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NEGOCIACIÓN DEL CALENDARIO LABORAL DEL ÁMBITO NO TRANSFERIDO (INCLUIDO LAJ DE TODOS LOS ÁMBITOS TERRITORIALES)


23 jun 2026



CCOO tacha de “ridículo” al Ministerio de Justicia por insistir en aprobar, con un texto idéntico, dos órdenes diferenciadas de calendario laboral: una para LAJ y otra para el resto de cuerpos

  • El pasado viernes, 19 de junio, se celebró la Mesa de negociación

CCOO hemos vuelto a reclamar, entre otras propuestas, una sola orden para todos los cuerpos, la incorporación de más medidas de conciliación y permisos adicionales cuando los festivos coincidan en sábado

CCOO HEMOS VUELTO A EXIGIR EL RECONOCIMIENTO DE LA JORNADA SEMANAL DE 35 HORAS CON EFECTOS RETROACTIVOS DESDE EL 16 DE ABRIL EN QUE ENTRÓ EN VIGOR PARA LA AGE

La única novedad significativa que contemplan las propuestas del Ministerio de Justicia para el calendario laboral es la incorporación de la jornada semanal de 35 horas que ya venía determinada por el Acuerdo conseguido por CCOO y que el ministerio sigue negándose a reconocer (sin esperar a la publicación de las órdenes de jornada y de calendario) a pesar de que en la Administración General del Estado ya está en vigor y de que LOPJ determina claramente que la jornada semanal y anual en Justicia es la misma que la de la AGE.

 

CCOO HEMOS EXIGIDO MÁS MEDIDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL

Hemos reclamado: 

1.- La ampliación de la jornada reducida de verano desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre para el personal con menores de 12 años o personas dependientes a su cargo.

2.- Una bolsa de horas de hasta un 5 % de la jornada anual para los cuidados de hijos menores de edad o personas a cargo con discapacidad.

  •  (La dos anteriores propuestas han sido aceptadas por el ministerio al estar ya contempladas para la AGE)

3.- Que las horas de trabajo no realizadas acogiéndose a las medidas de conciliación puedan acumularse en días de libranza completos.

 

HORARIO. CCOO HEMOS PROPUESTO:

1.- Que la parte fija del horario sea de 5 horas (5 horas y media en las jornada ampliada de 37,5 horas semanales), con flexibilidad de 30 minutos al comienzo y al final de la misma (5 horas o 5 y media entre las 8,30 y las 14,30 horas); todo ello manteniéndose la parte flexible del horario desde las desde las siete treinta de lunes a viernes y hasta las dieciocho de lunes a jueves así como hasta las quince treinta los viernes) .

2.- Que solo sea obligatoria la jornada ampliada de 37,5 horas en aquéllos puestos que así lo tengan contemplado en la RPT o a quienes se haya otorgado una prolongación de jornada voluntaria y retribuida.

3.- Que solo sea obligatoria para los puestos de trabajo que así lo tengan contemplado en la RPT la realización de horarios especiales o turnos para la atención de la oficina fuera de la parte fija del horario (por ejemplo, hasta las 15 horas para la recepción de escritos o en Registro Civil Central).

4.- Que los excesos o defectos en el cumplimiento del horario semanal puedan ser recuperados en las cuatro semanas siguientes o, en el caso de exceso horario por actuaciones inaplazables o guardias, acumulados en días de permiso completos.

5.- Que todas las horas de trabajo efectivo en las guardias sean computadas como parte de la jornada laboral.

6.- Que se compute como tiempo de trabajo efectivo los retrasos o ausencias provocados por fenómenos meteorológicos extremos o catástrofes naturales.

7.- Que con carácter previo al descuento de haberes derivado de incumplimientos del horario se notifique dicha circunstancia a la persona afectada. Se abrirá así un procedimiento administrativo y no se efectuará el descuento de haberes hasta que este procedimiento finalice.

8.-Que se establezca un sistema de acceso de cada persona al estado actualizado del cumplimiento de su jornada laboral.

