MODIFICACIÓN DEL EBEP. APROBADO EL CUARTO DÍA DE ASUNTOS PARTICULARES


20 dic 2013


Ayer, el congreso de los diputados aprobó definitivamente la ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público, que incluye una disposición adicional cuarta que modifica el artículo 48.k del EBEP (Ley 7/2007 de 12 de abril).

El texto de dicha disposición adicional es el siguiente:
Disposición adicional cuarta (nueva)

Primero. El apartado k del artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, queda con la siguiente redacción:
«Por asuntos particulares, cuatro días cada año».

Segundo. La limitación que el apartado Tres del artículo 8 del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, establece respecto a los convenios, pactos y acuerdos para el personal funcionario y laboral de las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas, debe entenderse referenciada a la nueva redacción dada al artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público de conformidad con el apartado primero de esta Disposición.

Hoy está convocada la mesa general de las Administraciones Públicas, en la que el gobierno se limitará a informar de esta cuestión a las organizaciones sindicales representativas, siguiendo la misma línea de actuación de este gobierno, autoritaria y antidemocrática, de no respetar el derecho de los trabajadores y trabajadoras a la negociación colectiva de sus condiciones de trabajo.


Dado que dicha ley orgánica se publicará probablemente mañana 21 de diciembre en el BOE y su entrada en vigor es para el día siguiente al de su publicación, los efectos de este cuarto día de asuntos particulares para todos los empleados y empleadas públicas, tendrá efectos ya para este año 2013
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