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NEGOCIACIÓN DEL CALENDARIO LABORAL DEL ÁMBITO NO TRANSFERIDO (INCLUIDO LAJ DE TODOS LOS ÁMBITOS TERRITORIALES)


23 jun 2026



CCOO tacha de “ridículo” al Ministerio de Justicia por insistir en aprobar, con un texto idéntico, dos órdenes diferenciadas de calendario laboral: una para LAJ y otra para el resto de cuerpos

  • El pasado viernes, 19 de junio, se celebró la Mesa de negociación

CCOO hemos vuelto a reclamar, entre otras propuestas, una sola orden para todos los cuerpos, la incorporación de más medidas de conciliación y permisos adicionales cuando los festivos coincidan en sábado

CCOO HEMOS VUELTO A EXIGIR EL RECONOCIMIENTO DE LA JORNADA SEMANAL DE 35 HORAS CON EFECTOS RETROACTIVOS DESDE EL 16 DE ABRIL EN QUE ENTRÓ EN VIGOR PARA LA AGE

La única novedad significativa que contemplan las propuestas del Ministerio de Justicia para el calendario laboral es la incorporación de la jornada semanal de 35 horas que ya venía determinada por el Acuerdo conseguido por CCOO y que el ministerio sigue negándose a reconocer (sin esperar a la publicación de las órdenes de jornada y de calendario) a pesar de que en la Administración General del Estado ya está en vigor y de que LOPJ determina claramente que la jornada semanal y anual en Justicia es la misma que la de la AGE.

 

CCOO HEMOS EXIGIDO MÁS MEDIDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL

Hemos reclamado: 

1.- La ampliación de la jornada reducida de verano desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre para el personal con menores de 12 años o personas dependientes a su cargo.

2.- Una bolsa de horas de hasta un 5 % de la jornada anual para los cuidados de hijos menores de edad o personas a cargo con discapacidad.

  •  (La dos anteriores propuestas han sido aceptadas por el ministerio al estar ya contempladas para la AGE)

3.- Que las horas de trabajo no realizadas acogiéndose a las medidas de conciliación puedan acumularse en días de libranza completos.

 

HORARIO. CCOO HEMOS PROPUESTO:

1.- Que la parte fija del horario sea de 5 horas (5 horas y media en las jornada ampliada de 37,5 horas semanales), con flexibilidad de 30 minutos al comienzo y al final de la misma (5 horas o 5 y media entre las 8,30 y las 14,30 horas); todo ello manteniéndose la parte flexible del horario desde las desde las siete treinta de lunes a viernes y hasta las dieciocho de lunes a jueves así como hasta las quince treinta los viernes) .

2.- Que solo sea obligatoria la jornada ampliada de 37,5 horas en aquéllos puestos que así lo tengan contemplado en la RPT o a quienes se haya otorgado una prolongación de jornada voluntaria y retribuida.

3.- Que solo sea obligatoria para los puestos de trabajo que así lo tengan contemplado en la RPT la realización de horarios especiales o turnos para la atención de la oficina fuera de la parte fija del horario (por ejemplo, hasta las 15 horas para la recepción de escritos o en Registro Civil Central).

4.- Que los excesos o defectos en el cumplimiento del horario semanal puedan ser recuperados en las cuatro semanas siguientes o, en el caso de exceso horario por actuaciones inaplazables o guardias, acumulados en días de permiso completos.

5.- Que todas las horas de trabajo efectivo en las guardias sean computadas como parte de la jornada laboral.

6.- Que se compute como tiempo de trabajo efectivo los retrasos o ausencias provocados por fenómenos meteorológicos extremos o catástrofes naturales.

7.- Que con carácter previo al descuento de haberes derivado de incumplimientos del horario se notifique dicha circunstancia a la persona afectada. Se abrirá así un procedimiento administrativo y no se efectuará el descuento de haberes hasta que este procedimiento finalice.

8.-Que se establezca un sistema de acceso de cada persona al estado actualizado del cumplimiento de su jornada laboral.

 

VACACIONES Y PERMISOS. CCOO HEMOS PROPUESTO:

1.- Que para un mismo periodo las vacaciones solo puedan ser denegadas una sola vez por necesidades del servicio.

2.- Que las vacaciones y permisos puedan disfrutarse hasta el 31 de marzo del año siguiente.

3.- Que, en caso de incapacidad temporal, los días de permiso por asuntos particulares de cada año puedan disfrutarse en los 18 meses siguientes, como ocurre con las vacaciones.

4.- Se incrementen los permisos por asuntos particulares en tanto días como festivos nacionales, autonómicos o locales coincidan en sábado, además de cuando coincidan en sábado el 24 y el 31 de diciembre.

