Comienzan en el ámbito no transferido las negociaciones de las Relaciones de Puestos de Trabajo de las Oficinas de Justicia del Municipio (OJM) y de la primera fase de los Tribunales de Instancia


4 feb 2025


  • Los días 5 y 6 de febrero serán las primeras reuniones de la Mesa de Negociación que continuarán en las próximas semanas

  • Se van a negociar primero las RPTs de las OJMs, que sustituyen por la Ley de Eficiencia a los actuales juzgados de paz y agrupaciones, y las propuestas del Ministerio se limitan a un cambio de nombre sin modificación de plantillas ni retribuciones, salvo en lo relativo al complemento específico de los puestos de Gestión/Secretaría en las actuales Agrupaciones igualándose todas ellas a las de Gestión/Secretaría de los actuales Juzgados de Paz


Para las OJMs, la propuesta del Ministerio de Justicia confirma los peores augurios de la Ley de Eficiencia, amparados por el acuerdo firmado con Csif, Staj, Ugt y Cig:

  • No se contempla ninguna subida del Complemento General del Puesto que CCOO reclamábamos en la huelga de 2023 junto a esos sindicatos y que ahora seguimos reclamando en solitario

  • Se incrementan las funciones y el trabajo de las OJMs sin que este incremento conlleve más plantilla ni mejores retribuciones en el complemento específico

  • Todos los puestos de trabajo desempeñarán indistintamente tareas de su propia OJM y de la Oficina Judicial del Tribunal de Instancia de su partido judicial

Frente a esta propuesta del Ministerio de Justicia, CCOO vamos a exigir en la negociación:

  • Incrementos de plantilla en todas las OJMs, que se justifica en las nuevas funciones que se van a realizar en las mismas, contenidas en el art. 439 quáter de la LOPJ introducido por la Ley de Eficiencia y en el número de habitantes de localidades y agrupaciones de secretarías de juzgados de paz que en la actualidad están infradotadas

  • Una subida del Complemento General del Puesto o, en su defecto, una subida del complemento específico generalizada para todo el ámbito no transferido para eliminar los Grupos de Población y hasta alcanzar las cantidades que reclamábamos en la huelga de 2023: 

+ 400 euros mensuales para Gestión 

+ 375 euros mensuales para Tramitación 

+ 350 euros mensuales para Auxilio

  • Subidas del complemento específico para retribuir la responsabilidad de Jefatura que llevan aparejada los puestos de Gestión/Secretaría; para retribuir la penosidad que supone la práctica de actuaciones fuera de la sede judicial igual que se retribuye en los Servicios de Actos de Comunicación de las oficinas judiciales, y retribuir salidas a los Centros Penitenciarios ubicados en localidades con OJM igual que se retribuye en los actuales Juzgados de Vigilancia Penitenciaria u otros órganos de la NOJ

  • Eliminación de los puestos de trabajo con actividades compatibles para que solo se desempeñen tareas propias de la OJM y no de otras oficinas judiciales del Tribunal de Instancia

  • En todo caso no aceptamos que TODOS los puestos sean con actividades compatibles

  • La compatibilidad, además, no puede ser absoluta para que se asignen funciones de cualquier departamento de la Oficina Judicial sino que debe concretarse en cada puesto el servicio común, área o equipo para el que existe la compatibilidad. Esto es especialmente importante en los partidos judiciales con mayor número de jueces

  • Si finalmente hubiere puestos con actividades compatibles deben tener un complemento específico equiparable al de los servicios o equipos de apoyo de las oficinas de los Tribunales de Instancia
Pero antes de todo ello, CCOO vamos a exigir, en éstas y en todas las RPTs que se negocien, la valoración de todos y cada uno de los puestos de trabajo como se establece en la LOPJ y ha consagrado la doctrina del Tribunal Supremo: "para la fijación de la cuantía individualizada del complemento específico en una relación de puestos de trabajo de la Administración de Justicia debe procederse necesariamente a una valoración de las condiciones particulares de los puestos de trabajo previa o, al menos, paralela a la aprobación de dicha relación de puestos de trabajo, según establecen los arts. 516 y 519.3 LOPJ”

EN LA LEY DE EFICIENCIA EL MINISTERIO DE JUSTICIA HA VENDIDO LAS OFICINAS DE JUSTICIA DEL MUNICIPIO COMO UNO DE LOS GRANDES HITOS, JUNTO A LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA, DE SUS CAMBIOS ORGANIZATIVOS

ES RIDÍCULO QUE AHORA PRETENDA DESPACHARLO CON UN SIMPLE CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LOS JUZGADOS DE PAZ. ESO SÍ, A CAMBIO DE INCREMENTAR LAS FUNCIONES SIN INCREMENTAR LAS PLANTILLAS NI LAS RETRIBUCIONES, ES DECIR, A COSTA, COMO SIEMPRE, DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA



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