 

VACACIONES Y PERMISOS. CCOO HEMOS PROPUESTO:

1.- Que para un mismo periodo las vacaciones solo puedan ser denegadas una sola vez por necesidades del servicio.

2.- Que las vacaciones y permisos puedan disfrutarse hasta el 31 de marzo del año siguiente.

3.- Que, en caso de incapacidad temporal, los días de permiso por asuntos particulares de cada año puedan disfrutarse en los 18 meses siguientes, como ocurre con las vacaciones.

4.- Se incrementen los permisos por asuntos particulares en tanto días como festivos nacionales, autonómicos o locales coincidan en sábado, además de cuando coincidan en sábado el 24 y el 31 de diciembre.

5.- El personal que trabaje en las guardias en sábados, domingos, festivos, 24 ó 31 de diciembre, tendrá un día de permiso adicional añadido por cada uno de esos días trabajados.

 

JORNADAS REDUCIDAS DE VERANO Y FIESTAS LOCALES. 

Además de la extensión de la jornada reducida de verano desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre solo para medidas de conciliación (el ministerio no lo ha aceptado con carácter general como habíamos solicitado en la negociación de la jornada), CCOO hemos propuesto:

1.- Implantar la jornada reducida (como la de fiestas locales) en Semana Santa y Navidad.

2.- Que los días de jornada reducida por fiestas locales puedan ser disfrutados en fechas distantes en caso de vacaciones, permisos (salvo los de asuntos particulares) que coincidan con esos días de fiestas locales.

  

QUEDAMOS A LA ESPERA DE CONTESTACIÓN DEL MINISTERIO A TODAS ESTAS PROPUESTAS

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Hoja informativa sobre reunión de la Mesa Sectorial (estatal): jornada de 35 horas y otras cuestiones


22 may 2026



HOJA INFORMATIVA MESA SECTORIAL: JORNADA DE 35 HORAS Y OTRAS CUESTIONES(*)

(*)Información sobre procesos selectivos, refuerzos en el INTCF, permisos y funciones al final de esta nota


  • CCOO hemos vuelto a exigir que ya, sin más dilaciones y con independencia de cuándo se publiquen las Órdenes, el Ministerio reconozca públicamente la jornada laboral de 35 horas semanales para todos los ámbitos territoriales
  • Asimismo insistimos en que la regulación de la jornada de LAJ y el resto de cuerpos generales y especiales debe ser única e ir recogida en la misma norma, y que esta negociación no se limite a las 35 horas semanales sino que incorpore otras medidas ya recogidas en la regulación de Función Pública
Se ha celebrado una nueva reunión de la Mesa Sectorial para la adaptación a Justicia del Acuerdo de la Mesa General de Administraciones Públicas conseguido por CCOO y Ugt para la reducción de la jornada laboral a 35 horas semanales

