TERCER CASO DE CORONAVIRUS EN LA JUSTICIA ASTURIANA


13 may 2020


En la tarde de ayer, 12 de mayo, la Viceconsejería de Justicia nos informaba del tercer caso de contagio confirmado de coronavirus en el ámbito de la Administración de Justicia del Principado de Asturias, en esta ocasión, en la Fiscalía de Área de Gijón.

Se ha dado aviso a una empresa especializada para que proceda a la desinfección y limpieza de dicha sede, y al personal que ha tenido contacto con la persona contagiada se les ha comunicado que deben ponerse en cuarentena domiciliaria con vigilancia de síntomas.

CCOO ha rechazado la Orden del Ministerio de Justicia, por la que se aprueba el denominado "Esquema de Seguridad Laboral y Plan de Desescalada en la Administración de Justicia", porque entre otras cuestiones:

  • Las medidas que contiene impiden, entre otras cuestiones esenciales para la salud del personal, la paralización temporal de la actividad cuando hay riesgo cierto de contagio.
  • El Ministerio de Justicia se niega a reconocer que la Administración de Justicia tiene que cumplir estrictamente con lo que establece la Autoridad Sanitaria para cada ámbito territorial.
  • El Ministerio de Justicia no garantiza la defensa de la salud del personal y pretende la imposición unilateral y sin participación del colectivo afectado y sus representantes en las medidas laborales que afectan a nuestra salud que podrán adoptar los órganos de gobierno de la judicatura, fiscalía o LAJ.

CCOO ha exigido al ministerio el uso obligatorio de mascarillas para todo el personal, público y profesionales y de mamparas para la atención al público. Hemos pedido que las medidas preventivas sean de obligado cumplimiento por la administración y por el personal y que donde no se cumplan se paralice temporalmente la actividad hasta que se subsanen las deficiencias. TODAS ESTAS PROPUESTAS DE CCOO TAMBIÉN HAN SIDO INCOMPRENSIBLEMENTE RECHAZADAS.

POR ELLO, CCOO DENUNCIA AL MINISTERIO DE JUSTICIA ANTE LA DIRECCIÓN ESPECIAL DE INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL POR EL INCUMPLIMIENTO REITERADO DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA.

Contraviniendo la Ley las resoluciones sobre medidas preventivas las ha adoptado el ministerio sin respetar el derecho de consulta y participación del personal ni de de sus representantes, sin informar de los datos de contagios y de las medidas adoptadas, sin respetar las competencias de los comités de seguridad y salud y delegados/as de prevención, sin dotar de medios materiales y personales a los servicios de prevención, sin evaluar los riesgos en cada centro de trabajo antes de aprobar las medidas, sin consultar a personal técnico en prevención de riesgos laborales, sin evaluar los riesgos del personal más vulnerable como mayores de 60 años.



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