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CCOO LOGRA UNA NUEVA SENTENCIA FAVORABLE A LOS DERECHOS DEL PERSONAL DE JUSTICIA: EL TSJ DE ASTURIAS DECLARA LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN QUE ACUERDA LA ESTRUCTURA DE LA OFICINA JUDICIAL FASE III


24 jul 2026



Al igual que sucedió con la fase I de implantación de los Tribunales de Instancia, los Servicios Jurídicos de CCOO Asturias han conseguido una nueva sentencia favorable a los derechos del personal de justicia: la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha decidido estimar el recurso Contencioso-administrativo interpuesto por Comisiones Obreras de Asturias contra la Resolución, de 24 de octubre de 2025, de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos por la que se acuerda el diseño y estructura de la oficina judicial para los Tribunales de Instancia que deben constituirse el día 31 de diciembre de 2025, conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, por ser contraria a Derecho y, en consecuencia, nula.

Contra dicha resolución cabe interponer recurso de casación, lo que los Servicios Jurídicos del Principado de Asturias han llevado a cabo contra la sentencia que declaraba la nulidad de la resolución que establecía la estructura de la oficina judicial en la fase I.


La Sala considera, tal y como CCOO alegaba en su recurso, que la resolución que acuerda la estructura de la oficina judicial no se limita a la mera organización de la misma sino que incide en aspectos que pueden ser incluidos en el art. 37.1 m del TREBEP y que, por tanto, afectan a las condiciones de trabajo del personal funcionario.

El Ministerio de Justicia, con la innegable connivencia de las CCAA que tienen transferidas las competencias en materia de justicia, ha impuesto una estructura organizativa que ha afectado a nuestras condiciones de trabajo, con la misma plantilla y las mismas retribuciones actuales, y con la clara intención de que cualquier funcionario o funcionaria de justicia pueda realizar cualquier tarea de cualquier jurisdicción.

Desde CCOO seguimos reclamando que se respeten nuestros derechos y condiciones de trabajo, por lo que exigimos un diseño negociado y no impuesto de los modelos organizativos.







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CCOO demuestra con datos y denuncia que los Tribunales de Instancia no mejoran la eficiencia de la Justicia


10 jun 2026



CCOO ha realizado un estudio de las 316 localidades de la Fase I de implantación de los Tribunales de Instancia, que son los que entraron en funcionamiento el 1 de julio de 2025 (corresponden a los partidos judiciales en los que solo existían juzgados de Primera Instancia e Instrucción —asuntos civiles y penales— y no juzgados de otras jurisdicciones o especialidades).

Para CCOO el resultado es contundente: “No solo no se aprecia una mejora significativa en la reducción de la pendencia, sino que además empeora la tasa de resolución de asuntos”.

Tras el análisis que hemos realizado a partir de los datos estadísticos oficiales publicados por el Consejo General del Poder Judicial correspondientes a 2025 —último ejercicio con información disponible y que permite evaluar los primeros seis meses de funcionamiento de los Tribunales de Instancia en la Fase I— se pone de manifiesto que la reforma organizativa del Ministerio de Justicia y que, en palabras del ministro, ha supuesto “la mayor transformación de la Justicia en décadas”, no ha tenido en absoluto un impacto relevante en la mejora de la actividad judicial.

CCOO hemos utilizado los indicadores más comunes para medir el rendimiento de los órganos judiciales: la tasa de resolución, que es la relación entre asuntos resueltos y asuntos ingresados; y la tasa de pendencia, es decir, la relación entre los asuntos pendientes al final y al inicio del periodo. 

Pues bien, lejos del autobombo que caracteriza a las declaraciones del señor Bolaños, los datos publicados por el CGPJ reflejan una evolución prácticamente estancada, incluso negativa, tras los primeros seis meses de implantación de la nefasta Ley de Eficiencia del Servicio Público de la Justicia.

Estos son algunos de los datos más relevantes: 

• La variación media de la tasa de resolución, lejos de mostrar una mejora generalizada, en la mayoría de los partidos judiciales presentan un comportamiento peor que el registrado antes de la implantación de los Tribunales de Instancia. De los 316 partidos judiciales analizados, son menos de un centenar los que mejoran (93) mientras que la gran mayoría empeoran (224).

