La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dado la razón a CCOO en la demanda que planteamos contra Hinojosa Packaging S.L. El tribunal declara que debe respetarse "el derecho de las personas trabajadoras en dicha empresa a disfrutar el permiso retribuido de cinco días por hospitalización de familiar o conviviente si tras el alta hospitalaria no se han agotado dichos cinco días y se ha prescrito reposo domiciliario".
De esta forma, la Audiencia Nacional estima la demanda presentada por el Sector de Papel, Gráficas y Fotografía de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO (FSC-CCOO) contra Hinojosa Packaging, mediante la sentencia dictada el pasado 6 de febrero.
La Sala de lo Social falla en contra de la interpretación restrictiva de este derecho que hace la empresa en sus distintos centros de trabajo y establece que no es correcto reconocer el permiso retribuido de cinco días únicamente hasta que se produzca el alta hospitalaria, ya que la persona convaleciente puede necesitar de cuidados domiciliarios que requieran la intervención del trabajador o trabajadora que haya solicitado este permiso.
Desde CCOO exigimos de manera inmediata el cumplimiento de esta sentencia y que las personas trabajadoras puedan disfrutar de este permiso retribuido según el redactado del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y de la interpretación hecha por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.