Tras las dos reuniones anteriores, el Ministerio de Justicia sí ha recogido algunas de las propuestas y alegaciones formuladas por CCOO, como son:
  • Jornada anual de 1512 horas, y no de 1547 horas como proponía inicialmente el Ministerio y eliminar el carácter de mínimo de esas 1512 horas
  • Jornada general de 35 horas semanales (ellos establecían 35’5 horas) y jornada en régimen de dedicación especial -previa negociación- de 37’5 horas
  • Jornada reducida de 5 horas de lunes a viernes con percepción del 80% de las retribuciones (no el 75% que proponían)
No obstante, siguen siendo muchas las alegaciones formuladas por CCOO que el Ministerio no recoge en las órdenes de jornada, y sobre las que hemos vuelto a insistir, a saber:
  • Que haya una sola Resolución para todos los cuerpos. El hecho de dedicar una normativa aparte al cuerpo de LAJ no es más que un absurdo reflejo del clasismo que caracteriza a este Ministerio supuestamente progresista
  • Que las horas de reducción de jornada por festividades tradicionales puedan ser utilizadas en días diferentes en los casos de vacaciones, permisos o licencias durante esos días, y siempre a elección de la persona trabajadora
  • Que cada año se añadan tantos días de permiso adicionales como días festivos nacionales, autonómicos o locales coincidan en sábado, domingo o día no laborable. Cada vez es más numerosa la jurisprudencia de lo social en este sentido
  • Que por cada día de guardia coincidente con un día festivo, o con el 24 ó 31 de diciembre, se disponga de un día más de permiso: todas las personas trabajadoras tenemos derecho a disfrutar del mismo número de días festivos
  • Que todas las horas de trabajo efectivo en las guardias sean computadas como tiempo de trabajo efectivo y los excesos sobre el cómputo mensual se compensen en el mes siguiente con cargo a la parte flexible del horario y, de no ser posible, en días completos de libranza
  • Que la jornada reducida de cinco horas diarias pueda acumularse y disfrutarse en días completos (esto equivaldría a un día a la semana)
  • Que la jornada reducida de verano sea de 30 horas semanales desde el 16 de junio hasta el 15 de septiembre o, alternativamente, de 32,5 horas semanales desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre. En cualquier caso, esta jornada reducida de verano se extenderá desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre para quien tenga menores de 12 años o personas dependientes a su cargo, como está establecido para el personal de la AGE
    • Que se incorporen a esta Orden TODAS las medidas de conciliación establecidas por Función Pública para el personal de la AGE y que proponemos que puedan ser utilizadas en horas o en días completos. El Ministerio asegura que todas las cuestiones de conciliación que vienen recogidas en la resolución de la AGE se trasladarán al calendario laboral; no obstante CCOO insistimos que se recoja en la Orden para garantizar su aplicación en todo el territorio, transferido y no transferido. Estas cuestiones de conciliación son:
    • Flexibilidad en una hora en el horario fijo cuando existan menores de 13 años o personas dependientes a cargo
    • Flexibilidad en dos horas en el horario fijo para la atención a familiares de primer grado a cargo con discapacidad
    • Modificación del horario fijo hasta en dos horas por motivos de conciliación y para familias monoparentales
    • Derecho a ausentarse del trabajo para someterse a técnicas de fecundación o reproducción asistida
    • Derecho a ausentarse del trabajo para acompañar a hijos o hijas con discapacidad a reuniones del centro donde reciban atención, tratamiento o acompañamiento para recibir apoyo adicional en el ámbito sanitario o social
    • Reincorporación al servicio efectivo a la finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia u otros de especial gravedad, con una adaptación progresiva de la jornada de trabajo, que podrá extenderse hasta un mes (ampliable a un mes más) desde el alta médica y podrá afectar hasta un 25 % de la duración de la jornada diaria, considerándose como tiempo de trabajo efectivo
    • Bolsa de horas de hasta un 5 % de la jornada anual para cuidado de hijos o hijas menores de edad y menores sujetos a tutela o acogimiento; y para la atención de personas mayores y personas con discapacidad hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, horas que deben ser recuperadas
    • Que el tiempo destinado a la realización de cursos de formación dirigidos a la capacitación profesional o a la adaptación a las exigencias de los puestos de trabajo sea considerado tiempo de trabajo a todos los efectos

    OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS


    RESOLUCIÓN DE LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN POR CONCURSO



    AUXILIO JUDICIAL: Según el Ministerio se publicará inmediatamente la oferta de plazas de Auxilio (estabilización por concurso de méritos) del ámbito no transferido y se resolverá todo, con publicación en el BOE de los destinos, el próximo día 4 de junio. En el caso de que no esté resuelta la adjudicación de destinos del ámbito no transferido no se ha aclarado si se publicarán en esa fecha el resto de territorios

    GESTIÓN P.A: Se publicarán los destinos en el BOE el 8 de junio

    CONCURSO-OPOSICIÓN DE ESTABILIZACIÓN


    Prevén la publicación de la oferta de plazas de todos los cuerpos en el BOE el próximo 5 de junio

    La oferta de plazas será de un número igual al de personas aprobadas y CCOO hemos denunciado que la selección de plazas ofertadas se vaya a hacer de forma arbitraria (el Ministerio ha descartado, en concreto, que en su ámbito todas las plazas vayan a ser de Baleares ante las protestas de CCOO)


    Estabilización extraordinaria para personas con discapacidad


    Ya se ha publicado la resolución del cuerpo de Auxilio Judicial. En cuanto a los cuerpos de Tramitación y de Gestión dicen que, ahora sí, es ya inmediata

    Convocatoria del proceso selectivo para puestos singularizados por razón del conocimiento del euskera


    La primera semana de junio se convocará la Mesa Sectorial para su negociación


    Personal de refuerzo en el INTyCF convertido en plantilla


    CCOO hemos denunciado que, en contra de lo que aseguraron la pasada semana, les está llegando el cese a personas que ocupaban estas plazas de refuerzo ahora convertidas en plantilla y que ni siquiera han cumplido los tres años. Dicen que comprobaran el escrito de denuncia que les presentamos ayer y que nos contestarán

    La decisión final del Ministerio es:
    • Cesar al personal interino que alcance los tres años de antigüedad
    • Cesar a quien no lleve tres años y nombrarlo nuevamente sin solución de continuidad para plaza vacante en las plazas que eran de refuerzo y pasan a incrementar la RPT. En este caso, el tiempo de personal interino de refuerzo se tendrá en cuenta para el cese cuando se alcance los tres años de antigüedad


    Exigencia de buscar la persona que sustituye en los permisos y vacaciones en algunos centros de trabajo


    El Ministerio admite la propuesta de CCOO y va a remitir por escrito instrucciones para que se deje de producir este hecho


    Tareas y guardias que, de forma obligatoria, se están encomendando a personal que no tenía que hacerlas antes del acoplamiento


    Se acepta la propuesta de CCOO y también se van a remitir por escrito instrucciones para el cumplimiento de la Disposición Transitoria Primera del Reglamento Orgánico que excluye la posibilidad de encomendar estas tareas, salvo con voluntariedad

    En cuanto al resto de procesos y cuestiones que no explicitamos, es simplemente porque no hay nueva información y/o respuesta por parte de la Administración
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Nota informativa: jornada de 35 horas


8 may 2026



CCOO CONSIGUE LAS 35 HORAS TAMBIÉN EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tras la reunión celebrada este pasado miércoles, 6 de mayo, para la adaptación a Justicia del Acuerdo de la Mesa General de Administraciones Públicas conseguido por CCOO y UGT para la reducción de la jornada laboral a 35 horas semanales, el Ministerio nos ha confirmado hoy que efectivamente nuestra jornada anual será de 1512 horas como propusimos CCOO y no de 1547 horas como proponía el Ministerio en un cálculo equivocado, u otro cómputo superior al nuestro que propusieron otras organizaciones sindicales

En relación al resto de propuestas que presentamos y de las cuales ya os informamos en la hoja del mismo día 6 (consulta aquí), el Subdirector nos dice que, puesto que son propuestas para una modificación de mucho mayor calado, tiene que despacharlo con sus superiores, y que tardaremos al menos un par de semanas en poder obtener respuesta. No obstante, y según lo previsto, el próximo jueves se convocará una nueva reunión para negociar la adaptación de las 35 horas también a la Orden de los LAJ, así como el calendario laboral del territorio Ministerio

CCOO seguiremos insistiendo en la necesidad de dictar una nueva Orden completa que regule la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas especiales en régimen de dedicación especial para el personal del servicio de la Administración de Justicia, común y única a TODO el personal, incluidos los LAJ. Esta diferenciación entre letrados y el resto de cuerpos no tiene sentido alguno y únicamente responde a un desmedido ejercicio del clasismo al que tan acostumbradas nos tiene esta administración

OS SEGUIREMOS INFORMANDO
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Nueva versión del borrador de la Orden sobre Jornada de Trabajo (35 horas)




El Ministerio de Justicia nos remite un nuevo borrador de la Orden reguladora de la Jornada de Trabajo en cómputo anual y de las jornadas especiales 
"modificada con las horas en cómputo anual de 1.512, así como la corrección de algún error material"

