Adeslas, Asisa y Nueva Mutua Sanitaria suscriben el Concierto con la Mugeju para la asistencia sanitaria para los años 2025 y 2026. La Gerencia de Mugeju sigue, varios días después de finalizar el proceso de licitación, sin informar a las miles de personas mutualistas
- Sanitas, DKV y Mapfre deciden no suscribir el Concierto, por entender insuficiente el incremento de las primas por mutualista
- CCOO reitera y exige que la Mugeju garantice la continuidad asistencial por patologías graves con médicos y centros sanitarios en que se sigan los tratamientos
- Para CCOO es preciso evaluar el modelo de asistencia sanitaria y de seguridad social del personal titular de la Administración de Justicia
Por cuentagotas, pero sin comunicación oficial por parte de la Mugeju, pese a que el plazo de licitación del concierto para la asistencia sanitaria privada del personal titular de la Administración de Justicia haya finalizado el pasado 8 de noviembre (Ver BOE de la licitación: Anuncio de licitación concierto sanitario 2025-2026 Mugeju, en el que se determina, que el “Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación: Hasta las 23:59 horas del 8 de noviembre de 2024”), las compañías que en el año 2022 suscribieron el Concierto han ido adelantando a través de los medios de comunicación su voluntad de suscribir o no el nuevo Concierto, cuya duración será de dos años. Así, hemos tenido conocimiento que Adeslas, Asisa y Nueva Mutua Sanitaria (insistimos, sin información oficial de Mugeju) han aceptado suscribir el nuevo Concierto para los años 2025 y 2026, pero que Sanitas, DKV y Mapfre han decidido no suscribir el nuevo Concierto (ellos dicen eufemísticamente que “por no darse las condiciones suficientes para garantizar la calidad del servicio”) al considerar que las primas que por mutualista ofrece el Gobierno son insuficientes, pese a que se incrementan en un 17.12 % para el conjunto de los dos años
No existe una regulación en el Concierto vigente sobre la posibilidad de continuidad asistencial en caso de patologías graves con el mismo médico o centro sanitario, si éste sólo pertenece a entidades médicas que ahora no suscriban el Concierto para los años 2025 y 2026. La cláusula 3.6 del Concierto vigente regula el derecho a la continuidad asistencia por patología grave en caso de bajas de médicos y centros sanitarios dentro de una misma entidad médica, e incluso las modificaciones en los mismos al tiempo de suscribir el nuevo concierto, pero nada dice respecto de la posibilidad de continuar con la asistencia del mismo médico o centro sanitario en caso de tratamiento de patología grave cuando la entidad a la que pertenece no renueve el concierto. Por ello, y a falta de un pronunciamiento expreso de la Mugeju, CCOO recomienda a los y las mutualistas que se encuentren en esta situación que soliciten autorización por escrito a la nueva entidad a la que pertenezcan para continuar con el tratamiento con personal facultativo o centro no concertado. CCOO va a reclamar a la Gerencia de la Mugeju que garantice la debida continuidad asistencial para el tratamiento de los procesos patológicos graves
Por lo tanto, la asistencia sanitaria de los y las mutualistas de la Mugeju que opten por recibir la asistencia sanitaria por entidades privadas y no por los servicios públicos de salud de sus comunidades autónomas queda garantizada para los dos próximos años, también en Isfas. Y ello a diferencia de Muface, respecto de la cual ninguna entidad privada ha acudido a la licitación del Concierto y que se ve abocada a una negociación exprés para resolver el problema de quién y a cambio de qué prestará la asistencia sanitaria de sus mutualistas a partir de enero de 2025. Tal y como expusimos en una hoja anterior, el hecho de ser Mugeju una mutualidad pequeña (no llegamos a 100.000 mutualistas y beneficiarios, frente al 1,5 millones de Muface o 550.000 de Isfas), así como ser un colectivo de edad más joven, ha favorecido históricamente a la Mugeju para suscribir el concierto sanitario con más entidades privadas que el resto de las mutualidades
