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Convocatoria de comisiones de servicio/sustituciones en Canarias


7 may 2025



Se ha publicado en la página web del Gobierno de Canarias:


Fecha de publicación: 06/05/2025

Plazo de presentación de solicitudes: tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en la intranet de Justicia y en la página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia


Fecha de publicación: 05/05/2025

Plazo de presentación de solicitudes: tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en la intranet de Justicia y en la página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia
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Informaciones sobre concursos de traslado, procesos selectivos de estabilización y comisiones de servicio y sustituciones


21 mar 2025



Informaciones que ha facilitado el Ministerio de Justicia en la Mesa Sectorial celebrada hoy:

CONCURSOS DE TRASLADO

- La previsión de la resolución del concurso de traslado de cuerpos generales actualmente en curso es para finales de abril o, más bien, para primeros de Mayo, aunque no garantiza que sea en dichas fechas. CCOO exigimos que se haga pública esta fecha de resolución para que el personal que obtenga plaza pueda organizar con tiempo su traslado, especialmente porque no va haber listados provisionales, sino directamente definitivos, en otra decisión unilateral e intolerable de este Ministerio

- Para el concurso de traslado que se convocará a continuación con las plazas de la primera fase de implantación de los Tribunales de Instancia indebidamente excluidas del concurso anterior, no ha informado de su fecha de convocatoria pero ha confirmado que quien haya obtenido plaza en el concurso ya convocado y pendiente de resolución no podrá participar en este segundo concurso por estar afectado por la "congelación" de dos años

- No existe previsión de fecha de convocatoria del concurso ordinario de 2025 de cuerpos especiales del INTyCF, aunque afirma que se convocará en este año

- En relación con el próximo concurso de traslado de Médicos Forenses, confirma que se convocará en un plazo aproximado de quince días pero se niega a facilitarnos las plazas que se incluirán en el mismo. Sí ha informado que se incluirán en este concurso las plazas de Médico Forense del Servicio de Información Toxicológica del INTyCF

PROCESOS SELECTIVOS DE ESTABILIZACIÓN

- El Ministerio asegura que las listas de personas aprobadas serán ampliadas en base a las renuncias, jubilaciones, superación de varios procesos selectivos del mismo cuerpo (concurso turno general, concurso extraordinario para personas con discapacidad o concurso-oposición) o falta de toma de posesión de quienes han superado inicialmente los procesos selectivos. No se ampliarán los listados de personas aprobadas en el caso de que se haya superado el proceso selectivo de más de un cuerpo y se solicite la excedencia voluntaria en alguno de ellos

COMISIONES DE SERVICIO Y SUSTITUCIONES

La Directora General del Servicio Público de Justicia ha negado en la mesa que desde el Ministerio de Justicia se haya cursado instrucción o recomendación a las CCAA con competencias transferidas ni para que se dejen sin efecto las comisiones de servicio o sustituciones actualmente asignadas ni para que a partir del 1 de Abril ni de ninguna fecha dejen de convocarse y asignarse plazas en comisión de servicio o sustitución, aunque se ha negado a afirmar o descartar que el propio Ministerio, en su ámbito competencial, vaya a tomar o no alguna medida en este sentido
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Corrección de errores en la Resolución por la que se aprueban las listas definitivas de personas seleccionadas para constituir las bolsas de trabajo de Letradas sustitutas y Letrados sustitutos de la Administración de Justicia


24 jun 2024



Se ha publicado en el 
BOE de 22 de junio de 2024:

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia

Resolución de 4 de junio de 2024, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se corrigen errores en la de 22 de enero de 2024, por la que se aprueban las listas definitivas de personas seleccionadas para constituir las bolsas de trabajo de Letradas sustitutas y Letrados sustitutos de la Administración de Justicia


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Euskadi: resolución provisional de convocatoria de comisiones de servicio, adscripción provisional y sustitución vertical


