RECTIFICACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE DISFRUTE DE DÍAS RECUPERADOS RD LEY 10/2015


1 oct 2015


Debido a un malentendido en la conversación mantenida en el día de ayer con el Jefe de Servicio de la DG de Justicia, hoy hemos vuelto a hablar con él personalmente, al objeto de clarificar la instrucción remitida.

Dicha instrucción es relativa a los días adicionales (tanto de asuntos propios como de vacaciones) que recuperamos mediante el RD Ley 10/2015.

Nos comunica que en el mes de noviembre, cuando la DG de Función Pública dicte instrucción sobre el disfrute de los permisos de los trabajadores y trabajadoras del Principado, la DG de Justicia dictará también instrucción en el mismo sentido (como viene sucediendo en los últimos años).

Por lo tanto:

● Los días adicionales por antigüedad, tanto de vacaciones como de asuntos propios, se podrán disfrutar hasta el 31 de marzo de 2016.

●   Las vacaciones (22 días que ya teníamos y que por error se informó que hasta el 31 de enero) se podrán disfrutar hasta el 31 de diciembre de 2015.

● Los 6 días de asuntos propios, que ya teníamos anteriormente al RD Ley, de momento se disfrutarán hasta el 31 de diciembre de 2015.


●El sexto día de asuntos propios, recuperado por el citado RD Ley, según manifestaciones verbales del Jefe de Servicio, se podrá disfrutar hasta el 31 de marzo de 2016. 
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