- 50372909 GESTIÓN RC VALDÉS
- 50420659 GESTIÓN SCT TI MIERES
- 17994 TRAMITACIÓN PA INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL DE AVILÉS
- 50420593 TRAMITACIÓN SCEJ AVILÉS
La Viceconsejería de Justicia, conforme a las apreciaciones que le habíamos realizado desde CCOO, nos informa de lo siguiente:
"Os envío las plazas vacantes para ofertar a los procesos selectivos de promoción interna.
Hemos seleccionado las plazas vacantes tanto ocupadas por interinos, como en sustitución retribuida y en comisión, también incluimos las desiertas del concurso de traslados, tanto del ordinario como el de fase I Numo.
Si tenéis observación, por favor, hacédnoslas llegar antes del viernes a las 12 horas, ya que ese día a última hora tenemos que enviar las plazas al Ministerio para la publicación.".
La Viceconsejería de Justicia nos informa que tras las observaciones trasladadas por varios sindicatos en relación con las plazas previstas para los procesos selectivos de promoción interna, estamos revisando nuevamente la oferta de plazas, con la intención de ampliarla.
Puedes ver también en estos enlaces las plazas de Cantabria y de Asturias
NUEVO LISTADO DE PLAZAS QUE SE OFERTAN A LOS/AS OPOSISTORES/AS QUE HAN SUPERADO EL PROCESO SELECTIVO PARA EL ACCESO AL CUERPO DE GESTIÓN Y LISTADO DE PLAZAS QUE SE OFERTAN EN TRAMITACIÓN, PROMOCIÓN INTERNA, DE LA OEP 2023 EN EL ÁMBITO DE COMUNIDAD DE MADRID
Tras la reclamación de CCOO, al observar que el número de plazas ofertadas a los/as opositores/as que han superado por el turno de promoción interna el proceso selectivo para el acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (convocado por Orden PJC/64/2024, de 25 de enero), era significativamente inferior al número de plazas que la propia Consejería de Justicia, por Resolución de la Dirección General de RRHH y Relaciones con la Administración de Justicia, había afectado a la OEP 2022 y 2023 y a la OEP 2023, tuno libre (convocadas todas ellas por la citada Orden que se publicó en el BOE el día 1 de febrero de 2024), la Consejería rectifica y nos ha remitido a última hora de la mañana el nuevo listado ampliando el número de plazas que oferta a la promoción interna de la OEP 2023.
¿Qué dice la ley?
El artículo 2.6 de la Ley 20/2021 reconoce una compensación económica para el personal funcionario interino o laboral temporal que, estando en activo, vea finalizada su relación con la Administración por no haber superado un proceso selectivo de estabilización. La cuantía es de 20 días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos inferiores al año, con un máximo de 12 mensualidades.
¿Quién tiene derecho a la compensación económica?
Como cuestión previa, recordar que CCOO exigió formalmente al Ministerio de Justicia y a las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, en escrito presentado por registro electrónico el pasado mes de febrero, que el abono se realizara de oficio, sin obligar a que cada persona afectada tenga que iniciar reclamaciones individuales que solo favorece a quienes se quieren aprovechar o mercadear con la situación de vulnerabilidad de muchas compañeras y compañeros.
Por el momento no hemos tenido respuesta, y no parece que vaya a ser así; no obstante -y como ya han manifestado algunas administraciones- es previsible que no haya pronunciamiento alguno sobre los criterios que adoptará la administración hasta que estén resueltos todos los procesos, esto es, tanto el concurso de méritos como el concurso-oposición.
Dicho esto, aclarar indiscutiblemente tienen derecho quienes cumplan todos los requisitos siguientes, sin perjuicio de que puedan existir otras situaciones en cabría analizar de manera individualizada:
✔ Ser personal funcionario interino o personal laboral temporal.
✔ Estar en activo en el momento del cese.
✔ Haber participado en un proceso de estabilización regulado por la Ley 20/2021.
✔ No haber obtenido plaza en dicho proceso.
✔ Ser cesado como consecuencia de la toma de posesión de las personas que sí han obtenido plaza.
¿Qué cuestiones consideramos que cabría aclarar?
CCOO, en los escritos antes mencionados planteamos expresamente que debían pronunciarse sobre, como mínimo, algunas cuestiones bastante comunes y que entendemos deberían resolverse por vía administrativa, sin necesidad de judicialización. A saber, entre otras:
✔ Si basta haberse participado en cualquier proceso de estabilización, o es necesario haberse presentado a ambos (concurso de méritos y concurso-oposición).
✔ Si es necesario haber participado en el mismo cuerpo en el que después se produce el cese.
