Ante las dudas planteadas sobre la noticia publicada en este blog en fecha 15 de enero de 2019: "Deducción por maternidad por gastos de guardería", el Sector de Justicia de CCOO se puso en contacto con la Agencia Tributaria con el objeto de aclarar la forma en que se debe proceder, en este sentido, nos informaron que las familias trabajadoras, cuyo nivel de rentas permita la deducción, sólo tendrán que hacerlo constar en la casilla correspondiente a la hora de realizar la declaración de la renta, sin necesidad de aportar ningún tipo de documentación. El modelo 233 al que se hace referencia en la noticia antes señalada, lo tienen que cubrir exclusivamente los centros educativos y no las familias.
ACLARACIÓN RESPECTO A LA DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD POR GASTOS DE GUARDERÍA
17 ene 2019
Etiquetas: IRPF
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