• En cuanto a la tasa de pendencia, también ganan los que empeoran (poco más de la mitad). Se demuestra una situación prácticamente de empate y, por tanto, la inexistencia de una tendencia positiva atribuible a la reforma.

Esto desmonta uno de los principales argumentos utilizados por el ministro para justificar una reforma que solo ha servido para vulnerar los derechos de miles de trabajadores y trabajadoras. La simple sustitución de los antiguos juzgados por los actuales Tribunales de Instancia no está sirviendo en absoluto para mejorar el servicio público de la justicia.

Desde el inicio de la tramitación de la ley, CCOO señaló que los problemas estructurales de la Justicia no se solucionan mediante cambios nominales u organizativos. Falta abordar los problemas reales que sufrimos: la falta de inversión suficiente, el déficit de plantillas, la insuficiencia de medios materiales y tecnológicos, y la ausencia de una planificación adecuada de los recursos humanos. Estos han sido y siguen siendo los verdaderos obstáculos para mejorar la calidad y la agilidad del servicio público.

Por ello, CCOO exigimos al ministro de Justicia que abandone sus discursos triunfalistas y que aborde ya, junto a las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, las necesidades reales de la Administración de Justicia. La eficiencia no se decreta por ley; la eficiencia se construye con recursos, planificación y empleo público de calidad. Lo contrario no es más que una tomadura de pelo y un insulto a la inteligencia colectiva de la ciudadanía.

Nota: puede verse la evolución de las tasas de reposición y de pendencia en cada una de las 316 localidades de la fase I en este enlace.

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CCOO LOGRA UNA SENTENCIA FAVORABLE A LOS DERECHOS DEL PERSONAL DE JUSTICIA: EL TSJ DE ASTURIAS DECLARA LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA ESTRUCTURA DE LA OFICINA JUDICIAL FASE I


14 may 2026


 


Los Servicio Jurídicos de CCOO Asturias logran una sentencia favorable a los derechos del personal de Justicia: la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha decidido estimar el recurso Contencioso-administrativo interpuesto por Comisiones Obreras de Asturias contra la Resolución, de 12 de mayo de 2025, de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos por la que se aprueba la estructura de la Oficina Judicial de los Tribunales de Instancia incluidos en la primera fase de implantación, conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que comprende el diseño, dimensión y organización de la Oficina Judicial en los partidos judiciales de Cangas de Narcea, Cangas de Onís, Castropol, Grado, Laviana, Lena, Llanes, Piloña, Pravia, Siero, Tineo, Valdés y Villaviciosa (BOPA 16/05/2025) y, en consecuencia, declaran la nulidad de la misma por ser contraria a derecho.

Contra dicha resolución cabe interponer recurso de casación.

Recordamos que este es el primer recurso interpuesto por el Sector de Justicia de CCOO de Asturias, hemos recurrido también la resolución por la que aprueba el proceso de acoplamiento, la resolución por la que se aprueba la estructura de la Oficina Judicial de los Tribunales de Instancia incluidos en la tercera fase de implantación y una instrucción de organización.

SENTENCIA


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DIRECTORIO DE LA OFICINA JUDICIAL DE GIJÓN CORREGIDO


12 may 2026



La Viceconsejería de Justicia nos informa que al haberse detectado dos errores en el listado telefónico remitido (un baile de números en un teléfono del equipo de familia y otro en el equipo civil D, ambos del SCT), nos adjuntan el directorio corregido.

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DIRECTORIO Y PLANO DE LOS SERVICIOS COMUNES DE LA OFICINA JUDICIAL DE GIJÓN


11 may 2026


 


La Viceconsejería de Justicia nos remite un Directorio Público de la sede judicial de Gijón así como un plano resumen de la disposición de los distintos Servicios Comunes. 