5.- El personal que trabaje en las guardias en sábados, domingos, festivos, 24 ó 31 de diciembre, tendrá un día de permiso adicional añadido por cada uno de esos días trabajados.

 

JORNADAS REDUCIDAS DE VERANO Y FIESTAS LOCALES. 

Además de la extensión de la jornada reducida de verano desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre solo para medidas de conciliación (el ministerio no lo ha aceptado con carácter general como habíamos solicitado en la negociación de la jornada), CCOO hemos propuesto:

1.- Implantar la jornada reducida (como la de fiestas locales) en Semana Santa y Navidad.

2.- Que los días de jornada reducida por fiestas locales puedan ser disfrutados en fechas distantes en caso de vacaciones, permisos (salvo los de asuntos particulares) que coincidan con esos días de fiestas locales.

  

QUEDAMOS A LA ESPERA DE CONTESTACIÓN DEL MINISTERIO A TODAS ESTAS PROPUESTAS

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Hoja informativa sobre reunión de la Mesa Sectorial (estatal): jornada de 35 horas y otras cuestiones


22 may 2026



HOJA INFORMATIVA MESA SECTORIAL: JORNADA DE 35 HORAS Y OTRAS CUESTIONES(*)

(*)Información sobre procesos selectivos, refuerzos en el INTCF, permisos y funciones al final de esta nota


  • CCOO hemos vuelto a exigir que ya, sin más dilaciones y con independencia de cuándo se publiquen las Órdenes, el Ministerio reconozca públicamente la jornada laboral de 35 horas semanales para todos los ámbitos territoriales
  • Asimismo insistimos en que la regulación de la jornada de LAJ y el resto de cuerpos generales y especiales debe ser única e ir recogida en la misma norma, y que esta negociación no se limite a las 35 horas semanales sino que incorpore otras medidas ya recogidas en la regulación de Función Pública
Se ha celebrado una nueva reunión de la Mesa Sectorial para la adaptación a Justicia del Acuerdo de la Mesa General de Administraciones Públicas conseguido por CCOO y Ugt para la reducción de la jornada laboral a 35 horas semanales

Tras las dos reuniones anteriores, el Ministerio de Justicia sí ha recogido algunas de las propuestas y alegaciones formuladas por CCOO, como son:
  • Jornada anual de 1512 horas, y no de 1547 horas como proponía inicialmente el Ministerio y eliminar el carácter de mínimo de esas 1512 horas
  • Jornada general de 35 horas semanales (ellos establecían 35’5 horas) y jornada en régimen de dedicación especial -previa negociación- de 37’5 horas
  • Jornada reducida de 5 horas de lunes a viernes con percepción del 80% de las retribuciones (no el 75% que proponían)
No obstante, siguen siendo muchas las alegaciones formuladas por CCOO que el Ministerio no recoge en las órdenes de jornada, y sobre las que hemos vuelto a insistir, a saber:
  • Que haya una sola Resolución para todos los cuerpos. El hecho de dedicar una normativa aparte al cuerpo de LAJ no es más que un absurdo reflejo del clasismo que caracteriza a este Ministerio supuestamente progresista
  • Que las horas de reducción de jornada por festividades tradicionales puedan ser utilizadas en días diferentes en los casos de vacaciones, permisos o licencias durante esos días, y siempre a elección de la persona trabajadora
  • Que cada año se añadan tantos días de permiso adicionales como días festivos nacionales, autonómicos o locales coincidan en sábado, domingo o día no laborable. Cada vez es más numerosa la jurisprudencia de lo social en este sentido
  • Que por cada día de guardia coincidente con un día festivo, o con el 24 ó 31 de diciembre, se disponga de un día más de permiso: todas las personas trabajadoras tenemos derecho a disfrutar del mismo número de días festivos
  • Que todas las horas de trabajo efectivo en las guardias sean computadas como tiempo de trabajo efectivo y los excesos sobre el cómputo mensual se compensen en el mes siguiente con cargo a la parte flexible del horario y, de no ser posible, en días completos de libranza
  • Que la jornada reducida de cinco horas diarias pueda acumularse y disfrutarse en días completos (esto equivaldría a un día a la semana)
  • Que la jornada reducida de verano sea de 30 horas semanales desde el 16 de junio hasta el 15 de septiembre o, alternativamente, de 32,5 horas semanales desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre. En cualquier caso, esta jornada reducida de verano se extenderá desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre para quien tenga menores de 12 años o personas dependientes a su cargo, como está establecido para el personal de la AGE
    • Que se incorporen a esta Orden TODAS las medidas de conciliación establecidas por Función Pública para el personal de la AGE y que proponemos que puedan ser utilizadas en horas o en días completos. El Ministerio asegura que todas las cuestiones de conciliación que vienen recogidas en la resolución de la AGE se trasladarán al calendario laboral; no obstante CCOO insistimos que se recoja en la Orden para garantizar su aplicación en todo el territorio, transferido y no transferido. Estas cuestiones de conciliación son:
    • Flexibilidad en una hora en el horario fijo cuando existan menores de 13 años o personas dependientes a cargo
    • Flexibilidad en dos horas en el horario fijo para la atención a familiares de primer grado a cargo con discapacidad
    • Modificación del horario fijo hasta en dos horas por motivos de conciliación y para familias monoparentales
    • Derecho a ausentarse del trabajo para someterse a técnicas de fecundación o reproducción asistida
    • Derecho a ausentarse del trabajo para acompañar a hijos o hijas con discapacidad a reuniones del centro donde reciban atención, tratamiento o acompañamiento para recibir apoyo adicional en el ámbito sanitario o social
    • Reincorporación al servicio efectivo a la finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia u otros de especial gravedad, con una adaptación progresiva de la jornada de trabajo, que podrá extenderse hasta un mes (ampliable a un mes más) desde el alta médica y podrá afectar hasta un 25 % de la duración de la jornada diaria, considerándose como tiempo de trabajo efectivo
    • Bolsa de horas de hasta un 5 % de la jornada anual para cuidado de hijos o hijas menores de edad y menores sujetos a tutela o acogimiento; y para la atención de personas mayores y personas con discapacidad hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, horas que deben ser recuperadas
    • Que el tiempo destinado a la realización de cursos de formación dirigidos a la capacitación profesional o a la adaptación a las exigencias de los puestos de trabajo sea considerado tiempo de trabajo a todos los efectos

    OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS


    RESOLUCIÓN DE LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN POR CONCURSO



    AUXILIO JUDICIAL: Según el Ministerio se publicará inmediatamente la oferta de plazas de Auxilio (estabilización por concurso de méritos) del ámbito no transferido y se resolverá todo, con publicación en el BOE de los destinos, el próximo día 4 de junio. En el caso de que no esté resuelta la adjudicación de destinos del ámbito no transferido no se ha aclarado si se publicarán en esa fecha el resto de territorios

    GESTIÓN P.A: Se publicarán los destinos en el BOE el 8 de junio

    CONCURSO-OPOSICIÓN DE ESTABILIZACIÓN


    Prevén la publicación de la oferta de plazas de todos los cuerpos en el BOE el próximo 5 de junio

    La oferta de plazas será de un número igual al de personas aprobadas y CCOO hemos denunciado que la selección de plazas ofertadas se vaya a hacer de forma arbitraria (el Ministerio ha descartado, en concreto, que en su ámbito todas las plazas vayan a ser de Baleares ante las protestas de CCOO)


    Estabilización extraordinaria para personas con discapacidad


    Ya se ha publicado la resolución del cuerpo de Auxilio Judicial. En cuanto a los cuerpos de Tramitación y de Gestión dicen que, ahora sí, es ya inmediata

    Convocatoria del proceso selectivo para puestos singularizados por razón del conocimiento del euskera


    La primera semana de junio se convocará la Mesa Sectorial para su negociación


    Personal de refuerzo en el INTyCF convertido en plantilla


    CCOO hemos denunciado que, en contra de lo que aseguraron la pasada semana, les está llegando el cese a personas que ocupaban estas plazas de refuerzo ahora convertidas en plantilla y que ni siquiera han cumplido los tres años. Dicen que comprobaran el escrito de denuncia que les presentamos ayer y que nos contestarán

    La decisión final del Ministerio es:
    • Cesar al personal interino que alcance los tres años de antigüedad
    • Cesar a quien no lleve tres años y nombrarlo nuevamente sin solución de continuidad para plaza vacante en las plazas que eran de refuerzo y pasan a incrementar la RPT. En este caso, el tiempo de personal interino de refuerzo se tendrá en cuenta para el cese cuando se alcance los tres años de antigüedad


    Exigencia de buscar la persona que sustituye en los permisos y vacaciones en algunos centros de trabajo


    El Ministerio admite la propuesta de CCOO y va a remitir por escrito instrucciones para que se deje de producir este hecho


    Tareas y guardias que, de forma obligatoria, se están encomendando a personal que no tenía que hacerlas antes del acoplamiento


    Se acepta la propuesta de CCOO y también se van a remitir por escrito instrucciones para el cumplimiento de la Disposición Transitoria Primera del Reglamento Orgánico que excluye la posibilidad de encomendar estas tareas, salvo con voluntariedad

    En cuanto al resto de procesos y cuestiones que no explicitamos, es simplemente porque no hay nueva información y/o respuesta por parte de la Administración
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Convalidación del Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado


11 sept 2025



En el BOE de hoy, 11 de septiembre, se ha publicado:

