ADJUDICACIÓN DE DESTINOS DEL PROCESO SELECTIVO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, ESTABILIZACIÓN, CONCURSO DE MÉRITOS, ÁMBITO COMUNIDAD DE MADRID
Aunque, como y hemos venido informando desde CCOO, la publicación el BOE no será hasta el próximo día 19 de febrero, la Consejería de Justicia publica hoy en el BOCM la RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
IMPORTANTE: No obstante, el plazo 20 días hábiles para tomar posesión se empezará a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE
La Resolución establece:
1º) Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa a los que se les otorga deberán tomar posesión ante la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid
La toma de posesión de los funcionarios/as que hayan sido destinos a órganos en los que exista una Unidad Administrativa y de Coordinación del Proyecto Civitas se realizará en estas
2º) Los funcionarios/as destinados que pertenezcan como titulares al cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y opten por continuar en activo en el citado cuerpo no se desplazarán a tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión comuniquen a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid dicha opción, a los efectos de la declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
3º) Los funcionarios/as que optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar del organismo competente correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo
Esto días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio