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Exigencias de CCOO en la Mesa Sectorial sobre la jornada de 35 horas semanales


6 may 2026



CCOO exige al Ministerio de Justicia que la regulación de la jornada laboral no se limite a las 35 horas semanales sino que incorpore la regulación de Función Pública de la jornada reducida de verano, de la compensación por trabajar el 24 y 31 diciembre, de medidas para la conciliación de la vida personal y familiar y del cómputo del tiempo de formación como tiempo de trabajo efectivo

  • Exigimos asimismo que una sola Resolución regule la jornada de LAJ y el resto de cuerpos generales y especiales

Se ha celebrado hoy reunión de la Mesa Sectorial para la adaptación a Justicia del Acuerdo de la Mesa General de Administraciones Públicas conseguido por CCOO y Ugt para la reducción de la jornada laboral a 35 hora semanales (Csif, Ela y Cig, miembros de la Mesa General no quisieron firmarlo, y Staj no forma parte de esa Mesa)

La propuesta del Ministerio de Justicia ha estado limitada a la jornada laboral de 35 horas semanales (37,5 horas en el régimen de dedicación especial) y solo a los cuerpos generales y especiales, obviando el cuerpo de LAJ (ha anunciado su negociación para la próxima semana)

CCOO hemos propuesto en la reunión:

- Que haya una sola Resolución para todos los cuerpos, evitándose así prebendas para el cuerpo de LAJ respecto al resto

Que la jornada anual sea de 1512 horas y no de 1547 horas como proponía el Ministerio en un cálculo equivocado:

  • En la AGE es de 1533 horas y en Justicia deben ser 21 horas menos (1512) dado que tenemos tres días más de permiso por asuntos particulares que, a razón de 7 horas diarias, suman esas 21 horas

- Que, tal y como establece el art. 500.2 de la LOPJ, no sea necesario para la aprobación de esta Resolución el informe del CGPJ como plantea el Ministerio en su propuesta

- Que las horas de reducción de jornada por festividades tradicionales puedan ser utilizadas en días diferentes en los casos de vacaciones, permisos o licencias durante esos días

- Que por cada día de guardia en el 24 ó 31 de diciembre se disponga de un día más de permiso, además de otros dos días más de permiso con carácter general para todo el personal si estas fechas coinciden en sábado, domingo o festivo. Y que cada día de guardia coincidente con un día festivo se compense con otro día de permiso adicional, a fin de que todos los trabajadores y trabajadoras dispongamos del mismo número de días festivos

Que todas las horas de trabajo efectivo en las guardias sean computadas como tiempo de trabajo efectivo y los excesos sobre el cómputo mensual se compensen en el mes siguiente con cargo a la parte flexible del horario y, de no ser posible, en días completos de libranza

Que la jornada reducida de cinco horas diarias sea retribuida con el 80% de las retribuciones ordinarias (en la actualidad es el 75% pero, al reducirse la jornada ordinaria, exigimos adaptar ese porcentaje), y que esta jornada reducida pueda acumularse y disfrutarse en días completos (esto equivaldría a un día a la semana)

Que la jornada reducida de verano sea de 30 horas semanales desde el 16 de junio hasta el 15 de septiembre o, alternativamente, de 32,5 horas semanales desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre

  • En cualquier caso, esta jornada reducida de verano (que reclamamos que sea de 30 horas semanales) se extenderá desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre para quien tenga menores de 12 años o personas dependientes a su cargo (así está establecido para el personal de la AGE y exigimos la misma regulación en Justicia)

- Que se añadan cada año tantos días de permiso adicionales como días festivos nacionales, autonómicos o locales coincidan en sábado, domingo o día no laborable

- Que se incorporen a esta Resolución las medidas de conciliación establecidas por Función Pública para el personal de la AGE y que proponemos que puedan ser utilizadas en horas o en días completos:

  • Flexibilidad en una hora en el horario fijo cuando existan menores de 13 años o personas dependientes a cargo