CORTES GENERALES

Conciliación de la vida familiar y de la vida profesional

Resolución de 9 de septiembre de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo

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Real Decreto-Ley de mejoras en la conciliación


30 jul 2025


CCOO valora el RD Ley de mejoras en la conciliación de la vida familiar y la vida profesional publicado hoy en el BOE como un avance en derechos y en el cumplimiento de la Directiva europea, pero denunciamos que son insuficientes para alcanzar el objetivo de una corresponsabilidad efectiva

  • Estas medidas llegan tarde y por imposición de la UE, y aunque positivas son insuficientes

  • Seguimos exigiendo la remuneración inmediata y completa de las 8 semanas del permiso parental aprobado por el RD Ley 5/2023 en transposición de la Directiva europea 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019

El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, publicado en el BOE de hoy, introduce importantes novedades en los permisos de maternidad, paternidad y cuidado de menores en España; novedades que son de aplicación directa para el personal al servicio de la Administración de Justicia por cuanto se modifican las letras a), b), c) y g) del artículo 49 del TREBEP

Las principales novedades que recoge son:

Permiso por nacimiento y cuidado del menor

Duración: Se amplía de 16 a 17 semanas por progenitor

Retribución: 100% del salario
Entrada en vigor: Inmediata, para nacimientos a partir del 31 de julio de 2025
Condición: La semana adicional debe disfrutarse antes de que el menor cumpla 12 meses

Permiso parental retribuido
Duración: 2 semanas retribuidas al 100%, dentro del permiso parental de 8 semanas
Retroactividad: Aplicable a nacimientos desde el 2 de agosto de 2024
Condición: Puede disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años

Permiso para familias monoparentales
Duración: 32 semanas en total
Distribución: 4 de esas semanas pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años
Justificación: Se reconoce que una sola persona asume ambos roles parentales

Estas medidas completan la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, que busca mejorar la conciliación de la vida familiar y profesional

No obstante, no modifica la regulación del permiso parental del artículo 49. g) del TREBEP, que sigue configurado como un permiso de carácter no retribuido, sino que opta por ampliar a 19 semanas el permiso por nacimiento. De estas semanas, hay 2 que se podrán disfrutar en un momento no inmediatamente posterior al nacimiento, y siempre antes de que el menor cumpla 8 años

CCOO reconocemos que el paso dado hoy supone un avance en el reconocimiento de derechos a las personas trabajadoras pero nos preocupa que se mantengan semanas de permiso sin retribuir, pues ello es contrario a la corresponsabilidad que predica el propio preámbulo de la norma: está sobradamente demostrado que los permisos sin remunerar acaban perjudicando a las mujeres

Ahora bien, valoramos como muy positivo el reconocimiento de derechos a las familias monoparentales, compuestas principalmente por mujeres, en línea con lo que estipula la jurisprudencia del Tribunal Constitucional

En cuanto a los permisos por nacimiento, su ampliación va en la dirección correcta, aunque recordamos que el pacto de gobierno incluía el compromiso de llegar hasta el reconocimiento de las 20 semanas de permiso

Por último, es importante destacar lo recogido en la Disposición transitoria única -Aplicación a hechos causantes anteriores a la entrada en vigor-. Según esta disposición, la regulación introducida respecto de la adición de las dos semanas (cuatro en el caso de monoparentalidad) del permiso por nacimiento y cuidado de menor que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla los ocho años de edad, será de aplicación a los hechos causantes producidos a partir del 2 de agosto de 2024, si bien su disfrute y la prestación económica correspondiente sólo podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026

Desde CCOO ya nos hemos dirigido a la Administración para exigirles que introduzcan en el aplicativo informático todas estas mejoras y que, en cualquier caso, puesto que la norma hoy publicada entra en vigor mañana mismo, que por parte de la Administración se informe a las Gerencias Territoriales de la obligación de conceder todos estos permisos aunque no sea posible su solicitud a través de la aplicación informática
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Publicado en el BOE el Real Decreto-Ley de mejoras en la conciliación de la vida familiar y la vida profesional




En el 
BOE de hoy, 30 de julio, se ha publicado:

JEFATURA DEL ESTADO

Conciliación de la vida familiar y de la vida profesional

Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo


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Mejoras, todavía insuficientes, para garantizar la conciliación


29 jul 2025



CCOO reclama la completa retribución de los permisos de cuidados

Las medidas anunciadas por el Gobierno suponen un avance en derechos y en el cumplimiento de la directiva europea, pero siguen siendo insuficientes para alcanzar el objetivo de una corresponsabilidad efectiva

Las medidas anunciadas hoy en el Consejo de Ministros para mejorar los permisos retribuidos suponen un avance en derechos y en el cumplimiento de la directiva europea, pero siguen siendo insuficientes para alcanzar el objetivo de una corresponsabilidad efectiva. CCOO viene exigiendo la remuneración inmediata y completa de las ocho semanas del permiso parental desde la aprobación del Real Decreto-Ley 5/2023 que trasponía la Directiva Europea 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional

Finalmente, el proyecto al que hemos tenido acceso no modifica la regulación del permiso parental del art. 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, sino que opta por ampliar a 19 semanas el permiso por nacimiento. Dos de estas semanas se podrán disfrutar en un momento no inmediatamente posterior al nacimiento, y siempre antes de los ocho años de edad del hijo/a

El paso dado hoy supone un innegable avance en el reconocimiento de derechos de las personas trabajadoras. No obstante, preocupa que se mantengan semanas de permiso sin retribuir, lo que sería contrario a la corresponsabilidad. Está demostrado que los permisos sin remunerar terminan perjudicando a las mujeres. "Las semanas del permiso parental tienen que retribuirse en su totalidad. No se trata de evitar la multa de Europa buscando atajos y mezclando otros conceptos como la lactancia o el permiso por nacimiento, sino de reconocer derechos y tiempo a las familias y al conjunto de las personas trabajadoras", señala Carolina Vidal. En este sentido, la secretaria confederal de Mujeres e Igualdad de Comisiones Obreras destaca que “tenemos que felicitarnos porque se estén escuchando nuestras reclamaciones y estemos avanzando, pero aún queda camino por recorrer”

CCOO valora también el reconocimiento de derechos a las familias monoparentales, principalmente compuestas por mujeres, en la línea de lo estipulado en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional

A la espera del análisis detallado de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, CCOO demanda Diálogo Social para asegurar que se cumplen todas las garantías y se atiende al conjunto de las personas trabajadoras, tanto del sector público como del privado, y, en concreto, reclama la negociación del reglamento que regule el disfrute de este permiso a tiempo parcial, que es otro de los desarrollos pendientes

En cuanto a los permisos por nacimiento, su ampliación va en la buena dirección, si bien el sindicato recuerda que el pacto de Gobierno incluía el compromiso de llegar hasta el reconocimiento de las 20 semanas de permiso. Asimismo, CCOO recuerda que ya incluía la demanda del reconocimiento de las 20 semanas de permiso de nacimiento en su propuesta de “100 medidas para un Pacto integral y Estatal por los Cuidados
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Información de CCOO sobre los permisos por deber inexcusable para el cuidado de menores y mayores dependientes a partir del 22 de junio


20 jun 2020



INFORMACIÓN DE CCOO SOBRE LOS PERMISOS POR DEBER INEXCUSABLE PARA EL CUIDADO DE MENORES Y MAYORES DEPENDIENTES

CCOO RECOMIENDA QUE SE SOLICITE DICHO PERMISO NUEVAMENTE SIEMPRE QUE SE APORTE LA DOCUMENTACIÓN QUE JUSTIFIQUE PLENAMENTE SU NECESIDAD

La Orden JUS/504/2020, de 5 de junio, por la que se activa la Fase 3 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19 dispuso que los permisos por deber inexcusable para el cuidado de menores y mayores finalizarán el 21 de junio a pesar de la firme oposición de CCOO.

Para CCOO, esta disposición es de dudosa legalidad toda vez que el art. 503 de la LOPJ establece que “por causas justificadas, los funcionarios tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración General del Estado” y no hay ninguna resolución de Función Pública que haya derogado expresamente este permiso por lo que entendemos que es de plena aplicación también después del 21 de junio.

Por otro lado, el art. 47 j del Estatuto Básico del Empleado Público mantiene su vigencia y establece que los funcionarios públicos tendrán permiso “por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral”.

Entendemos que los compañeros y las compañeras que no tengan la posibilidad de dejar a sus hijos/as menores de 14 debidamente acompañados por motivo del cierre de centros y actividades derivado de la pandemia no pueden estar en la obligación, de facto, a abandonarlos lo que especialmente afecta a las familias monoparentales. Cuidar de los y las menores o mayores dependientes, es, sin duda, un deber inexcusable de carácter personal y como tal debe ser considerado concediendo el permiso en los casos justificados.

CCOO considera que la Administración tiene obligación de mantener estos permisos en los casos en que la persona trabajadora justifique plenamente esa necesidad. Permiso compatible con la solicitud y concesión del teletrabajo.

Así lo hemos solicitado al Ministerio de Justicia que, por ahora, no nos ha remitido ninguna contestación.

POR TODO ELLO RECOMENDAMOS AL PERSONAL QUE SOLICITE DE INMEDIATO LA CONCESIÓN DE ESTE PERMISO RETRIBUIDO (O SU PRÓRROGA), CON JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL QUE ACREDITE DE FORMA FEHACIENTE LA NECESIDAD DE ESTE PERMISO PARA LA ATENCIÓN A SUS MENORES O MAYORES DEPENDIENTES Y QUE NO DISPONE DE NINGÚN OTRO MEDIO PARA ESTA ATENCIÓN.