DIRECTORIO GIJÓN

PLANO OFICINA JUDICIAL GIJÓN

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DIRECTORIO DE LOS SERVICIOS COMUNES DE TRAMITACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA OFICINA JUDICIAL DE OVIEDO


30 abr 2026


 

La Viceconsejería de Justicia nos remite un primer Directorio de los Servicios Comunes de Tramitación y Ejecución de la Oficina Judicial de Oviedo. Nos informan, también, que en los próximos días irán completando la información.

DIRECTORIO OVIEDO

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PLANOS DISTRIBUCIÓN SERVICIOS OVIEDO


27 abr 2026



La Viceconsejería de Justicia nos remite los planos de los edificios de López Otín, Llamaquique y Telefónica. Muy resumidos y visuales para identificar dónde están los distintos Servicios y Equipos. 



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LISTADOS DE PERSONAL POR EQUIPOS EN EL PALACIO DE JUSTICIA DE OVIEDO (C/ CARLOS LÓPEZ OTÍN)


25 abr 2026




La Viceconsejería de Justicia nos remite la siguiente información:

"Adjunto para vuestro conocimiento y difusión, los listados por equipos del Servicio Común de Tramitación Civil y Penal, así como del Servicio Común de Ejecución Penal, todos ellos destinados en el Palacio de Justicia de la calle Carlos López Otín.

Cada listado específico se ha colocado igualmente en la entrada de cada oficina judicial correspondiente y, dentro de ellas, se ha identificado cada mesa con el nombre de la persona que la tiene que ocupar.

De esta manera, el lunes el personal funcionario ya se encontrará ubicado en su destino definitivo.".




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NUEVAS PLAZAS PARA COBERTURA EN SUSTITUCIÓN EN LA OFICINA JUDICIAL DE OVIEDO


24 abr 2026



La Viceconsejería de Justicia nos informa de lo siguiente:

"Se ha dado traslado a los LAJ Directores de una comunicación complementaria a la enviada en el día de ayer. En ella, se incluyen nuevas plazas para cobertura en sustitución, cuyo plazo de solicitud se amplía hasta el próximo miércoles, 29 de abril.

"En relación con nuestro correo de ayer, ampliamos la relación de plazas que deben ofertarse por sustitución con el siguiente detalle:
 
CENTRO DE DESTINO: SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL (SCT-AP) Y SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA (SCT-TI)
 
CÓDIGO PUESTO
PUESTO
SITUACIÓN DEL PUESTO
50419731
TRAMITACIÓN SCT-AP
Incapacidad Temporal
50419770
GESTIÓN SCT-TI Área Civil/FIC/Mercantil
Puesto reservado
50419804
TRAMITACIÓN SCT-TI Área Civil/FIC/Mercantil
Vacante por jubilación


Os recordamos que, con objeto de proceder a la cobertura de los mismos se ofertarán al personal funcionario titular de esta localidad, en sustitución horizontal o vertical, según proceda, con los siguientes criterios.
  1. Oferta de puestos en sustitución horizontal (personal del mismo Cuerpo). Para los puestos de trabajo singularizados (jefaturas de equipo) y el puesto diferenciado de Tramitación Atención al Público.
  2. Oferta de puestos en sustitución vertical (personal del Cuerpo inmediatamente inferior). Para los puestos de trabajo genéricos.  No obstante, si el puesto genérico diferenciado no contara con candidatos en sustitución horizontal, se ofertaría también en vertical.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 74 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, tendrán preferencia para realizar sustituciones los funcionarios destinados dentro del mismo centro de destino, esto es dentro de cada Servicio Común.
 
Si existiera más de un funcionario interesado que reuniera los requisitos establecidos para el desempeño del puesto, tendrá preferencia el funcionario con mayor tiempo de servicios prestados en el centro de destino, atendiendo, en su caso, al orden jurisdiccional y, de existir empate, el que tenga mayor antigüedad en el cuerpo.
 
Por tanto, en atención a lo expuesto y con objeto de cubrir los puestos con la mayor rapidez, rogamos nos hagan llegar las solicitudes de sustitución (horizontal o vertical) del personal funcionario interesado hasta el miércoles 29 de abril a la siguiente dirección de correo electrónico: justicia@asturias.org.

