Al igual que sucedió con la fase I de implantación de los Tribunales de Instancia, los Servicios Jurídicos de CCOO Asturias han conseguido una nueva sentencia favorable a los derechos del personal de justicia: la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha decidido estimar el recurso Contencioso-administrativo interpuesto por Comisiones Obreras de Asturias contra la Resolución, de 24 de octubre de 2025, de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos por la que se acuerda el diseño y estructura de la oficina judicial para los Tribunales de Instancia que deben constituirse el día 31 de diciembre de 2025, conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, por ser contraria a Derecho y, en consecuencia, nula.
Contra dicha resolución cabe interponer recurso de casación, lo que los Servicios Jurídicos del Principado de Asturias han llevado a cabo contra la sentencia que declaraba la nulidad de la resolución que establecía la estructura de la oficina judicial en la fase I.
La Sala considera, tal y como CCOO alegaba en su recurso, que la resolución que acuerda la estructura de la oficina judicial no se limita a la mera organización de la misma sino que incide en aspectos que pueden ser incluidos en el art. 37.1 m del TREBEP y que, por tanto, afectan a las condiciones de trabajo del personal funcionario.
El Ministerio de Justicia, con la innegable connivencia de las CCAA que tienen transferidas las competencias en materia de justicia, ha impuesto una estructura organizativa que ha afectado a nuestras condiciones de trabajo, con la misma plantilla y las mismas retribuciones actuales, y con la clara intención de que cualquier funcionario o funcionaria de justicia pueda realizar cualquier tarea de cualquier jurisdicción.
Desde CCOO seguimos reclamando que se respeten nuestros derechos y condiciones de trabajo, por lo que exigimos un diseño negociado y no impuesto de los modelos organizativos.