  • Flexibilidad en dos horas en el horario fijo para la atención a familiares de primer grado a cargo con discapacidad

  • Modificación del horario fijo hasta en dos horas por motivos de conciliación y para familias monoparentales

  • Derecho a ausentarse del trabajo para someterse a técnicas de fecundación o reproducción asistida
  • Derecho a ausentarse del trabajo para acompañar a hijos o hijas con discapacidad a reuniones del centro donde reciban atención, tratamiento o acompañamiento para recibir apoyo adicional en el ámbito sanitario o social
  • Reincorporación al servicio efectivo a la finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia u otros de especial gravedad, con una adaptación progresiva de la jornada de trabajo, que podrá extenderse hasta un mes (ampliable a un mes más) desde el alta médica y podrá afectar hasta un 25 % de la duración de la jornada diaria, considerándose como tiempo de trabajo efectivo
  • Bolsa de horas de hasta un 5 % de la jornada anual para cuidado de hijos o hijas menores de edad y menores sujetos a tutela o acogimiento; y para la atención de personas mayores y personas con discapacidad hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, horas que deben ser recuperadas
- Que el tiempo destinado a la realización de cursos de formación dirigidos a la capacitación profesional o a la adaptación a las exigencias de los puestos de trabajo sea considerado tiempo de trabajo a todos los efectos

Finalizada la reunión, el Ministerio de Justicia se ha comprometido a valorar estas propuestas de CCOO y a convocar una nueva reunión negociadora en la próxima semana
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Convocatoria de Mesa Sectorial sobre modificación de la Orden reguladora de la jornada de trabajo en la Administración de Justicia


4 may 2026



Reproducimos el correo recibido del Ministerio de Justicia:

Buenos días,

Se convoca reunión de la mesa sectorial de la Administración de Justicia el día 6 de mayo a las 10 horas, por videoconferencia, con el siguiente orden del día:

- Modificación de la Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas en régimen de dedicación especial para el personal al servicio de la Administración de Justicia, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 500.2 de la LOPJ y adaptarla a la Resolución de 14 de abril de 2026 de la Secretaría de Estado de Función Pública

Se adjunta el documento de la modificación del texto

Gracias, un saludo

Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Admón. de Justicia
Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia

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Publicada en el BOE la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública con instrucciones sobre jornada y horario incorporando la jornada de 35 horas


15 abr 2026



PUBLICADA EN EL BOE LA JORNADA LABORAL DE 35 HORAS SEMANALES

  • Tras el acuerdo conseguido por CCOO en la AGE con Función Pública para esta reducción de 37,5 a 35 horas de trabajo semanales, y tal y como exigimos al Ministerio por escrito presentado a finales del pasado mes de marzo, una vez publicada en el BOE y entrada en vigor esta jornada es de aplicación directa a la Administración de Justicia

  • Recordamos que esta medida surge directamente del “Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI” negociado y firmado por CCOO con el Gobierno de España, acuerdo que no firmaron otros sindicatos de la Mesa General de Negociación como Csif, Cig y Ela, que no pueden (o no deberían) apuntarse el tanto de este importantísimo logro conseguido por CCOO

Se ha publicado en el BOE de 15 de abril de 2026 la Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos:

Administración General del Estado. Jornada y horarios de trabajo

Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos

PDF (BOE-A-2026-8287 - 13 págs. - 260 KB)

Otros formatos

Esta Resolución implanta por fin la nueva jornada laboral de 35 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a 1533 horas anuales, y fija las normas sobre el calendario laboral como instrumento técnico a través del cual se realiza la distribución de la jornada y la fijación de los horarios, de acuerdo con lo establecido dicha resolución y previa negociación con la representación de los empleados y empleadas públicos. Otorga el plazo de un mes para realizar las adaptaciones necesarias en los calendarios laborales correspondientes, así como en los sistemas de control horario

Como recordamos al Ministerio en nuestro escrito presentado por registro el pasado 31 de marzo, esta jornada -que supone la reducción de 2’5 horas semanales- es de aplicación directa al personal al Servicio de la Administración de Justicia, toda vez que el art. 500.2 de la LOPJ establece que “La duración de la jornada general semanal será igual a la establecida para la Administración General del Estado