29 may 2024



Se ha publicado la Resolución de 28 de mayo de 2024, del Director de la Administración de Justicia del Gobierno Vasco, por la que se resuelve provisionalmente la convocatoria de 13 de mayo de 2024 para la provisión transitoria de puestos de trabajo en comisión de servicios, adscripción provisional y sustitución vertical


Hoy se abre el plazo de tres días hábiles, para realizar las alegaciones oportunas
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Euskadi: convocatoria para la provisión de puestos de trabajo mediante comisión de servicios, adscripción provisional y sustitución vertical


14 mar 2024


 


Se ha publicado en EIZU la Resolución de 12 de marzo de 2024, del Director de la Administración de Justicia del Gobierno Vasco, por la que se convoca procedimiento para la provisión temporal mediante comisión de servicios, adscripción provisional y sustitución vertical

Puestos de trabajo ofertados: los relacionados en el Anexo I

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 15 de marzo de 2024

Forma de presentación de solicitudes: a través de https://www.euskadi.eus/servicios/12050

Participar en esta convocatoria únicamente será posible mediante formato electrónico, a la que se podrá acceder mediante los certificados de persona física emitidos por Izenpe, incluida la B@kQ, el DNI electrónico y los de la fábrica de Nacional de Moneda y Timbre en formato software. Con la clave permanente no será posible la participación



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Publicadas las listas definitivas de personas seleccionadas para constituir las bolsas de Letradas sustitutas y Letrados sustitutos de la Administración de Justicia


7 feb 2024



En el 
BOE de hoy, 7 de febrero, se ha publicado:

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia

Resolución de 22 de enero de 2024, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueban las listas definitivas de personas seleccionadas para constituir las bolsas de trabajo de Letradas sustitutas y Letrados sustitutos de la Administración de Justicia



Las personas seleccionadas pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, en servicio activo, que formen parte de la bolsa, serán objeto de llamamiento con preferencia frente a los demás integrantes de las bolsas
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Diferencias de criterios en las bolsas de LAJ sustitutos/as


7 mar 2023


El empeño del Ministerio de Justicia en que las Secretarías Coordinadoras o de Gobierno (en lugar de las Gerencias, como propone CCOO) gestionen las bolsas de trabajo de LAJ está causando diferencias de criterios y perjuicios claros al personal de Gestión

El Ministerio presenta en la mesa de negociación una propuesta para unificar criterios, pero mucho nos tenemos que cada Secretaría de Gobierno o Provincial seguirá aplicándolos según su parecer, por lo que CCOO insistimos en que la gestión de las bolsas debe encomendarse a las Gerencias, igual que las del resto de cuerpos generales y especiales

El Ministerio sigue anunciando en la mesa reformas reglamentarias, que nunca llegan, para que se reserve la plaza de origen del personal de Gestión que haga sustituciones de LAJ, y CCOO volvemos a reclamar que desde el cuerpo de Gestión se hagan las sustituciones de LAJ sin necesidad de estar en bolsas de trabajo (como ocurre en el resto de cuerpos), debiendo regularse para todos los cuerpos un sistema de sustituciones y comisiones de servicio que obligue a que todas la ausencias de quien ocupe una plaza se ofrezcan en comisión de servicio o sustitución (como ya ocurre en la inmensa mayoría de CCAA con competencias) para que sean solicitadas y concedidas con criterios negociados y objetivos

En la mesa de negociación del ámbito no transferido celebrada ayer se trató, como uno de los puntos del orden del día, “Borrador instrucción bolsa sustitutos y discrepancias en la valoración”

CCOO hemos negado la mayor, porque estamos en contra del sistema de sustituciones de LAJ impuesto por el Ministerio de Justicia y hemos vuelto a proponer:

  • Que se negocie un sistema integral de provisión temporal de puestos de trabajo (comisiones de servicio, sustituciones, adscripciones provisionales y nombramiento de personal interino) común para todos los cuerpos 