CCOO asesoraremos y apoyaremos a quién se le deniegue el permiso existiendo causas plenamente justificadas para su concesión.


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COVID-19: El Ministerio de Justicia se aviene a negociar tras las presiones de CCOO


4 may 2020


  • Nueva reunión por videoconferencia del Ministerio de Justicia con los sindicatos sobre las nuevas medidas en relación con el COVID-19

EL MINISTERIO DE JUSTICIA  ACEPTA POR FIN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA QUE CCOO VENIMOS EXIGIENDO DESDE EL INICIO DE LA CRISIS SANITARIA Y OFRECE A LOS SINDICATOS LA POSIBILIDAD DE UN ACUERDO SOBRE LA JORNADA EN TURNOS DE MAÑANA Y TARDE (QUE INCLUIRÁ LO RELATIVO A LA MOVILIDAD A OTRO CENTRO DE TRABAJO), EL NUEVO PROTOCOLO DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y LA FASE 1 DE LA DESESCALADA QUE SE HARÁ CON UNA PRESENCIALIDAD APROXIMADA DEL 33% DE LAS PLANTILLAS

CCOO ha vuelto a reiterar que tanto la jornada de tarde como la movilidad a otro centro deberá ser inexcusablemente voluntaria

Hemos sido convocados a una nueva reunión para el miércoles, día 6 de Mayo, a la que CCOO asistiremos con la máxima voluntad de alcanzar acuerdos siempre y cuando se garantice la salud del personal (con medidas preventivas suficientes y obligatorias) y se respeten escrupulosamente las condiciones laborales

Tras este compromiso de negociación del Ministerio de Justicia y todos los sindicatos mayoritarios, la reunión se ha circunscrito a las propuestas sobre la jornada en turnos de mañana y tarde, con el siguiente resultado:

El ministerio sigue sin aceptar, por ahora, que la jornada de tarde solo se lleve a efecto de forma voluntaria, lo que CCOO vamos a seguir exigiendo, entendiendo el ministerio que van a ser muy pocos los casos en que haya que recurrir a la obligatoriedad porque confían en la responsabilidad del personal a través de la “autoorganización” en cada centro de trabajo.

Se acepta la propuesta de CCOO de que la jornada de tarde sea más reducida que la de mañana. Sin quedar definitivamente fijado, el turno de mañana podría ser de 6,5 horas y el de tarde de 4,5 horas aproximadamente.

Se acepta en parte la propuesta de CCOO de que por las tardes se trabaje “a puerta cerrada” sin atención al público, pero no aceptan que no haya vistas ni comparecencias por las tardes alegando que eso es decisión de cada Juez o Jueza.

  • Hemos exigido que el turno de mañana o de tarde del personal del cuerpo de Auxilio Judicial no esté supeditado en cada momento a los señalamientos que exijan su presencia, sino que estos señalamientos deben adaptarse y efectuarse durante el turno de mañana o tarde que previamente haya sido asignado al funcionario o a la funcionaria de Auxilio, propuesta a la que también estamos a la espera de contestación.

Aceptan la propuesta de CCOO de que, en el caso de que haya más personal voluntario que el necesario, tengan preferencia en primer lugar para elegir turno quienes tengan menores o mayores a su cargo y seguidamente el personal con más antigüedad en su destino actual.

También han aceptado nuestra propuesta de que el personal de permiso por deber inexcusable para cuidado de menores o mayores pueda reincorporarse al trabajo voluntariamente solo para uno de los turnos de mañana o de tarde.

Se acepta parcialmente la propuesta de CCOO de que no sea obligatorio establecer jornada de tarde donde no sea necesario porque el espacio físico sea suficiente para mantener la distancia de seguridad de dos metros solo en jornada de mañana. No obstante, rechazan, por ahora, nuestra propuesta de que también en este caso pueda el personal acogerse voluntariamente a la jornada de tarde. A preguntas de CCOO nos informan que serán las CCAA transferidas y el ministerio en su ámbito quienes determinen los centros de trabajo en que será obligatoria la jornada de tarde para lo que hemos vuelto a reclamar que se efectúe mediante informe de los Servicios de Prevención y con la intervención, información y participación de los/as delegados de prevención.

También incorporarán nuestra propuesta de posibilidad de renuncia al turno de tarde por causas justificadas y a recoger permisos específicos para la asistencia a actividades formativas en la jornada de tarde que estuvieran previamente contratadas.

