Publicada la relación de puestos de trabajo de la Oficina Judicial de Segovia. CCOO recurrirá esta Resolución


26 may 2023


Publicado en el BOE de 26 de mayo de 2023

MINISTERIO DE JUSTICIA

Relaciones de puestos de trabajo

Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se determina la estructura y se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Oficina Judicial de Segovia

PDF (BOE-A-2023-12302 - 6 págs. - 361 KB)

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La resolución contiene, entre otras cuestiones, las siguientes:  

La Oficina Judicial de Segovia entrará en funcionamiento mediante resolución del órgano competente del Ministerio de Justicia y en la fecha que en la misma se establezca

Aprobar la relación de puestos de trabajo contenida en el anexo I y la tabla de códigos contenida en el anexo II

El personal del Servicio Común Procesal General realizará las tareas de asistencia al Juez/a Decano/a, al Secretario/a Coordinador/a Provincial y al Presidente/a de la Audiencia Provincial, a todos ellos en la forma que determinen los protocolos

A partir de la entrada en vigor de esta resolución se realizarán los procesos de acoplamiento previstos en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por el artículo 2 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

Se mantendrán las retribuciones complementarias fijas que los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial perciban en el momento de la implantación de la Oficina Judicial si con ocasión del proceso de acoplamiento no pudiesen ser confirmados en puestos de similares características y pasasen a desempeñar un puesto de trabajo genérico con retribuciones complementarias inferiores. El mantenimiento de estas retribuciones no podrá ser objeto de compensación ni absorción y se mantendrá mientras no se produzca un cambio de puesto de trabajo de forma voluntaria

CCOO, COMO YA HEMOS ANUNCIADO, PRESENTARÁ RECURSO CONTRA ESTA RESOLUCIÓN, PUES LA MISMA CONTRAVIENE Y VULNERA LOS ACUERDOS QUE SE SUSCRIBIERON CUANDO SE COMENZÓ A PONER EN MARCHA LA NUEVA OFICINA JUDICIAL, PORQUE, ENTRE OTRAS CUESTIONES QUE SE VULNERAN CON ESTA RESOLUCIÓN, ES EL DERECHO A LA PERCEPCIÓN DE LAS RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS, COMO LAS GUARDIAS, CUYO NÚMERO DE PERSONAS SE REDUCE DE FORMA IMPORTANTE Y NO SE GARANTIZA EL COBRO POR EL 100 % DE LAS PERSONAS QUE ACTUALMENTE PERCIBEN DICHAS RETRIBUCIONES, ES MUESTRA DE QUE EL MINISTERIO DE JUSTICIA PRETENDE AMORTIZAR PUESTOS DE TRABAJO Y REDUCIR LAS RETRIBUCIONES CON LA REFORMA DE LA LOPJ A TRAVÉS DE LA LEY ORGÁNICA DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA (LOEO)

ESTO DEMUESTRA DE FORMA CLARA QUE LAS MOVILIZACIONES CON LA HUELGA INDEFINIDA DEBEN CONTINUAR HASTA QUE LOGREMOS PARALIZAR LA REFORMA DE LA LOEO Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRAS FUNCIONES CON LAS RETRIBUCIONES CORRESPONDIENTES



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