NO EXISTE NINGUNA JUSTIFICACIÓN PARA DAR UN TRATO DIFERENCIADO AL CUERPO DE LAJ, COMO HACE EL MINISTERIO CON ÉSTE Y OTROS TEMAS RELACIONADOS CON LAS CONDICIONES DE TRABAJO 

  • Que las plazas que hayan de ser cubiertas por LAJ sustitutos/as se ofrezcan públicamente, en primer lugar, al personal de Gestión con licenciatura o grado en Derecho y, si no hay solicitudes, se nombre personal de las bolsas 

De esta forma, el personal de Gestión podrá elegir si le interesa o no una plaza determinada de LAJ para hacer la sustitución, sin estar obligado a apuntarse a una bolsa provincial durante mucho tiempo y de la que además será expulsado si renuncia a una plaza sin justificación. Al mismo tiempo, con nuestra propuesta, el personal de nuevo ingreso o que acabe la carrera de Derecho podría hacer sustituciones sin esperar a la convocatoria de una nueva bolsa 

  • Que la gestión de las bolsas de LAJ sea competencia de las Gerencias territoriales 

La intervención de las Secretarías de Gobierno y Coordinadoras solo ha provocado problemas, discrecionalidades y falta de transparencia 

  • Que de inmediato se autorice en todos los ámbitos territoriales la reserva de plaza al personal de Gestión mientras hace las sustituciones de LAJ 

Si puede hacerse para el resto de cuerpos, puede también hacerse para LAJ. No aceptamos más excusas ni aplazamientos de esta medida 

  • Que todas las bolsas de LAJ (como las de todos los cuerpos) se publiquen en la web del Ministerio de Justicia, así como sus actualizaciones tras cada nombramiento de sustituto o sustituta que se realice 

La falta de transparencia permite arbitrariedades que en ningún caso aceptaremos desde CCOO

BASTA DE YA DE PRIVILEGIOS Y DE REGULACIONES ESPECIALES PARA EL CUERPO DE LAJ

TODOS Y TODAS SOMOS PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y NO EXISTE NINGUNA RAZÓN QUE JUSTIFIQUE UNA NORMATIVA DIFERENTE EN LA REGULACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO















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CCOO pide explicaciones al Ministerio de Justicia por no haber publicado la convocatoria de las Bolsas de Trabajo de LAJ el 29 de agosto, como había asegurado en la Mesa Sectorial


31 ago 2022


En la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia celebrada el pasado 14 de julio, el Ministerio aseguró a las organizaciones sindicales que publicaría en el BOE del 29 de agosto la convocatoria de las bolsas de trabajo de LAJ, lo que no se ha cumplido.

CCOO ha reclamado al Ministerio información sobre los motivos de que no se haya producido esta publicación y que se nos comunique la nueva fecha prevista para la misma, sin que hasta este momento hayamos recibido contestación alguna.

La información de las novedades de estas bolsas de trabajo del cuerpo LAJ fue publicada en su momento por CCOO y puede verse en el siguiente enlace:

Tras nueve años desde la anterior convocatoria, el Ministerio de Justicia anuncia que publicará la bolsa de LAJ sustitutos/as en las próximas fechas, como CCOO ha venido reclamando de forma insistente



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El Ministerio de Justicia tarda seis años y medio desde la firma del Acuerdo de 2015 en iniciar las negociaciones para la regulación de las sustituciones y sigue negándose a cumplir el Acuerdo de marzo de 2022 para mejorar la promoción interna y negociar un concurso de traslado extraordinario


15 jul 2022


Ayer se reunió la Mesa Sectorial en la que el Ministerio presentó su propuesta de modificaciones normativas para priorizar las sustituciones y comisiones de servicio antes del nombramiento de personal interino, que incluyen la reserva del puesto de trabajo en las sustituciones de Gestión a LAJ que CCOO hemos venido reclamando desde hace años.

