REUNIÓN CON LA VICECONSEJERA DE JUSTICIA


7 abr 2025


En el día de hoy, lunes 7 de abril, hemos mantenido una reunión con la Viceconsejera de Justicia, a la que han asistido también la Jefa del Servicio de Relaciones con la Administración de Justicia, el Jefe de Sección de Relaciones con la Administración de Justicia y la Adjunta a la Sección de Personal de Justicia, con el objeto de presentarnos la siguiente documentación:


Como una parte de esta documentación nos fue remitida ayer domingo por la tarde, la presente reunión informativa continuará el próximo miércoles, 9 de abril, a las 9:30 horas.


BOLSA DE PERSONAL INTERINO

En primer lugar, la Viceconsejera nos informa que ya ha mantenido una reunión con la Directora del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA) en la que le solicitó que a través de su canal interno se dirija a todas las oficinas para que no se produzcan las disfunciones que acontecieron en anteriores ocasiones y haya una unificación de criterios, con los mismos códigos de inscripción. La Viceconsejería dictará una instrucción al efecto y la convocatoria tendrá lugar después de Semana Santa.


CALENDARIO LABORAL

El borrador remitido recoge alguna de las alegaciones realizadas por la parte social:

- Inclusión de la regulación de necesidades del servicio, ya contemplada en el calendario laboral de 2015 todavía vigente

- Cuando los días 24 y 31 de diciembre coincidan en sábado o domingo, se compensarán con dos días de descanso, ya previsto en nuestra normativa aplicable

- El personal que preste servicios de guardia, dichos días 24 y 31, tendrá derecho a ser compensado con dos días adicionales de permiso por cada uno de los días indicados

- Un día de permiso por cada fiesta laboral de ámbito nacional o autonómico, de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las CCAA, que coincida en sábado (las fiesta locales ya se preveían en el primer borrador)

# Con lo cual este año 2025 dispondremos de dos días más de asuntos particulares (1 de noviembre fiesta de Todos los Santos y 6 de diciembre día de la Constitución Española).

Sin embargo, no han aceptado las siguientes propuestas:

- Recuperar la regulación establecida en su día (calendario 2010), en virtud de la cual no se considerará ausencia de puntualidad, hasta un máximo de 30 minutos diarios sobre la totalidad de la jornada en cómputo semanal, siempre que dicho periodo de tiempo no afecte al horario de obligada presencia

- Disfrute de los días de asuntos particulares hasta el 31 de marzo del año siguiente

- Concesión de un día en las guardias de disponibilidad cuando el personal funcionario tenga que acudir el fin de semana

Respecto a este último punto, el borrador de calendario recoge la última modificación realizada al respecto que está dando lugar a interpretaciones varias: "Asimismo, en cumplimiento del apartado 16.e) de la Resolución de 5 de diciembre de 1996, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios en el ámbito de la Administración de Justicia, al término del servicio de guardia ordinaria, los funcionarios y funcionarias que lo hubieren prestado, podrán dejar de asistir a la oficina en el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborables siguientes en los mismos supuestos reconocidos a los Letrados de la Administración de Justicia.".

La Viceconsejería publicará una instrucción aclaratoria.


RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO


Tal y como ya nos había manifestado en la reunión del pasado día 13 de marzo vuelve a señalarnos que se están basando en los Modelos de Referencia aprobados por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias transferidas:

MODELOS DE REFERENCIA DE OFICINAS JUDICIALES Y RPTs
Nos indica que la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia ya está aprobada, y que en base a la misma y a los citados modelos han elaborado la relación de puestos de trabajo presentada en esta reunión. A lo que este sindicato le pregunta a la Viceconsejera qué margen queda para la negociación de las RPTs.

De lo manifestado en el día de hoy por la Viceconsejera, así como por lo que está sucediendo en el resto de Comunidades Autónomas y en el ámbito no transferido parece que ese margen va a ser muy escaso o prácticamente nulo.

Recordemos en este punto lo acontecido en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia, donde sin comunicarlo a los sindicatos, cortó la negociación y publicó en el BOE la aprobación de las RPTs de la primera fase de implantación de los Tribunales de Instancia. Lo cual está siendo estudiado por los servicios jurídicos de CCOO para un posible recurso.

Las RPTs presentadas por la Viceconsejería de Justicia distan diametralmente de las propuestas planteadas por CCOO a este respecto.

- No se establecen áreas diferenciadas por cada jurisdicción 

- No hay equipos diferenciados de Violencia sobre la Mujer

- El posible equipo de ejecución en el partido judicial de Siero no va a constituir un centro de destino

- Escasa cuantía del complemento específico de los puestos singularizados

- Todos los puestos de trabajo de las Oficinas de Justicia en los municipios así como los de las Oficinas Generales de Registro Civil se establecen como compatibles con la Oficina Judicial

Así pues, no habrá dentro del Servicio Común de Tramitación la posibilidad de elegir un puesto de trabajo concreto ni unas tareas específicas, que se otorgarán por decisión del o la LAJ director/a del Servicio.

La Viceconsejera solo se ha comprometido a dar una vuelta a los equipos diferenciados de Violencia sobre la Mujer. De mano se niega a su establecimiento debido a la posibilidad de aprobación de una ley sobre la comarcalización de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y, por lo tanto, considera que ya no sería necesaria la implantación de dichos equipos.

También van a estudiar el retirar la calificación de compatibles de los puestos de trabajo del Registro Civil de Siero, tal y como se prevé en el Informe de diagnóstico y situación actual aportado por la propia Viceconsejería.

Para CCOO estas dos posibles modificaciones son totalmente insuficientes, hemos insistido en que haya más centros de destino, en el establecimiento de un equipo diferenciado de violencia sobre la mujer, y si bien nuestra posición inicial es que no haya puestos con actividades compatibles, lo que ya resulta muy alarmante es que todos los puestos de las Oficinas de Justicia en los municipios y de las Oficinas Generales del Registro Civil sean compatibles, cuando ni siquiera se conocen las cargas de trabajo de ambas oficinas, las del Registro Civil, en general, bastante saturadas y en cuanto a las oficinas que sustituyen a los actuales Juzgados de Paz, la nueva ley les cambia sus funciones por lo que no se puede determinar aún su posible carga de trabajo.

Así pues, no aceptamos que todos los puestos sean con actividades compatibles. A nuestro juicio, puede ser ilegal porque el art. 521.3.E. de la LOPJ (modificada por la ley de eficiencia) establece que “En las relaciones de puestos de trabajo de las Oficinas de Justicia en los municipios se identificarán aquellos puestos cuya actividad sea compatible con la de la Oficina judicial”, es decir, que si hay que identificar cuáles son compatibles es porque también habrá puestos que no sean compatibles. 

A mayor abundamiento los Modelos de Referencia disponen que “En las OJM podrán existir determinados puestos con funciones compatibles con la oficina judicial del partido judicial”; claramente se refiere a “determinados” puestos, es decir, algunos y no todos.

Por otro lado, la compatibilidad no puede ser absoluta para que se asigne cualquier función de cualquier departamento de la Oficina Judicial.




 








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