Se requerirá informe del LAJ Director del Servicio Común donde se encuentre el puesto vacante, en el que se haga constar que la sustitución ha sido ofrecida a la totalidad del personal susceptible de poder acceder a la misma, identificando las personas que lo han solicitado.
 
En el caso de que la persona solicitante pertenezca a un centro de destino diferente al de la plaza ofertada, deberá aportar, además, la conformidad del LAJ Director de su centro de destino, si procede.
 
En el caso de las sustituciones verticales, el personal interesado deberá aportar titulación que acredite el cumplimiento de los requisitos para acceder al puesto.
 
Por la Viceconsejería de Justicia se resolverá atendiendo a los criterios establecidos en el artículo 74 del Reglamento antes citado".
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RECTIFICACIÓN ERRORES RPTs FASE III



 


La Viceconsejera de Justicia nos remite el siguiente correo al efecto:

"El próximo lunes se publicará en el BOPA una rectificación de errores de todas las RPTs aprobadas en diciembre (Oficinas de Justicia y OJM de la tercera fase, Secretaría de Gobierno, Fiscalía e IML).


La rectificación consiste en que, dentro del Complemento Específico, se debe incluir  el valor de 1 de enero de 2025 del Componente singular de transformación digital  fijado por Acuerdo de 2 de agosto de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación del personal al servicio de la Administración de Justicia y mejora del Complemento Específico Transitorio del personal al servicio de la Administración de Justicia en el Principado de Asturias (BOPA 6/8/2024), sin embargo se había incluido por error el valor de 1 de enero de 2026. Por este motivo, la cuantía global de todos los complementos específicos de estas RPTs resulta inferior a la publicada en diciembre.

Os adjunto un Anexo donde aparecen desglosado por cada tipo de puesto el valor del Complemento Específico.

Adicionalmente, al revisar esas RPTs con objeto de corregir esos importes nos hemos dado cuenta de dos errores más que también se corrigen en esta Resolución.

Por un lado en los dos puestos de trabajo de “Tramitación-Jefatura de Equipo” del Servicio Común de Tramitación del Tribunal de Instancia de Avilés se reflejaba un valor del complemento específico para la jefaturas de equipo con una dotación igual o superior a 20 personas. Sin embargo estos dos puestos en concreto tienen una dotación inferior, por lo que procede corregir la cuantía.

Por otro lado, en los puestos de trabajo de Secretaría de las Oficinas de Justicia en los municipios y Secretaría de Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios, la cuantía del complemento general del puesto reflejada se corresponde con el subtipo IIIA del Anexo I del Real Decreto 1033/2007, de 20 de julio, cuando a estos puestos les corresponde la cuantía del subtipo IVD (que es superior). También se corrige en esta Resolución.

A partir del lunes se volverá a publicar otra Resolución, pero esta vez se trata de actualizar todas las cuantías tanto del Complemento Gral. Del puesto como del Complemento Específico. Os adjunto también un Anexo con las cuantías por cada tipo de puesto y que recogen:

Por un lado, la subida del 0,5% del Acuerdo C.G. de 15/7/2025 (Bopa 16/7/2025) que sólo se había tenido en cuenta para las RPTs aprobadas en diciembre (dado que las de la primera fase se publicaron antes de este Acuerdo) así que hay que aplicar esta subida a las RPTs de la primera fase

Por otro lado, la subida del 2,5% derivada del Acuerdo C.G. de Retribuciones para 2025 (Bopa 09/12/2025) que, lógicamente no se tuvo en cuenta para ninguna de las RPTs dado que todas se aprobaron antes de este Acuerdo.

Con estas dos publicaciones se desbloquea el problema del pago en nómina de los puestos singularizados (jefaturas de área y de equipo) y de los genéricos diferenciados.

Empleo Público está, además, elaborando el Acuerdo de retribuciones para 2026 que incluye para justicia el el valor de 1 de enero de 2026 del Componente singular de transformación digital.".