El Ministerio insiste en regular por separado las sustituciones del cuerpo de LAJ, al que asigna retribuciones por este concepto y por productividad que, por ahora, no acepta para el resto de los cuerpos generales y especiales.

En la reunión de la Mesa Sectorial, CCOO volvimos a exigir el cumplimiento inmediato de todos los acuerdos, como el del teletrabajo firmado con los sindicatos en marzo de 2021 y el de la mejora de la promoción interna y convocatoria de un concurso de traslado extraordinario con todas las vacantes pactado en marzo de este año.

La propuesta del Ministerio de Justicia, que será negociada en futuras reuniones de la Mesa Sectorial, es la siguiente:

1.- Ordenación de los sistemas extraordinarios de provisión de puestos de trabajo:

El Ministerio de Justicia y los órganos correspondientes de las comunidades autónomas con traspasos recibidos seguirán la siguiente prelación en la provisión de los puestos que, por necesidades del servicio, no puedan dejarse vacantes o con ausencia prolongada de su titular, hasta su siguiente convocatoria mediante concurso:

  • Sustitución vertical en los puestos genéricos no diferenciados o “sin guardia”. Tendrá preferencia para realizar la sustitución vertical el funcionario destinado dentro del mismo centro de destino. Si hubiera más de un funcionario interesado que reuniera los requisitos establecidos para el desempeño del puesto, tendrá preferencia el que tenga mayor tiempo de servicios prestados en el centro de destino atendiendo, en su caso, al orden jurisdiccional, y, de existir empate, el que tenga mayor antigüedad en el cuerpo

  • Sustitución horizontal con relevación de funciones en los puestos diferenciados o “con guardia”. Los puestos de libre designación, singularizados o diferenciados con mayor complemento específico, se cubrirán preferentemente mediante sustitución horizontal. Tendrá preferencia para realizar la sustitución horizontal (comisión de servicio cuando proceda) el funcionario destinado dentro del mismo centro de destino. Si hubiera más de un funcionario interesado que reuniera los requisitos establecidos para el desempeño del puesto, tendrá preferencia el que tenga mayor tiempo de servicios prestados en el centro de destino atendiendo, en su caso, al orden jurisdiccional, y, de existir empate, el que tenga mayor antigüedad en el cuerpo. Esta preferencia únicamente podrá estar referida al propio ámbito competencial del Ministerio de Justicia o de la Administración autonómica que tenga transferida su gestión

  • En el caso de no existir candidatos para atender la sustitución del respectivo ámbito competencial, bien sea vertical o bien horizontal, únicamente se podrá ofertar la sustitución horizontal con relevación de funciones (comisión de servicio), condicionada al informe favorable de la administración de origen; respetando en todo caso los criterios compatibles sobre movilidad o derivando la cobertura de la plaza al concurso de carácter anual o al nuevo ingreso

  • Una vez agotadas las anteriores posibilidades se podrá nombrar personal interino, hasta la cobertura definitiva de la plaza con personal de carrera. En todo caso, la convocatoria de la plaza se hará efectiva en el inmediato concurso siguiente

  • El puesto de trabajo que deja temporalmente vacante el funcionario/a sustituto/a podrá ser ocupado por otro sustituto/a, siempre que en el mismo centro de destino hubiera candidatos voluntarios de carrera con la titulación requerida, siguiendo los mismos criterios que se han planteado en los apartados anteriores

  • Aquellas sustituciones horizontales en las que no hubiera relevación de funciones del puesto de origen serán limitadas temporalmente e incentivadas en la modalidad que considere el Ministerio de Justicia o la Comunidad Autónoma competente

2.- Reserva de plaza y retribuciones del personal funcionario que realiza sustituciones verticales:

 En todos los casos de sustitución se conservará el puesto de origen y se tendrá derecho a las retribuciones complementarias del puesto que se desempeñe por sustitución