No obstante, volvemos a insistir en que, si de una vez por todas se avienen a cumplir en plazo con las obligaciones que se les impone en beneficio de las personas trabajadoras (y no solo con aquellas que nos son claramente perjudiciales, como hasta ahora), deberían modificar la Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, que regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual para el personal al servicio de la Administración de Justicia de todos los ámbitos (transferidos y no transferidos)

Asimismo, cada administración prestacional debería, en el ámbito de sus competencias, proceder a la adaptación de sus calendarios laborales previa negociación con la representación del personal en la Mesa correspondiente

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Conseguido por CCOO: reducción de 2,5 horas de trabajo semanal, también en la Administración de Justicia


30 mar 2026



CCOO exige al Ministerio de Justicia la aplicación inmediata de la jornada laboral de 35 horas semanales una vez que sea aprobada por Función Pública

  • El acuerdo conseguido por CCOO en la AGE con Función Pública para esta reducción de 37,5 a 35 horas de trabajo semanales es de aplicación directa a la Administración de Justicia toda vez que el art. 500.2 de la LOPJ establece que “La duración de la jornada general semanal será igual a la establecida para la Administración General del Estado”

Es una medida que se acordó en el “Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI” negociado y firmado por CCOO con el Gobierno de España, acuerdo que no firmaron otros sindicatos de la Mesa General de Negociación como Csif, Cig y Ela, que no pueden (o no deberían) apuntarse el tanto de este importantísimo logro conseguido por CCOO

En el plazo de 15 días la Secretaría de Estado de Función Pública modificará la Resolución general de jornadas y horarios de 28 de febrero de 2019, implantando la nueva jornada laboral de 35 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a 1533 horas anuales

La Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual para el personal al servicio de la Administración de Justicia de todos los ámbitos (transferidos y no transferidos) y, en su actual redacción, establece que “La duración mínima de la jornada de trabajo en la Administración de Justicia será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cincuenta y siete horas anuales” (Para LAJ, la regulación de la jornada de trabajo está en la Orden JUS/797/2012 con la misma redacción)

Pero, en base a lo dispuesto en el mencionado art. 500.2 de la LOPJ (norma de rango superior a estas órdenes que regulan la jornada en Justicia) la aprobación de la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública supondrá directamente para la Administración de Justicia  la reducción de 2,5 horas semanales o del 7,1% del tiempo de trabajo ordinario que implica la nueva jornada laboral

No obstante, CCOO reclamamos al Ministerio de Justicia la modificación de las referida órdenes JUS/615/2012 y JUS/797/2012, y al propio Ministerio (para el ámbito no transferido) y a las CCAA autónomas con competencias transferidas la adaptación de esta nueva jornada de 1.533 horas anuales en las Instrucciones específicas de jornadas y horarios, así como en los calendarios laborales previa negociación con la representación del personal en la Mesa correspondiente

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Avances hacia la jornada de 35 horas


28 ene 2026



CCOO consigue un paso más para la implantación de la jornada de la jornada de 35 horas en la Administración General del Estado que es de aplicación directa a la Administración de Justicia

Se convocarán en breve las mesas correspondientes para modificar la resolución que regula la instrucción de jornada y horarios

CCOO y UGT nos hemos reunido hoy con el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública en la comisión de seguimiento del Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI, para culminar las materias pendientes de ese documento, como la implantación de la jornada semanal de 35 horas en la Administración General del Estado, el teletrabajo, la clasificación profesional y la recuperación de la jubilación parcial del personal laboral

Función Pública ha garantizado que sigue intacto el compromiso de implantar la jornada de 35 horas y que en breve se convocarán las mesas de negociación correspondientes con el fin de modificar la resolución que regula la instrucción de jornada y horarios. También ha aseverado que se cumplirán los plazos acordados