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PUESTOS VACANTES EN LA OFICINA JUDICIAL DE OVIEDO: SUSTITUCIONES


23 abr 2026



La Viceconsejería de Justicia nos remite el siguiente correo al efecto:

"Tras la finalización del proceso de acoplamiento en la Oficina Judicial de Oviedo, han quedado vacantes los siguientes puestos:
 
CENTRO DE DESTINO: SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL (SCT-AP) Y SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA (SCT-TI)
 

CÓDIGO PUESTO
PUESTO
50419843
GESTION - SCT-TI Área Penal - VSM
50419855
GESTION - SCT-TI Área Penal
50419856
GESTION - SCT-TI Área Penal
50419857
GESTION - SCT-TI Área Penal
50419861
TRAMITACIÓN - JEFATURA EQUIPO SCT-TI Área Penal
50419866
TRAMITACIÓN - SCT-TI Área Penal VSM
 
CENTRO DE DESTINO: SERVICIO COMÚN DE EJECUCIÓN (SCG)
 
CÓDIGO PUESTO
PUESTO
50419964
AUXILIO JUDICIAL JEFATURA DE EQUIPO – SCG Servicios Generales

CENTRO DE DESTINO: SERVICIO COMÚN DE EJECUCIÓN (SCEJ)
 
CÓDIGO PUESTO
PUESTO
50420078
GESTION - SCEJ Civil-Social-C/A
50420079
GESTION - SCEJ Civil-Social-C/A
50420080
GESTION - SCEJ Civil-Social-C/A
50420081
TRAMITACIÓN - JEFATURA EQUIPO SCEJ Civil-Social-C/A
50420082
TRAMITACIÓN - JEFATURA EQUIPO SCEJ Civil-Social-C/A
50420113
TRAMITACIÓN – SCEJ Civil-Social-C/A
50420114
TRAMITACIÓN – SCEJ Civil-Social-C/A
50420115
TRAMITACIÓN – SCEJ Civil-Social-C/A
50420116
TRAMITACIÓN – SCEJ Civil-Social-C/A
50420123
GESTIÓN –SCECJ Penal
50420124
GESTIÓN –SCECJ Penal
50420125
GESTIÓN –SCECJ Penal
50420126
GESTIÓN –SCECJ Penal
50420127
GESTIÓN –SCECJ Penal
50420129
TRAMITACIÓN – JEFATURA DE EQUIPO SCECJ - Penal
50420149
TRAMITACIÓN – SCECJ Penal
 
Con objeto de proceder a la cobertura de los mismos se ofertarán al personal funcionario titular de esta localidad, en sustitución horizontal o vertical de acuerdo, con los siguientes criterios.
  1. Oferta de puestos en sustitución horizontal (personal del mismo Cuerpo). Para los puestos de trabajo singularizados (jefaturas de equipo) y el puesto diferenciado de Tramitación Atención al Público.
  2. Oferta de puestos en sustitución vertical (personal del Cuerpo inmediatamente inferior). Para los puestos de trabajo genéricos.  No obstante, si el puesto genérico diferenciado no contara con candidatos en sustitución horizontal, se ofertaría también en vertical.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 74 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, tendrán preferencia para realizar sustituciones los funcionarios destinados dentro del mismo centro de destino, esto es dentro de cada Servicio Común.
 
Si existiera más de un funcionario interesado que reuniera los requisitos establecidos para el desempeño del puesto, tendrá preferencia el funcionario con mayor tiempo de servicios prestados en el centro de destino, atendiendo, en su caso, al orden jurisdiccional y, de existir empate, el que tenga mayor antigüedad en el cuerpo.
 
Por tanto, en atención a lo expuesto y con objeto de cubrir los puestos vacantes con la mayor rapidez, rogamos nos hagan llegar las solicitudes de sustitución (horizontal o vertical) del personal funcionario interesado hasta el lunes 27 de abril a la siguiente dirección de correo electrónico: justicia@asturias.org
 
Se requerirá informe del LAJ Director del Servicio Común donde se encuentre el puesto vacante, en el que se haga constar que la sustitución ha sido ofrecida a la totalidad del personal susceptible de poder acceder a la misma, identificando las personas que lo han solicitado.
 