Las personas del Cuerpo de Gestión P.A. que desempeñen sustituciones verticales en el Cuerpo de Letrados deben mantener su situación de “servicio activo”

Adicionalmente, en la sustitución vertical se tendrá derecho a un complemento por la diferencia con las retribuciones básicas del puesto de titulación inmediata superior, excepto las derivadas de la antigüedad. Este complemento será negociado con las respectivas organizaciones sindicales y tendrá como objetivo igualar las condiciones retributivas con el personal temporal que pudiera estar interesado en la provisión de la plaza

En la sustitución horizontal sin relevación de funciones se negociará con las representaciones sindicales el plazo máximo de permanencia en la situación acumulada y el porcentaje sobre las retribuciones complementarias que percibiría la persona sustituta

POSICIONAMIENTO DE CCOO ANTE ESTA PROPUESTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

CCOO hemos denunciado que esta propuesta del Ministerio se formule con seis años y medio de retraso, ya que esta negociación de las sustituciones se deriva del Acuerdo de 18 de diciembre de 2015

Hemos reclamado que el régimen de sustituciones sea igual para todos los cuerpos, incluido LAJ, y:

- Que todas y cada una de las plazas vacantes o con ausencia de su titular, incluidas las plazas de refuerzo, se ofrezcan públicamente para ser cubiertas en provisión temporal por sustitución o comisión de servicio

- Que todas y cada una de las plazas vacantes se incluyan en el primer concurso de traslado que se convoque

- Que las plazas que queden vacantes de puestos singularizados sean convocadas de forma inmediata por concurso específico o por libre designación, en su caso

- Que las sustituciones y comisiones de servicio puedan solicitarse y otorgarse para puestos de trabajo de distinto ámbito territorial del correspondiente al puesto de origen

- Que en las sustituciones verticales se perciba la totalidad de retribuciones (sueldo, trienios, complementos y pagas extraordinarias) del puesto que se ocupa por sustitución

- En relación con las sustituciones sin relevación de funciones:

  • Que solo se produzcan en situaciones de urgencia sobrevenidas de ausencia de la persona titular o en ausencias por permisos, licencias o vacaciones de muy corta duración.
  • Que se retribuyan en todos los casos desde el primer día en todos los cuerpos con el mismo porcentaje de las retribuciones complementarias (el Ministerio plantea un 80% como máximo para el cuerpo de LAJ y CCOO planteamos un 80% como mínimo para todos los cuerpos).
  • Que para atender más de un puesto de trabajo se retribuya además una cantidad igual a la correspondiente a la prolongación de jornada hasta 40 horas semanales

- Que siendo el retraso en la regulación de las sustituciones responsabilidad exclusiva de la administración, esta nueva regulación se establezca con carácter retroactivo tanto en los aspectos administrativos como en los aspectos económicos

CCOO HEMOS VUELTO A EXIGIR, ADEMÁS:

 

● QUE CON CARÁCTER BÁSICO PARA TODOS LOS TERRITORIOS SE RETRIBUYA EL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD A TODOS LOS CUERPOS CON CUANTÍAS QUE, COMO MÍNIMO, SERÁN LAS ASIGNADAS PARA EL CUERPO DE LAJ

 

● QUE SE NEGOCIE DE INMEDIATO LA CONVOCATORIA DE UN CONCURSO DE TRASLADO EXTRAORDINARIO DE PUESTOS SINGULARIZADOS Y GENÉRICOS CON TODOS LAS PLAZAS VACANTES Y SIN CONGELACIÓN

