Debido a un
malentendido en la conversación mantenida en el día de ayer con el Jefe de
Servicio de la DG de Justicia, hoy hemos vuelto a hablar con él personalmente,
al objeto de clarificar la instrucción remitida.
Dicha instrucción es relativa a los días
adicionales (tanto de asuntos propios como de vacaciones) que recuperamos mediante el
RD Ley 10/2015.
Nos comunica que en el mes de noviembre,
cuando la DG de Función Pública dicte instrucción sobre el disfrute de los
permisos de los trabajadores y trabajadoras del Principado, la DG de Justicia
dictará también instrucción en el mismo sentido (como viene sucediendo en
los últimos años).
Por lo tanto:
● Los días adicionales por antigüedad, tanto
de vacaciones como de asuntos propios, se podrán disfrutar hasta el 31 de marzo de
2016.
● Las vacaciones (22 días que ya teníamos
y que por error se informó que hasta el 31 de enero) se podrán disfrutar hasta el 31 de diciembre
de 2015.
● Los 6 días de asuntos propios, que ya
teníamos anteriormente al RD Ley, de momento se disfrutarán hasta el 31 de diciembre de 2015.
●El sexto día de asuntos propios, recuperado
por el citado RD Ley, según manifestaciones verbales del Jefe de Servicio, se
podrá disfrutar hasta el 31 de marzo de 2016.
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