Los
servicios jurídicos de CCOO, que son los que han obtenido la sentencia
favorable, nos informan de que la sentencia es firme para la persona afectada
pero ha sido recurrida ante el Supremo en Casación de Ley y posiblemente en
Recurso Extraordinario de Revisión.
Los
servicios jurídicos, aconsejan, como siempre, prudencia y no
lanzarse a reclamaciones administrativas individuales, que en la situación
actual, sólo acarrearán inconvenientes.
2)
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL QUE CONCEDE AMPARO A UNA FUNCIONARIA DE
JUSTICIA DE MADRID QUE HA SUFRIDO DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO EN EL
PROCESO SELECTIVO DE PROMOCIÓN INTERNA
Esta
sentencia, por el contrario, sí que es absolutamente ejecutiva y extiende todos
sus efectos a todas las opositoras que hayan padecido la misma discriminación,
a las cuales se les ha de restituir el derecho vulnerado y abonar las
cantidades dejadas de percibir como consecuencia de la discriminación.
SI ALGUNA
COMPAÑERA EN ASTURIAS ESTÁ AFECTADA POR DICHA DISCRIMINACIÓN,PUEDE
LLAMARNOS PARA HACER LA CORRESPONDIENTE RECLAMACIÓN, AUNQUE ESTAMOS PROCEDIENDO
A REQUERIR AL MINISTERIO Y AL PRINCIPADO PARA QUE HAGAN LAS RECTIFICACIONES
NECESARIAS DE OFICIO
El Sector
de Justicia de CCOO Estatal, remitirá
carta al Ministro Gallardón, solicitando el abono de las cantidades
dejadas de percibir a las compañeras afectadas y el cambio (LOPJ, Reglamento de
ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal
al servicio de la
Administración de Justicia y las bases de
las convocatorias de los procesos selectivos), de manera que se determine en dichas
normas legales que todas las funcionarias que se encuentren en licencia por
riesgo durante el embarazo, parto, licencia de maternidad o lactancia,
tienen los mismos derechos económicos, profesionales y laborales que cualquier
opositor de su misma promoción, y no pueden ser discriminados por esa razón.
El Sector de Justicia de CCOO de Asturias, remitirá carta a la Consejera de Hacienda y administraciones públicas solicitando el abono de las
cantidades dejadas de percibir por discriminación por razón de sexo a las
compañeras que presten servicios en Asturias y cuyo pago corresponda a la Comunidad Autónoma