● QUE SE NEGOCIE DE INMEDIATO LA MODIFICACIÓN DE LA LOPJ PARA MEJORAR LA PROMOCIÓN INTERNA, RECUPERANDO EL 50% DE LAS PLAZAS, PERMITIENDO QUE SEA POR CONCURSO SIN FASE DE OPOSICIÓN, SUPRIMIENDO EL CARÁCTER ELIMINATORIO DE LA FASE DE OPOSICIÓN Y SUS EJERCICIOS Y FACILITANDO LAS PRUEBAS DE ACCESO CON LA ELIMINACIÓN, POR EJEMPLO, DEL EXAMEN ORAL EN LA PROMOCIÓN INTERNA DE GESTIÓN A LAJ



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Tras nueve años desde la anterior convocatoria, el Ministerio de Justicia anuncia que publicará la bolsa de LAJ sustitutos/as en las próximas fechas, como CCOO ha venido reclamando de forma insistente


13 jul 2022


Las principales novedades son el llamamiento voluntario de personal de Gestión no incluido en las bolsas cuando éstas se agoten y el establecimiento de renuncias justificadas, que no supondrán la exclusión de las bolsas.

Paralelamente, se ha convocado para este jueves, día 14 de julio, reunión de la Mesa Sectorial para la negociación de las sustituciones y comisiones de servicio de todos los cuerpos, donde el Ministerio, como ya informamos, acepta la propuesta de CCOO de reservar la plaza de origen al personal de Gestión que sustituya a LAJ, habiendo conseguido este sindicato que el Ministerio acepte también que no haya que pasar a la situación de excedencia en Gestión y que todo ello se haga con carácter retroactivo para sustituciones que ya se estén haciendo o que se hagan con la nueva convocatoria. 


El texto de la nueva convocatoria puede verse en este enlace: RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL PARA LA INNOVACIÓN Y CALIDAD DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA, POR LA QUE SE CONVOCAN BOLSAS DE TRABAJO DE LETRADAS SUSTITUTAS Y LETRADOS SUSTITUTOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Resaltamos las siguientes novedades en esta nueva convocatoria de bolsas de trabajo de LAJ


1.- No se considerarán renuncias los llamamientos efectuados en las siguientes circunstancias:


a) Incapacidad temporal iniciada con anterioridad al llamamiento, acreditada mediante parte de baja, certificación o informe expedido por facultativo de la Seguridad Social en el que conste la imposibilidad de incorporación al puesto de trabajo ofertado


b) Maternidad, si el llamamiento se produce entre el quinto mes de embarazo y la decimosexta semana posterior al parto


c) Por el cuidado de hijos hasta el cumplimiento de tres años o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, enfermedad o accidente no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida y siempre que se acredite la convivencia con dichos hijos o familiar. Solo se podrá alegar esta situación una vez por sujeto causante


d) Nombramiento como fiscal sustituto/a o juez/a sustituto/a o en régimen de provisión temporal


e) En el supuesto de violencia sobre la mujer debidamente justificado que impida a la víctima el desempeño del puesto de trabajo para el que ha sido llamada por razones de seguridad personal u otras relacionadas con la amenaza o ejercicio de dicha violencia. La concurrencia de estas circunstancias deberá ser acreditada documentalmente en el plazo de tres días desde su alegación. Los llamamientos a los interesados quedarán en suspenso hasta la finalización de las respectivas situaciones, de las que deberán informar al correspondiente secretario coordinador provincial


2.- Cuando por renuncia u otras causas legales no existieran candidatas o candidatos suficientes, podrán ser llamadas las personas pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que reúnan los requisitos para formar parte de la bosa y manifiesten su interés, hasta la formación de una nueva


Los llamamientos se efectuarán:


En primer lugar, a quienes acrediten mayor experiencia realizando labores de sustitución del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia

En segundo lugar, entre quienes acrediten igual experiencia o en defecto de ella, a quienes hayan aprobado más ejercicios de acceso al Cuerpo

En tercer lugar, por antigüedad de servicios prestados

3.- Hasta la entrada en funcionamiento de las bolsas que se constituyan conforme a esta resolución, en la provincia en la que no existan candidatos en la lista principal ni en la de reserva de las bolsas vigentes podrán ser llamados quienes cumplan los requisitos para formar parte de las mismas conforme a lo dispuesto en el punto anterior