Pero el hecho de que esta vez se hayan salvado los muebles en materia de asistencia sanitaria no puede evitar entrar en el debate sosegado sobre el modelo de asistencia sanitaria que tenemos los funcionarios públicos titulares y del modelo de seguridad social al que estamos adscritos. Tal y como señala el editorial de El País de 11 de noviembre de 2024, “es evidente que se debe revisar un modelo que no deja de ser una vía de acceso a la sanidad privada con dinero público, con los problemas de equidad y costes de intermediación que ello conlleva”
CCOO ya expuso en una hoja anterior el porqué del modelo diferenciado de asistencia sanitaria y de seguridad social que tenemos el personal de la Administración de Justicia, que hoy sólo abarca al personal titular. Modelo que hoy, en el que tanto la sanidad (que es competencia de las Comunidades Autónomas) como la seguridad social (que sigue siendo competencia del Estado) son universales, ya ha perdido su razón de ser, más allá de la inercia de continuar con un sistema que su día fue la solución a la exclusión del personal funcionario del régimen general de la seguridad social
La crisis que está motivando la negativa de las entidades médicas privadas, que lógicamente defienden su negocio (no la calidad del servicio), a suscribir el concierto propuesto con Muface debe abrir el debate sobre si la sanidad, como servicio público al que tenemos derecho las personas funcionarias como el resto de la ciudadanía para hacer efectivo nuestro derecho a la salud, puede o no estar en manos de intereses privados. No parece muy coherente defender los servicios públicos, exigir su mantenimiento y mejora, y al mismo tiempo rogar para tener derecho a elegir una sanidad prestada por medios privados y pagada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, medios privados que en un número importante de veces desvían su responsabilidad hacia la sanidad pública, por su incapacidad de garantizar la salud de las personas en los casos más graves
En cualquier caso, si la opción final del Gobierno fuese la integración de todos los y las mutualistas de una o todas las Mutualidades en los servicios públicos de salud, dicha integración se debería realizar de forma ordenada, no apresurada, con un periodo de adaptación por parte de los servicios públicos de salud y con garantía absoluta del derecho de los y las mutualistas a la continuidad asistencial de los tratamientos con los mismos médicos y centros médicos en los supuestos de patologías graves
La Mugeju subsiste como Mutualidad independiente de Muface únicamente para que los Jueces tengan su mutualidad separada de la del resto de funcionarios civiles del Estado, y en ella se integra el personal de la Administración de Justicia porque, si no, no sería viable económicamente. Los Cuerpos de titulación superior han sido siempre privilegiados, injusta y antidemocráticamente, en la atención por parte de la Mugeju y están sobrerrepresentados en sus órganos de control de la gestión, tras la reforma, llevada a cabo unilateralmente por el Ministerio de Justicia, contra los derechos de miles de mutualistas de los cuerpos generales y especiales que sostenemos la Mugeju con nuestras cuotas, realizada en el año 2019, con la aquiescencia de CSIF, STAJ y UGT que decidieron participar en los mismos. Si nuestras prestaciones económicas son básicamente idénticas a las que se prestan en Muface e Isfas, la única especificidad que justifica la existencia de la Mugeju como mutualidad independiente ha sido precisamente que el Concierto para la prestación de la asistencia sanitaria por entidades privadas ha sido suscrito históricamente por más entidades que en el resto de las mutualidades
Pero una revisión del modelo de asistencia sanitaria afectará a las tres mutualidades, y abriría un debate sobre su existencia independiente e incluso sobre su propia subsistencia. Aunque existan otras muchas prestaciones en las tres Mutualidades además de la sanitaria y la farmacéutica, no cabe duda de que debe abrirse un debate y evaluación sobre la forma más eficaz de gestionar las mismas, y si existe hoy justificación para su existencia como Régimen Especial de Seguridad Social