PUBLICADO EN EL BOPA EL ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DE JUSTICIA


27 dic 2017


CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Acuerdo de 20 de diciembre de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación del personal de justicia, sobre complemento de modernización de la Administración de Justicia, para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Principado de Asturias.
El Estado tiene competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia conforme establece el artículo 149.1.5.ª de la Constitución Española. Por otra parte, el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, recoge en su artículo 41.1 que, en relación a la Administración de Justicia, exceptuada la militar, corresponde al Principado ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del Estado. La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, delimita los ámbitos competenciales de las Administraciones, Ministerio de Justicia y órganos competentes de las Comunidades Autónomas implicadas en la dotación de medios personales y materiales al servicio del Poder Judicial.
Mediante Real Decreto 2003/2008, de 5 de diciembre, se traspasan a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias las funciones y servicios de la Administración General del Estado en materia de provisión de medios personales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.
El Gobierno del Principado de Asturias pretende llevar a cabo un proceso de modernización en el ámbito de la Justicia, que incluye la implantación de la Justicia Digital en todos los órganos judiciales y fiscales de la Comunidad Autónoma y culminará con la implantación de la Oficina Judicial en este territorio. Para ello, resulta absolutamente determinante la implicación activa de todos los trabajadores del ámbito de Justicia.
Por lo expuesto y previa negociación, con fecha 20 de octubre de 2017, en reunión de la Mesa Sectorial de Personal de Justicia, se alcanzó un acuerdo con las organizaciones sindicales para la modernización de la Administración de Justicia en el Principado de Asturias, por medio del cual, las organizaciones sindicales se comprometen a alcanzar unos objetivos comunes, encaminados a perfeccionar el servicio público que se presta a los ciudadanos, relacionados con la implantación de la justicia digital y la formación, la reducción del absentismo, y la mejora en el cumplimiento de la jornada laboral. Dicho Acuerdo fue ratificado por la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario y Estatutario de la Administración del Principado de Asturias en reunión de 20 de octubre de 2017.
Como contraprestación a la implantación de las medidas acordadas y, en el marco de las adecuaciones retributivas previstas en el artículo 14.5 de la Ley del Principado de Asturias 6/2016, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2017, el Principado de Asturias se compromete a modificar la estructura retributiva, estableciendo un componente singular dentro del complemento específico transitorio, en concepto de modernización de la Administración de Justicia, de carácter lineal y percepción periódica mensual, para todos los puestos de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, Auxilio Judicial y Médicos Forenses de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias. Dicho componente retributivo será, llegado el caso, integrado dentro del complemento específico previsto en el artículo 519.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 del Real Decreto-legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 14.2.c) de la Ley del Principado de Asturias 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública, que otorga competencia al Consejo de Gobierno para dar validez y eficacia a los acuerdos alcanzados con la representación sindical mediante su aprobación expresa y formal, previo acuerdo con la parte social y a propuesta de las Consejerías de Hacienda y Sector Público, competente en materia de gastos de personal, y de Presidencia y Participación Ciudadana, competente en materia de Administración de Justicia, en particular titular de las competencias relativas a la dirección, impulso y coordinación de la provisión de los medios necesarios, personales y materiales, para el funcionamiento de la Administración de Justicia,
ACUERDA
Primero.—Aprobar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal de Justicia, sobre complemento de modernización de la Administración de Justicia, para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Principado de Asturias, cuyo texto se incorpora como anexo.
Segundo.—Aprobar la modificación del complemento específico transitorio del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia dependiente del Principado de Asturias, añadiendo al mismo un componente singular de modernización de la Administración de Justicia cuyas cuantías, a abonar en 12 mensualidades, serán las siguientes:
Ejercicio
Importe mensual
2018
110,83
2019
140,00
2020
163,33
Dichos importes serán actualizados anualmente de acuerdo con lo que dispongan las correspondientes leyes por las que se aprueban los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, así como la normativa básica estatal que resulte aplicable.
Tercero.—Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.a) en relación con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de ello, las personas interesadas podrán interponer con carácter previo al anterior y potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.
Dado en Oviedo, a 5 de diciembre de 2017.—El Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana, Guillermo Martínez Suárez.—Cód. 2017-14323.
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