4.- Se acuerda dar publicidad en el ámbito territorial a los llamamientos, para mejorar su transparencia


5.- Se valorarán como méritos los ejercicios aprobados en las pruebas de acceso a LAJ por promoción interna (antes solo se valoraban los del turno libre)


Esta nueva convocatoria, que debería haberse producido bastantes años antes, es una buena noticia, si bien el Ministerio de Justicia no ha aceptado muchas propuestas de CCOO que seguiremos defendiendo en la negociación global de las sustituciones que se inicia mañana, día 14 de julio, como son:


Que las plazas de LAJ no cubiertas se ofrezcan en sustitución vertical al cuerpo de Gestión antes de recurrir a las bolsas de trabajo 

Eliminar los periodos de LAJ sustituto/a en prácticas para el cuerpo de Gestión que acceda a las sustituciones 

Que toda la gestión de las sustituciones de LAJ sea llevada a cabo por las gerencias territoriales o directamente por el Ministerio de Justicia y no por las Secretarías de Gobierno ni Secretarías Coordinadoras, por ser actos puramente administrativos de gestión de personal y en la misma forma en que se hace para el resto de los cuerpos


PROPUESTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA LA RESERVA DE PLAZA Y PERMANENCIA EN SERVICIO ACTIVO SIN PASAR A SITUACIÓN DE EXCEDENCIA EN LAS SUSTITUCIONES DE GESTIÓN A LAJ


Aceptando las reivindicaciones de CCOO, el Ministerio de Justicia ha presentado un borrador de sustituciones y comisiones de servicio para todos los cuerpos y ámbitos territoriales que será negociado en la Mesa Sectorial. En relación con las sustituciones de Gestión a LAJ se recoge el siguiente texto:


Reserva del puesto de origen durante el desempeño de una sustitución y garantía de retorno al cesar en la misma


Se propone la modificación del artículo 451.2 de la LOPJ, que quedaría de la siguiente manera:


2. Esta designación deberá recaer en otro Letrado de la Administración de Justicia, que se denominará Letrado suplente. A tal efecto los Secretarios de Gobierno elaborarán una relación de los miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia que voluntariamente quieran participar en los planes anuales de suplencias. De no existir voluntario, se designará, con carácter forzoso, al suplente ordinario que se designe conforme a lo previsto en el número anterior. Los llamamientos que tengan lugar conforme a lo establecido en este precepto serán retribuidos en los casos y cuantía que se determinen reglamentariamente. Asimismo, las personas del Cuerpo de Gestión P.A. que desempeñen sustituciones verticales en el Cuerpo de Letrados deben mantener su situación de “servicio activo”, con independencia de los criterios particulares que se hayan seguido para la ordenación de sus méritos en la correspondiente bolsa de sustituciones (artículo 137 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales)


Por ello se propone la supresión del apartado d) del artículo 68 y la derogación completa del artículo 70 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, que induce al cambio forzado de situación administrativa de los funcionarios y funcionarias que desean realizar sustitución en el cuerpo superior


Al cubrirse la plaza por personal funcionario de carrera por los sistemas ordinarios de provisión o regresar el titular ausente (por el disfrute de licencias o permisos de larga duración, o también por estar haciendo una sustitución con relevación de funciones), cesará en la sustitución la persona funcionaria que la estuviera desempeñando y retornará a su puesto de origen, retomando las funciones del mismo


Régimen transitorio de las sustituciones ya iniciadas


Las sustituciones horizontales y verticales que se hubieran iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de las modificaciones de los artículos señalados, y no se hayan visto interrumpidas por circunstancias atribuibles a la persona funcionaria sustituta, tendrán efectos administrativos retroactivos desde su inicio y efectos económicos desde la entrada en vigor de la nueva regulación


















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