En el caso de que la persona solicitante pertenezca a un centro de destino diferente al de la plaza ofertada, deberá aportar, además, la conformidad del LAJ Director de su centro de destino, si procede.
 
En el caso de las sustituciones verticales, el personal interesado deberá aportar titulación que acredite el cumplimiento de los requisitos para acceder al puesto.
 
Por la Viceconsejería de Justicia se resolverá atendiendo a los criterios establecidos en el artículo 74 del Reglamento antes citado.".
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PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA JUDICIAL DE OVIEDO


22 abr 2026



La Viceconsejería de Justicia nos informa que se ha publicado en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos la Resolución de la Viceconsejería de Justicia del Principado de Asturias, de 10 de abril de 2026, por la que se establece la fecha de entrada en funcionamiento de la Oficina Judicial de Oviedo.
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INSTRUCCIONES SOBRE LOS TRASLADOS Y ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA JUDICIAL DE OVIEDO


16 abr 2026



La Viceconsejería de Justicia nos remite dos documentos con instrucciones básicas relativas a los movimientos de puestos de trabajo y las adaptaciones en el programa informático Minerva.


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PUBLICADO EL LISTADO RECTIFICADO DEL PROCESO DE ACOPLAMIENTO DEL PARTIDO JUDICIAL DE OVIEDO


15 abr 2026



La Viceconsejería de Justicia nos informa que ya está publicado en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos el listado rectificado del personal acoplado en Oviedo. En este listado, además de las variaciones ya reseñadas respecto al listado inicial, se ha realizado una modificación en los números asignados a los puestos de determinadas personas por el siguiente motivo:
La persona que en el listado de ayer ocupaba el puesto 50419996 se encontraba jubilada y, por error, no lo habían detectado.
En consecuencia, se ha procedido a modificar los números asignados a los puestos, desplazándolos en una posición hacia arriba para todas las personas del listado a partir de ese puesto y hasta el puesto número 50420031. Así, R.F.D. pasa a ocupar el puesto 50419996 y P.G.A. el puesto 50420030.
Este ajuste afecta únicamente al número asignado al puesto, sin tener ninguna otra implicación.
Finalmente, este movimiento genera una vacante en el puesto nº 50420031, que es ocupada por la interina P.P.A., quien ya estaba ocupando una plaza vacante.
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RETIRADA DEL NUEVO LISTADO DEL PROCESO DE ACOPLAMIENTO DE OVIEDO




La Viceconsejería de Justicia nos informa de lo siguiente:

"Por un error en la publicación realizada hoy en el tablón electrónico con el listado de acoplamiento del personal del TI de Oviedo, se han incluido algunos números de DNI.
Ya hemos solicitado la retirada de la publicación a la mayor brevedad posible. No obstante, os pedimos que, en la medida de lo posible, la retiréis de vuestras páginas y evitéis su difusión.
En cuanto esté disponible la versión corregida, os lo comunicaremos.
Disculpad las molestias ocasionadas."





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NUEVO LISTADO DEFINITIVO DEL PROCESO DE ACOPLAMIENTO DEL PARTIDO JUDICIAL DE OVIEDO


14 abr 2026


 


La Viceconsejería de Justicia nos acaba de remitir el siguiente correo al efecto:

"Os enviamos un listado actualizado del acoplamiento de Oviedo.

Las variaciones con respecto al listado inicial son las siguientes: 

Se incluyen tres funcionarios interinos de sustitución que fueron nombrados en el día de ayer para la sustitución de bajas por enfermedad de los titulares.

Se incluye asimismo el nombre de un funcionario interino de sustitución que ya tenía nombramiento en vigor y que por error no se incluyó en el anterior listado.

Por último, en los días que han pasado desde la publicación del primer listado, hay personas que se han jubilado y también se indicar esta circunstancia.

Por último, hemos añadido una columna adicional en la que hacemos constar el órgano de origen de cada funcionario/a.

Mañana lo publicaremos en el tablón electrónico.".

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