CCOO pide prudencia tras el pronunciamiento del TJUE sobre el abuso de temporalidad en el sector público y reclama una respuesta legal efectiva


14 abr 2026



NOTA DE PRENSA

CCOO pide prudencia tras el pronunciamiento del TJUE sobre el abuso de temporalidad en el sector público y reclama una respuesta legal efectiva

La justicia europea vuelve a cuestionar que el ordenamiento español disponga de medidas realmente eficaces, disuasorias y proporcionadas frente al abuso en la contratación temporal

El Área Pública de CCOO considera que el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad en el empleo público confirma, una vez más, una idea esencial: el ordenamiento jurídico español sigue sin ofrecer una respuesta suficientemente eficaz para prevenir y sancionar el abuso en la utilización de relaciones temporales en el sector público

“A la espera de un estudio en profundidad de la sentencia, que afecta directamente al personal laboral de las Administraciones Públicas y, sobre todo, de los posteriores pronunciamientos del Tribunal Supremo, una primera lectura del fallo permite extraer varias conclusiones relevantes”

En primer lugar, el TJUE reitera que corresponde a los órganos judiciales nacionales apreciar y declarar, en cada caso concreto, si ha existido abuso o fraude en la utilización de la temporalidad. No se trata, por tanto, de una declaración automática ni general, sino de una valoración que debe realizarse en sede judicial atendiendo a las circunstancias individuales de cada persona afectada

En segundo lugar, el tribunal europeo vuelve a poner el foco en la insuficiente trasposición al Derecho interno español de la Directiva 1999/70/CE y del Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada, al considerar que las medidas existentes no garantizan una respuesta real frente al abuso. No basta con medidas formales o genéricas: deben existir instrumentos efectivos, disuasorios y proporcionados

Asimismo, el TJUE insiste en que los procesos de estabilización, aun siendo legítimos como vía de ordenación del empleo público, no constituyen por sí mismos una sanción adecuada frente al abuso. Y no lo son porque se trata de procedimientos abiertos, sometidos a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, en los que puede concurrir cualquier aspirante, haya sufrido o no abuso en la temporalidad. Por ello, esos procesos no reparan por sí solos la situación padecida por la persona temporal abusada

Del mismo modo, vuelve a quedar en entredicho la insuficiencia de la indemnización tasada de 20 días por año con el límite de una anualidad, al no incorporar un verdadero elemento sancionador vinculado específicamente al abuso producido. Reitera el TJUE, así como lo hizo el Comité Europeo de Derechos Sociales interpretando la carta social europea, que el régimen indemnizatorio por despido en España no es suficientemente disuasorio ni reparador. También se cuestiona la eficacia del régimen de responsabilidades previsto para las Administraciones Públicas, por su carácter ambiguo, abstracto y poco previsible

Ahora bien, para CCOO conviene subrayar con claridad “que el TJUE no impone de forma automática la fijeza como solución general ni afirma que esa sea la única respuesta posible. La conversión en fijo aparece en la jurisprudencia europea como una posibilidad a valorar cuando no existan en el ordenamiento interno otras medidas adecuadas para sancionar el abuso, pero no como una declaración directa e inmediata aplicable sin más”. En este sentido desde CCOO hemos trasladado una propuesta de reforma del despido a la mesa del Diálogo Social que debe acabar con los sistemas de abuso de la temporalidad y modificar el régimen indemnizatorio

“Por eso, desde CCOO insistimos en la necesidad de actuar con rigor y sin precipitación. Habrá que esperar al estudio pormenorizado de la sentencia y, especialmente, a cómo la interpreten y apliquen tanto el Tribunal Supremo como los restantes órganos judiciales. Será esa doctrina la que determine el alcance real del pronunciamiento europeo dentro del marco constitucional y legal español”

CCOO mantiene que la solución de fondo exige una reforma normativa clara, que adapte plenamente nuestro sistema a las exigencias del Derecho de la Unión Europea, dote de seguridad jurídica a las personas afectadas y evite que la temporalidad abusiva siga resolviéndose a golpe de litigio

Mientras tanto, el sindicato afirma que seguirá vigilante en los procesos de estabilización en curso, defendiendo los derechos del personal temporal y ofreciendo atención jurídica a quienes, de forma individual, decidan ejercitar acciones judiciales en defensa de sus intereses

Para CCOO, la sentencia europea vuelve a dejar una conclusión difícil de discutir: las medidas actualmente existentes en España no han sido consideradas suficientes para prevenir ni sancionar adecuadamente el abuso de la temporalidad en el sector público. Lo que queda ahora por resolver es cómo debe traducirse eso, en la práctica, en nuestro ordenamiento jurídico
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