Respecto a la reunión de la semana anterior, Función Pública, que ha dicho compartir la necesidad de recuperar la jubilación anticipada parcial del personal laboral, ha accedido a buscar el instrumento normativo adecuado que así lo garantice

No obstante, desde CCOO exigimos la recuperación inmediata y la implantación para el personal funcionario y haremos un llamamiento al Gobierno de España, así como a los grupos parlamentarios, para que actúen con responsabilidad y zanjen definitivamente un problema que está afectando a miles de empleadas y empleados públicos, a quienes se les está negando un derecho, tanto en el terreno laboral, como en el funcionarial y estatutario

Asimismo, para ambas organizaciones, una vez firmado el pasado día 26 el acuerdo para poner en marcha el anteproyecto de ley de Estatuto Marco Sanitario, es urgente concluir, también en el ámbito de la función pública, los compromisos de clasificación profesional de personal técnico superior y medio, un asunto recogido también en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI, algo que comparte Función Pública
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Aprobada la Ley para hacer frente al COVID-19 en la Administración de Justicia


16 sept 2020



APROBADO HOY EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS EL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS PROCESALES Y ORGANIZATIVAS PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 16/2020, DE 28 DE ABRIL)

Este Real Decreto-Ley, que contenía medidas tales como la jornada de tarde, la movilidad forzosa dentro del municipio o la habilitación del mes de Agosto, ha sido modificado en su tramitación urgente como Proyecto de Ley mediante enmiendas en el Congreso y en el Senado, desoyendo el Ministerio de Justicia y los grupos parlamentarios las principales propuestas que CCOO les habíamos solicitado

El texto de la Ley finalmente aprobada, y que entrará en vigor tras su publicación en el BOE, en lo que afecta a las condiciones de trabajo del personal de Justicia incluye las siguientes disposiciones:

Artículo 21, que prorroga hasta el 20 de junio de 2021 la posibilidad actual de que “los secretarios coordinadores provinciales podrán asignar a los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia la realización de cualquiera de las funciones que, siendo propias del cuerpo al que pertenecen, estén atribuidas a cualesquiera otras UPAD, Juzgado o Tribunal”. Si no hay personal voluntario esta movilidad podrá ser forzosa y siempre dentro del mismo orden jurisdiccional y localidad

Artículo 22, que prorroga también hasta el 20 de junio de 2021 la posibilidad de establecer jornadas de mañana y tarde en las mismas condiciones en que se hace en la actualidad

Estas medidas, que permanecen con la misma redacción que en el RD Ley 16/2020 fueron duramente contestadas por CCOO (Ver las siguientes notas informativas)

24 de abril - CCOO no aceptara imposiciones del ministro de Justicia que no garanticen por encima de todo la salud del personal de Justicia

26 de abril - CCOO vuelve a exigir al ministerio de justicia la negociación colectiva para que la jornada de tarde y la movilidad sean siempre voluntarias y se garanticen los medios de protección

29 de abril - El ministro Campo consuma su desprecio al derecho a la negociación colectiva y al personal de Justicia

CCOO se pone como siempre a disposición de todo el personal de Justicia para evitar la movilidad y jornadas de tarde forzosas cuando se intente llevar a cabo por algún/a responsable judicial o de la Administración

Señalamos también algunos artículos de este texto aprobado que afectan a nuestro trabajo diario en los juzgados, tribunales y fiscalías:

- El Artículo 14 sobre la celebración de actos procesales mediante presencia telemática

- El Artículo 16 sobre las exploraciones médico-forenses y de los equipos psicosociales

- El Artículo 18 sobre la atención al público

- La disposición adicional primera sobre ampliación de plazos en el ámbito del Registro Civil

- La disposición adicional cuarta sobe los actos de comunicación del Ministerio Fiscal

- La disposición adicional quinta sobre creación de 100 nuevas unidades judiciales en el plazo de 3 años

- La disposición final cuarta que modifica la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia

El texto aprobado hoy en el Congreso puede verse en el siguiente enlace. A partir de la página 3 figura el texto aprobado inicialmente en el Congreso con las enmiendas del Senado que han sido aprobadas hoy

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