestas de CCOO:
Retribución desde el primer día de sustitución en todos los casos, también en vacaciones
La misma retribución para el cuerpo de Auxilio Judicial
Pago de esta retribución con carácter retroactivo ya que ha sido responsabilidad exclusiva del Ministerio la falta de regulación de las sustituciones al publicar en 2019 un Real Decreto sin negociar, anulado por el Tribunal Supremo por vulneración de derecho fundamental de libertad sindical en demanda interpuesta por CCOO
PLAN CONCRETO DE ACTUACIÓN PARA LA MEJORA DE LAS RETRIBUCIONES POR ENTRADAS Y REGISTROS
Las letradas y los letrados que participen en entradas y registros simultáneas fuera de su periodo de guardia percibirán una cuantía de cien euros por cada una de ellas
La misma cantidad que la fijada en el apartado anterior percibirán las funcionarias y funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que participen en entradas y registros simultáneas acordadas por un único órgano judicial de la Audiencia Nacional en calidad de fedatarios en sustitución de la Letrada o el Letrado de la Administración de Justicia
Las letradas y los letrados que deban sustituir a la letrada o letrado que se encuentre de guardia para la práctica de actuaciones de la misma que no admitan demora sin perjuicio para la prestación del servicio público de Justicia, por hallarse ésta o éste practicando otra diferente, percibirán cien euros por cada actuación que implique desplazamiento fuera de sede judicial
También el Ministerio se ha negado a aceptar en este punto la propuesta de CCOO para el establecimiento de una gratificación negociada y suficiente para los casos en que, por necesidades del servicio o especial complejidad en un servicio de guardia, se prolongue la guardia más allá de su horario o sea precisa la incorporación a la guardia de personal de otros juzgados o fiscalía
La prolongación del horario se produce con cierta asiduidad en los Juzgados Centrales de la Audiencia Nacional o en poblaciones especialmente conflictivas como Ceuta o Melilla y la incorporación de personal de otros juzgados se produjo, por ejemplo, con la “crisis de las pateras” en la Región de Murcia hace dos años
No es de recibo para CCOO que en estos casos haya que estar a concesiones “graciosas” del Ministerio para el pago de gratificaciones en unos casos sí y en otros no y con cuantías variables y arbitrarias, por lo que hemos vuelto a exigir esta regulación negociada que el Ministerio ha rechazado de forma incomprensible, mientras que sí admite el pago de gratificaciones de cien euros a LAJ que sustituyan, en determinados casos, a quien esté de guardia