El horario de prestación de los turnos de mañana y tarde no está aun concretado. CCOO hemos efectuado en ese sentido la siguiente propuesta a las que esperamos contestación en la próxima reunión:

  • Que el horario se establezca mediante la negociación colectiva en cada CCAA con competencias y en el ámbito no transferido.
  • Que se garantice, con tiempo necesario entre la salida de un turno y la entrada del siguiente, la ventilación, limpieza y desinfección entre cada turno (entre el turno de mañana y el turno de tarde de un mismo día y entre el turno de tarde y el turno de mañana del día siguiente), incluida la de pomos y tiradores, barandillas, pulsadores, aseos y elementos de uso común (fotocopiadoras, escáner, sistemas de videoconferencia, etc.). Su no realización supondrá la paralización temporal de la actividad del siguiente turno hasta que se corrijan las deficiencias.
  • Que además del tiempo necesario para la limpieza y desinfección entre turno y turno y para evitar acumulaciones en las puertas de acceso, la hora de entrada y salida tendrá una flexibilidad de, al menos, media hora.
  • Que, en la medida de lo posible, las personas integrantes del turno de tarde serán siempre las mismas evitando rotaciones que puedan generar más riesgo de contagio por contacto con personas distintas.

Para la conciliación de la vida personal y laboral, CCOO hemos efectuado las siguientes propuestas a las que también esperamos contestación en la reunión del miércoles:

  • La realización de la jornada de tarde será comunicada al personal afectado al menos con una semana de antelación.
  • Quien tenga descendientes menores de 14 años o personas dependientes a su cargo no estará incluido en los turnos de tarde salvo que lo solicite voluntariamente, independientemente de la situación de su pareja o de la otra persona progenitora o cuidadora.


MOVILIDAD

En otro orden de cosas, el ministerio se negaba en un principio a tratar el tema de la movilidad de uno a otro centro de trabajo, aspecto que finalmente, y ante la insistencia de CCOO, va a ser también incluido en estas negociaciones.
El ministerio ha informado que solo se pondrá en marcha este mecanismo cuando por motivo de los permisos para cuidado de menores y mayores o por formar parte de colectivos vulnerables no haya suficiente plantilla en un órgano para atender la presencialidad exigida en cada momento. Solo en ese caso procedería el cambio de centro de personal que estuviese en otro órgano en situación de disponibilidad.

Seguiremos insistiendo en que este cambio de centro tenga que ser siempre voluntario.


TELETRABAJO

Informa el ministerio que las personas que estén teletrabajando también quedarán incorporadas a los turnos presenciales de mañana o tarde y podrán seguir trabajando voluntariamente desde su domicilio en los días en que estén en situación de disponibilidad. En sucesivas reuniones seguiremos también negociando el futuro del teletrabajo en la Administración de Justicia.
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Reunión entre el Ministerio de Justicia y los sindicatos por la situación sanitaria actual: CCOO demanda medidas preventivas y derechos para quienes deban atender hijos menores o personas mayores a su cargo


10 mar 2020


  • Para todos los ámbitos no transferidos en los que se hayan adoptado el cierre de colegios y de centros de mayores, como la Comunidad de Madrid (órganos centrales incluidos), Vitoria o La Rioja (Letrados), son de aplicación directa. En el resto de localidades no transferidas, se aplicarán todas en la medida en que sus condiciones sanitarias sean análogas.

EL MINISTERIO DE JUSTICIA ACEPTA PUBLICAR UNA RESOLUCIÓN EN LA QUE SE INCLUYA EL PERMISO DE NO ASISTENCIA AL PUESTO DE TRABAJO RETRIBUIDO PARA LOS PADRES Y MADRES PARA EL CUIDADO DE HIJOS MENORES O PARA LAS PERSONAS CON MAYORES DEPENDIENTES A SU CARGO

Coordinará su resolución con la que aprueba la Comunidad de Madrid, y con la decisión de la comisión permanente del CGPJ que adoptará en el día de mañana, por eso la resolución no se publicará hasta mañana, 11 de marzo

En la reunión con el Ministerio de Justicia, que se ha celebrado esta noche, iniciándose pasadas las 20 horas, y que ha finalizado al filo de las 21:30, CCOO ha reclamado al Ministerio de Justicia, como hemos venido informando:

  • Todas las personas trabajadoras de la Administración de Justicia que tengan que cuidar a sus hijos menores o a personas mayores dependientes, tendrán derecho a un permiso retribuido que durará todo el tiempo, mientras los colegios y centros de mayores sigan cerrados.

    CCOO ha reclamado que valga una declaración jurada para la justificación del permiso.

