A pesar del obligatorio incremento de funciones en las Oficinas de Justicia en los municipios (actuales Juzgados y Agrupaciones de Paz) el Ministerio de Justicia se niega a incrementar las plantillas y las retribuciones
CCOO denunciamos que la apuesta por la mejora en la atención a la ciudadanía de las pequeñas poblaciones en materia de Justicia solo era un acto propagandístico del ministro Bolaños y que la negociación de las RPTs está siendo una gran farsa en la que el Ministerio no ha movido ni una coma de su propuesta inicial tras tres días de negociación
El Ministerio ha informado que aprobará las relaciones de puestos de trabajo de las OJMs con la misma plantilla y las mismas retribuciones actuales además de mantener la compatibilidad en todos los puestos de trabajo para llevar la tramitación de los asuntos que se les encomienden desde la oficina judicial de los juzgados (futuros Tribunales de Instancia) de la cabecera del partido judicial
El resumen de la mesa de negociación que tuvo lugar ayer, 13 de febrero, refleja el desprecio del Ministerio de Justicia al servicio público, a la ciudadanía y los trabajadores y a las trabajadoras de los actuales Juzgados de Paz y Agrupaciones:
Incremento de plantilla: CERO FUNCIONARIOS/AS DE LOS CUERPOS DE GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO
Incremento de retribuciones: CERO EUROS EN TODOS LOS CUERPOS Y CENTROS DE TRABAJO
- Seguirá sin retribuirse la Jefatura de los puestos de Gestión en funciones de Secretaría, la penosidad por “salidas a la calle” y visitas o trabajo en los Centros Penitenciarios que sí se cobra en otros destinos, y seguirá vigente el grupo de población IV con retribuciones más bajas en las OJMs que en todos los demás centros de destino
Incremento de funciones: ADEMÁS DE LAS FUNCIONES PROCESALES Y DEL REGISTRO CIVIL QUE ACTUALMENTE SE REALIZAN EN LOS JUZGADOS DE PAZ SE REALIZARÁN EN TODAS LAS OJMs LAS SIGUIENTES:
A) Servicios de atención a la ciudadanía y de accesibilidad al Servicio Público de Justicia
1. Atención e información a la ciudadanía en los medios y relaciones con la Admón. de Justicia
2. Apoyo a la ciudadanía en los medios digitales para acceder y relacionarse con la Admón. de Justicia
3. Gestión relacionada con solicitudes del reconocimiento del derecho a la justicia gratuita
4. Apoyo a la ciudadanía en solicitudes de atención o cita previa con unidades de la Admón. de Justicia
B) Servicios de gestión y colaboración con Oficinas Judiciales
5. Práctica de actos de comunicación procesal
6. Inmediación digital con Oficinas Judiciales
7. Colaboración con la Oficina Judicial del partido judicial en la gestión y tramitación de procedimientos
8. Colaboración con la Oficina Judicial del partido judicial en servicios auxiliares
9. Atención a consultas de la ciudadanía dirigidas a la Oficina Judicial del partido judicial
C) Servicios de gestión y colaboración con otras unidades de la Administración de Justicia
10. Atención a la ciudadanía en sus gestiones con las Gerencias Territoriales de Justicia y órganos equivalentes autonómicos
11. Colaboración con la oficina general del Registro Civil
12. Colaboración con las oficinas o unidades competentes en la implementación de medios adecuados de solución de controversias (MASC)
13. Colaboración con las oficinas o unidades competentes en la asistencia a víctimas
14. Atención, coordinación y organización entre Oficinas de Justicia en los municipios
15. Colaboración con otras Oficinas de Justicia en los municipios en la prestación de servicios
D) Servicios de atención a personal de la Judicatura, la Fiscalía y la Administración pública
16. Colaboración en la dotación de puestos para el trabajo ocasional deslocalizado de personal de la Judicatura, la Fiscalía y la Administración de Justicia