✔Si lo relevante es estar ocupando la plaza y ser cesado por la resolución del proceso de estabilización, o se va a requerir una fecha concreta de inicio en la prestación de servicios.
✔ Cómo debe computarse la antigüedad en los supuestos de concatenación de nombramientos.
Plazo para reclamar
La Ley 20/2021 no establece expresamente un plazo de reclamación para la compensación económica prevista en su artículo 2.6. Existen diferentes interpretaciones. Algunos sostienen que sería aplicable el plazo de un año propio de determinadas acciones indemnizatorias. Pero también cabría interpretar que se trata de un derecho económico frente a la Administración y que, por tanto, está sujeto al plazo general de prescripción de cuatro años desde la fecha del cese.
En cualquier caso, y aunque no hay ninguna urgencia vital e inminente, CCOO recomienda presentar la reclamación antes de que expire el plazo más corto, el de un año.
Entretanto, CCOO seguirá exigiendo al Ministerio de Justicia y a las Administraciones competentes el reconocimiento y el pago de oficio de todas las compensaciones económicas derivadas de los procesos de estabilización, y, como mínimo, una aclaración sobre los criterios que van a utilizar.
| Para cualquier duda o aclaración, no dudes en dirigirte a tu delegado/a de CCOO. Y recuerda, todos y todas tenéis a vuestra disposición nuestro Gabinete Jurídico, gratuito para las personas afiliadas según tarifas vigentes. |
MUTALIDAD GENERAL JUDICIAL
Tarjeta sanitaria europea/Certificado provisional sustitutorio
La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es un documento personal e intransferible que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias durante una estancia temporal en el territorio del Espacio Económico Europeo, Reino Unido o Suiza, en idénticas condiciones que los residentes del país de destino, a través de los sistemas de sanidad pública (salvo que el desplazamiento tenga por objeto recibir un tratamiento médico). El período de validez de la TSE es de dos años.
Asistencia sanitaria en el extranjero: estancias hasta 120 días
La asistencia sanitaria se presta a través de una póliza colectiva de seguros contratada con la compañía de seguros IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.
Se tiene derecho, durante un período máximo de 120 días, a la asistencia sanitaria de carácter urgente y no demorable en el país o países de desplazamiento, en la forma y condiciones establecidas en el contrato suscrito con la compañía de seguros.
RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Tarjeta sanitaria europea y certificado provisional sustitutorio
Este trámite se dirige a personas con derecho a la asistencia sanitaria en España que necesiten obtener la tarjeta sanitaria europea (TSE) o el certificado provisional sustitutorio para acceder a la asistencia sanitaria pública durante estancias temporales en Islandia, Liechtenstein, Noruega, el Reino Unido, Suiza o alguno de los países pertenecientes a la Unión Europea.
Solicitar el reembolso de los gastos por tratamiento médico en el extranjero
Se tiene derecho a la asistencia sanitaria que hayan tenido que abonar los gastos de un tratamiento médico en Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza, el Reino Unido o alguno de los países pertenecientes a la Unión Europea.
Hemos recibido de la Dirección General de Justicia y Víctimas del Terrorismo del Gobierno de Cantabria la siguiente información:
El Ministerio nos ha pedido la oferta de plazas para los procesos de promoción interna de tramitación y gestión de la OPE 2023: en concreto, 1 puesto de GPA y 4 puestos de TPA
Os relaciono los puestos ofertados:
GESTIÓN PROMOCIÓN INTERNA (ORDEN 104/2024):
1.- SCT39020G3 50373461
2.- SCT39020G7 50373465
3.- SCG39087G9 50373553
4.- ORC39079G1 50373454
TRAMITACIÓN PROMOCION INTERNA (ORDEN 150/2024):
1.- SCT39020T7 50373472
2.- SCT39020T8 50373473
3.- SCT39042T6 50373530
4. SCT39079T6 50373514
5.- SCT39059T3 50373501
6.- SCT39087T9 50373565
7.- SCT39087T24 50373580
8.- SCT39075T75 50413319
9.- SCE39075T34 50413518
Si no hay cambios de última hora, se publicarán el día 26 de junio
Dirección General de Justicia y Víctimas del Terrorismo
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA, SEGURIDAD Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Sin embargo, hemos recibido otro mensaje del Ministerio de Justicia que informa de otra fecha de publicación:
Buenos días,
Se comunica que el próximo 25 de junio se va a publicar en el BOE la oferta de plazas de la promoción interna de la OEP 2023
Saludos
Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Admón. de JusticiaDirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia
Las plazas de Cantabria a ofertar, descodificadas, son las siguientes:
GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Relanzamos la campaña de CCOO para exigir mejoras en las pensiones del Régimen de Clases Pasivas Desde CCOO reivindicamos un aumento de ...
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