  • Al ser prácticamente imposible el teletrabajo en nuestra Administración, como medida preventiva, CCOO ha trasladado la necesidad de establecer turnos rotatorios en los órganos judiciales y fiscales de forma que el número de personas que acudan a sus centros de trabajo sea el menor posible.
  • Es imprescindible que se acuerde por el CGPJ y Ministerio de Justicia la supresión temporal de acceso a las unidades judiciales del público mientras dure la urgencia sanitaria, como medida preventiva adicional. Y de manera inmediata los servicios de atención al ciudadano, incluidos los registros.
  • Se deberá poner a disposición de los trabajadores/as los guantes, gel y mascarillas para los casos en que su utilización sea necesaria, sin discriminación alguna entre categorías y cuerpos. 
  • La resolución del Ministerio de Justicia deberá contener la garantía de que todas las personas que hacen guardias, o cualquier actuación que contiene retribución adicional, si debe permanecer en casa, seguirán percibiendo la integridad de las retribuciones.
  • La resolución deberá aplicarse a todo el personal funcionario de los cuerpos generales y especiales, personal laboral de la Administración de Justicia no transferida y Letrados, en todos los casos en que tengan condiciones análogas de cierre de colegios y centros de mayores, dictados por las autoridades sanitarias correspondientes. 

El Secretario General, en representación del Ministerio de Justicia (asistieron también la Directora General del Servicio Público de Justicia y los subdirectores de Medios Personales y de Modernización) ha contestado que adaptará la resolución dictada por la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública a la Administración de Justicia.

Tendrá en cuenta nuestras propuestas, si bien, no ha afirmado cuáles de las demandas de CCOO se aceptarán, pues asegura deben tomarlas en coordinación con las Comunidades Autónomas (Madrid para todo el personal de los órganos centrales, Rioja y Vitoria para los Letrados, pues estas CCAA están transferidas para el resto del personal) y con el CGPJ (que es el competente de tomar las medidas de paralización temporal de la actividad judicial), pero adelanta que las medidas de permiso para las personas que deban quedarse en casa para el cuidado de menores o mayores se podrán tomar desde mañana aunque aún no haya sido dictada la resolución. Los que tomen ya el permiso mañana mismo, deberán comunicarlo y seguir el procedimiento que se dicte a partir del día 12 de marzo.

CCOO ha insistido en que, dada la situación sanitaria, es importante adoptar medidas preventivas como las expuestas anteriormente y que ya hemos acordado en el comité de seguridad y salud de los órganos centrales, muchas de ellas a propuesta de CCOO.


EN RELACIÓN A LOS PROCESOS SELECTIVOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

El Ministerio de Justicia en la reunión de esta noche ha informado que en relación a los procesos selectivos de la Administración de Justicia se están tomando las decisiones caso a caso y siguiendo los criterios aplicados hoy por Consejo de Ministros y que el Ministerio de Sanidad está implementando en todos los ámbitos:

"En las zonas de transmisión significativa - Madrid, La Rioja, Vitoria y Labastida -, han quedado suspendidas, además, las actividades colectivas en espacios cerrados con un aforo superior a mil personas. En caso de que estas actividades tengan lugar en espacios con un aforo menor, podrán celebrarse únicamente con una ocupación máxima de un tercio".

ENLACE CONSEJO DE MINISTROS 10.03.2020

Por todo ello, se ha suspendido el tercer ejercicio de Tramitación Procesal y Administrativa, previsto para el sábado 14 de marzo de 2020, al suponer una concentración de personas superiores a 2000 aspirantes entre los distintos ámbitos que se examinan en Comunidad de Madrid.

En relación a otros procesos selectivos de la Administración de Justicia que, igualmente se están celebrando actualmente, en concreto nos referimos a los procesos selectivos de Letrados de la Administración de Justicia y Médicos Forenses, CCOO ha planteado dicha cuestión al Ministerio de Justicia que ha informado que, igualmente, se están siguiendo los criterios aplicados por el Ministerio de Sanidad y que al tratarse en ambos casos de exámenes orales y en el que cada día se hace el llamamiento de aspirantes no muy numeroso, ambos procesos selectivos se seguirán desarrollando tal y como ahora ya que cuenta con el visto bueno del Ministerio de Sanidad.

En relación al proceso selectivo de Auxilio Judicial la Subdirección de Medios Personales ha informado que mañana se publicará en el Boletín Oficial del Estado la rectificación de la convocatoria corrigiendo los errores relativos al tiempo y penalización de preguntas erróneas del segundo ejercicio. En cuanto a la fecha de celebración de dicho ejercicio, en principio, parece que no se verá afectado por la situación actual, pero si bien como queda aún bastante tiempo, se irá viendo en función de cómo evolucione la situación general en todo el país.

Asimismo, para los procesos selectivos las pruebas optativas de lengua y derecho foral de Tramitación Procesal y Administrativa (promoción interna) que se han convocado en los dos últimos días, se está siguiendo, igualmente, los criterios y autorizaciones del Ministerio de Sanidad.
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