17. Colaboración con la Mutualidad General Judicial en la atención a mutualistas
E) Servicios de gestión y colaboración con otras Administraciones públicas
18. Aquellos otros servicios que figuren en convenios de colaboración entre diferentes Administraciones públicas.
Compatibilidad con la oficina judicial:
El Ministerio ha reconocido verbalmente en la mesa de negociación que las actuales plantillas no guardan relación ni con las cargas de trabajo ni con el número de habitantes que se atienden desde cada Juzgado de Paz o Agrupación, como CCOO les habíamos demostrado en reuniones anteriores, y que no en todas las futuras OJMs existe personal suficiente para realizar las nuevas funciones ni para tramitar asuntos de las Oficinas Judiciales de las cabeceras de partido y ha anunciado (aunque se ha negado a recogerlo por escrito) que cuando entren en funcionamiento las OJM con todas estas nuevas funciones y con la misma plantilla elaborará un procedimiento informático para medir las cargas de trabajo y determinar entonces las localidades y agrupaciones en las que se tramitarán estos asuntos de la Oficina Judicial, que creen que se limitarían a los procedimientos monitorios y juicios verbales de menor cuantía (sin siquiera asegurarlo de forma tajante); CCOO hemos insistido en que si no se puede determinar ahora las cargas de trabajo para ajustar las plantillas y la compatibilidad con las OJ, se debería de eliminar de las RPTs dicha compatibilidad hasta que pueda modificarse este concepto, pero el Ministerio se ha negado a ello y no solo no se contemplará en ningún caso la ampliación de plantilla ni el reconocimiento retributivo de las funciones que se realicen sino que aparecerá la compatibilidad en todos los puestos de trabajo con la OJ en las RPTs
Delegación de funciones en materia de Registro Civil:
A pesar de que el Ministerio reconoce que la modificación del Reglamento de Registro Civil es necesaria para dar cobertura legal a estas delegaciones, se niega a dictar una instrucción prohibiéndolas expresamente, a sabiendas de que se están produciendo de forma escandalosa por muchos Encargados de Oficinas Generales. CCOO volvemos a insistir en que estas “delegaciones” sean exigidas por escrito para ser recurridas inmediatamente
TODO LO OCURRIDO EN LA MESA DE NEGOCIACIÓN HA SIDO UNA AUTÉNTICA VERGÜENZA:
- Desprecio a la negociación colectiva
- con la incomparencia de los altos cargos del Ministerio con capacidad de negociar y decidir (mientras que el Secretario de Estado se reúne simultáneamente con las asociaciones profesionales de LAJ)
- convirtiendo la negociación en una imposición directa de la propuesta inicial a pesar de la evidencia de que hay más funciones y de que ni las actuales ni las nuevas están debidamente retribuidas ni valoradas previamente como obliga la Ley y la doctrina del Tribunal Supremo
- Desprecio a los trabajadores y a las trabajadoras de los actuales Juzgados de Paz a quienes se les niega su derecho a un reconocimiento profesional y retributivo de su trabajo
EN LAS RPTs DE LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA DEL ÁMBITO NO TRANSFERIDO EL MINISTERIO DE JUSTICIA IMPONE EN LUGAR DE NEGOCIAR
CCOO denuncia que en las negociaciones de las RPTs de la primera fase de implantación de los Tribunales de Instancia del ámbito no transferido, el Ministerio de Justicia, en lugar de acercar posturas con las propuestas sindicales, empeora su propuesta inicial dejando un solo centro destino en todos los partidos judiciales
En su primera propuesta determinaba un ÚNICO SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN (SCT) con todo el personal en las localidades con tres o menos juzgados mixtos (además de Cieza, con cuatro juzgados), y en localidades de más de cuatro juzgados mixtos, además del SCT, establecía un Servicio Común General en Illescas, Torrijos, Totana y San Javier e incluso añadía también un Servicio Común de Ejecución en Molina de Segura e Illescas
Se justifica el ministerio en que toma esa decisión a propuesta de los Secretarios de Gobierno de los TSJ de Murcia y Castilla-La Mancha de tal forma que, amparado por el nefasto acuerdo que suscribió con Csif, Staj y Ugt, se restringe casi hasta su total eliminación la posibilidad de cambiar de centro de destino dentro de una misma localidad (solo se podrá estar destinado con la gran mayoría del personal en Servicio Común de Tramitación, con la sola opción de trasladarse a una plaza de Gestión y otra de Tramitación que se proponen para la Oficina General del Registro Civil, puestos que, además, tendrán funciones compatibles trabajando también obligatoriamente con tareas de dicho servicio común)