La Viceconsejería de Justicia nos remite un Directorio Público de la sede judicial de Gijón así como un plano resumen de la disposición de los distintos Servicios Comunes.
La Viceconsejería de Justicia nos remite un Directorio Público de la sede judicial de Gijón así como un plano resumen de la disposición de los distintos Servicios Comunes.
Se ha celebrado hoy reunión de la Mesa Sectorial para la adaptación a Justicia del Acuerdo de la Mesa General de Administraciones Públicas conseguido por CCOO y Ugt para la reducción de la jornada laboral a 35 hora semanales (Csif, Ela y Cig, miembros de la Mesa General no quisieron firmarlo, y Staj no forma parte de esa Mesa)
La propuesta del Ministerio de Justicia ha estado limitada a la jornada laboral de 35 horas semanales (37,5 horas en el régimen de dedicación especial) y solo a los cuerpos generales y especiales, obviando el cuerpo de LAJ (ha anunciado su negociación para la próxima semana)
CCOO hemos propuesto en la reunión:
- Que haya una sola Resolución para todos los cuerpos, evitándose así prebendas para el cuerpo de LAJ respecto al resto
- Que la jornada anual sea de 1512 horas y no de 1547 horas como proponía el Ministerio en un cálculo equivocado:
- Que, tal y como establece el art. 500.2 de la LOPJ, no sea necesario para la aprobación de esta Resolución el informe del CGPJ como plantea el Ministerio en su propuesta
- Que las horas de reducción de jornada por festividades tradicionales puedan ser utilizadas en días diferentes en los casos de vacaciones, permisos o licencias durante esos días
- Que por cada día de guardia en el 24 ó 31 de diciembre se disponga de un día más de permiso, además de otros dos días más de permiso con carácter general para todo el personal si estas fechas coinciden en sábado, domingo o festivo. Y que cada día de guardia coincidente con un día festivo se compense con otro día de permiso adicional, a fin de que todos los trabajadores y trabajadoras dispongamos del mismo número de días festivos
- Que todas las horas de trabajo efectivo en las guardias sean computadas como tiempo de trabajo efectivo y los excesos sobre el cómputo mensual se compensen en el mes siguiente con cargo a la parte flexible del horario y, de no ser posible, en días completos de libranza
- Que la jornada reducida de cinco horas diarias sea retribuida con el 80% de las retribuciones ordinarias (en la actualidad es el 75% pero, al reducirse la jornada ordinaria, exigimos adaptar ese porcentaje), y que esta jornada reducida pueda acumularse y disfrutarse en días completos (esto equivaldría a un día a la semana)
- Que la jornada reducida de verano sea de 30 horas semanales desde el 16 de junio hasta el 15 de septiembre o, alternativamente, de 32,5 horas semanales desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre
- Que se añadan cada año tantos días de permiso adicionales como días festivos nacionales, autonómicos o locales coincidan en sábado, domingo o día no laborable
- Que se incorporen a esta Resolución las medidas de conciliación establecidas por Función Pública para el personal de la AGE y que proponemos que puedan ser utilizadas en horas o en días completos:
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